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Estatuto sociedad anonima


Enviado por   •  25 de Julio de 2019  •  Resúmenes  •  1.649 Palabras (7 Páginas)  •  101 Visitas

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Estatuto de “____________________ S.A.”

Título Uno.- Denominación, Objeto, Domicilio y Plazo

Artículo Primero: ___________________S.A., es una compañía de nacionalidad Ecuatoriana, que se rige por las leyes vigentes en el Ecuador y estos estatutos.

Artículo Segundo: Objeto.- La  compañía tendrá como objeto social:

Artículo Tercero: Domicilio.- La compañía tiene su domicilio principal en la ciudad de Cuenca, Provincia del Azuay, República del Ecuador. Podrá, no obstante, establecer sucursales o agencias en otros lugares del territorio nacional o fuera de éste, con sujeción a la Ley y estos estatutos.

Artículo Cuarto: Plazo.- El plazo de duración de la compañía es el  de Cincuenta Años, contados a partir de la fecha de inscripción de la escritura de constitución en el Registro Mercantil.  Este plazo podrá ampliarse o restringirse, o podrá disolverse anticipadamente la compañía, en los casos y en base a los requisitos señalados en la Ley.

Titulo Dos: Del Capital y Las Acciones

Artículo Quinto.-  El capital suscrito de la compañía es el de ______________________________________

Y se encuentra conformado de la siguiente manera:

Accionista

Aporte en numerario

Aporte en especie

Pagado

Pendiente de pago

Total

Porcentaje

Artículo Sexto.-  Las acciones estarán representadas por títulos que, correlativamente numerados, llevarán las firmas del Presidente y Gerente de la compañía.  Deberán cumplir con las características impuestas por la Ley y podrán emitirse títulos por una o más acciones, a elección de cada accionista.  Deberán inscribirse en el Libro de Acciones y Accionistas. La compañía reconocerá como dueño de las acciones sólo a aquél que conste inscrito como tal en dicho Libro.

Artículo Séptimo.-  El Capital suscrito podrá aumentarse o disminuirse cumpliendo los trámites y requisitos señalados en la Ley.  En caso de aumento de capital los accionistas tendrán derecho preferente para suscribir las acciones que emitan en proporción a su capital pagado, salvo en caso de que, publicado el aviso previsto en la Ley, no se haya hecho uso de ese derecho preferente, en cuyo caso la administración podrá libremente ofrecer a los demás accionistas o a extraños, el remanente no suscrito.

Artículo Octavo.- Las acciones son indivisibles. De haber varios propietarios de una acción, estos deberán nombrar un representante común y responder solidariamente por la obligaciones que surjan de la calidad de accionistas.

Artículo Noveno.- En caso de destrucción o pérdida de los títulos de acción, los gastos que demande la anulación y emisión de los nuevos, serán de cuenta del accionista interesado.

Titulo Tres: Ejercicio Económico, Balances y Utilidades

Artículo Décimo.- El ejercicio económico es anual y termina el treinta y uno de Diciembre de cada año.  Luego de finalizado cada ejercicio económico, se someterán a conocimiento y aprobación de la Junta General, el balance de situación y el estado de pérdidas y ganancias, acompañados de los informes que deben presentar los administradores y comisario. Durante los quince días anteriores a la Junta, los accionistas podrán examinar en las oficinas de la compañía los balances y los informes.

Artículo Décimo Primero.-  La Junta General decidirá sobre el destino de las utilidades líquidas de cada ejercicio y destinará cuando menos un diez por ciento, en cada año, para la formación e incremento de la reserva legal hasta cuando ésta alcance cuando menos al cincuenta por ciento del capital suscrito.

Artículo Décimo Segundo.- Reserva Facultativa:

Titulo Cuarto: Gobierno Administración y Representación.

Artículo Décimo Segundo.- La compañía se gobierna por la Junta General de accionistas y se administra por el Presidente y el Gerente. Las atribuciones de los órganos de gobierno y administración, se hallan señaladas en la Ley y estos estatutos.

Capítulo Primero: De la Junta General

Artículo Décimo Tercero.-  La Junta General es el órgano supremo de la compañía.  Se constituye por los accionistas, reunidos en sesión con el quórum y en las condiciones señaladas en la Ley y estos estatutos. La junta general ordinaria sesionará una vez al año, dentro del plazo legal.  Las extraordinarias, cuando fueren convocadas.

Artículo Décimo Cuarto.- Las Juntas Generales ordinarias y extraordinarias serán convocadas por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación en el domicilio de la compañía, mediante aviso publicado con ocho días de anticipación, cuando menos al día de la sesión; además, se notificará a los accionistas personalmente o mediante nota por escrito enviada por correo u otro medio certificado.  La convocatoria será hecha por el Presidente o el Gerente, bien por decisión propia o a petición de cuando menos los accionistas que representen el veinticinco por ciento del capital suscrito.   La Junta General podrá además sesionar sin previa convocatoria, en cualquier lugar del país, para tratar cualquier asunto, siempre que así lo resuelva la totalidad del capital pagado y los asistentes acepten por unanimidad la celebración de la Junta y el Orden del Día a tratarse en la sesión.

Artículo Décimo Quinto.- La Junta General sólo podrá sesionar en primera convocatoria cuando concurran cuando menos la mitad más una de los acciones pagadas. De no producirse este quórum, podrá sesionar la Junta, en segunda convocatoria, con el número de accionistas que concurran. Habrá una tercera convocatoria para los casos previstos en el Artículo 240 de la Ley de Compañías, debiendo cumplirse los requisitos establecidos en la disposición legal invocada.

Artículo Décimo Sexto.- Cada acción pagada da derecho a un voto en la Junta General.

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