Estructura Registro Civil
NuriaGonzalez1028 de Abril de 2014
790 Palabras (4 Páginas)254 Visitas
La vigente Ley del Registro Civil, de 8 de junio de 1957, ha de adaptarse a la realidad actual, por lo que se ha promulgado una nueva Ley, la Ley 20/2011, en la que en su Preámbulo justifica la elaboración de la misma y los cambios que introduce respecto de la Ley de 1957, en la necesidad de modernizar el Registro Civil y adecuar su regulación a nuestra Constitución, y a las Convenciones sobre los derechos del niño y del discapacitado.
El Registro cambia de estar configurado como una oficina en la que se guardan los libros de que consta, a estarlo como una base de datos informática, única para toda España, y accesible electrónicamente. Esto conlleva una gran ventaja, puesto que exime a los ciudadanos de tener que acudir personalmente a las oficinas del Registro, permite un régimen de publicidad basado en la certificación electrónica, y el acceso de los ciudadanos mediante la firma electrónica.
Puesto que estas dos leyes anteriormente citadas siguen vigentes, pasamos a definir la estructura de ambas.
Con respecto a la antigua Ley de 8 de junio de 1957, ésta se organiza de la siguiente manera:
• El Registro Civil depende del Ministerio de Justicia, y todos los asuntos que le competen están encomendados a la Dirección General de los Registros y Notariado.
Sin embargo, con la reforma de la Ley, éste órgano pasa a estar regido en la nueva ley y se constituye como el centro directivo y consultivo del Registro Civil con las siguientes funciones:
- Promover la elaboración de disposiciones de carácter general.
- Dictar instrucciones, resoluciones y circulares que tendrán carácter vinculante.
- Supervisar y coordinar el cumplimiento de las normas registrales por el Encargado de demás personal al servicio de las Oficinas del registro Civil.
- Resolver los recursos legalmente previstos y atender las consultas que se planteen acerca de la interpretación y ejecución de la legislación en materia de Registro Civil.
• Dentro de su unidad como centro u organismo, el Registro Civil está integrado por:
- Los Registros municipales, que se halla a cargo de los Jueces de Primera instancia o de Paz, cuando proceda, por delegación de aquéllos, asistidos del Secretario.
- Los Registros consulares, a cargo de los cónsules de España en el extranjero.
- Y por último, por el Registro central, el cual se halla a cargo de dos Magistrados asistidos de dos Secretarios.
• Además de estar integrado por Registros, el Registro Civil se divide en cuatro secciones:
1) Sección de nacimiento y general, que tiene por fin principal la inscripción del nacimiento con los datos que la ley marca, es decir, de sexo, nombre…
2) Sección de matrimonios, la cual se destina a recibir inscripciones de celebración de matrimonio.
3) Sección de defunciones, en la que se inscribe la muerte de la persona.
4) Y la sección de tutelas y representaciones legales, donde se inscriben el Organismo tutelas y las demás representaciones legales que no sean de personas jurídicas y sus modificaciones.
Una vez establecida la organización de la Ley de 1957, procedemos a desarrollar la estructura de la nueva Ley 20/2011. Ésta establece un Registro Civil electrónico formado por una Oficina Central, Oficinas Generales y Oficinas Consulares.
• La Oficina Central gozará de unos Encargados que serán designados por el Ministerio de Justicia. Esta Oficina es la autoridad encargada en materia de cooperación internacional sobre el Registro Civil, y posee las siguientes funciones:
- Practicar las inscripciones derivadas de resoluciones dictadas por la Dirección General de Registros y Notariado.
- Practicar la inscripción de los documentos auténticos extranjeros.
- Practicar aquellas inscripciones que las leyes le atribuyan.
• Las
...