Estudios ambientales
mirthaeMonografía14 de Septiembre de 2015
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CAPITULO 1
INTRODUCCIÓN y MARCO LEGAL
INDICE DEL CAPÍTULO 1
CONTENIDO
PÁG.
1 Introducción y Marco Legal 1-3
1.1 Introducción y aspectos generales del EIASC 1-3
1.2 Metodología 1-4
1.3 Duración e instrumentación del Estudio 1-4
1.4 Zonificación 1-4
1.5 Objetivos del EIASC 1-5
1.6 Marco legal que regula las actividades del proyecto 1-6
1. INTRODUCCIÓN Y MARCO LEGAL
1.1 INTRODUCCIÓN Y ASPECTOS GENERALES DEL EIASC
En el presente Estudio de Impacto Ambiental se evalúan ambientalmente, las principales actividades que se desarrollarán durante las fases de preconstrucción, construcción y operación de un edificio de uso residencial y comercial. Dicha evaluación se realiza en un todo de acuerdo con los reglamentos establecidos por las normativas ambientales vigentes.
Por tratarse de una obra cuya etapa de construcción implica actividades susceptibles de generar daños al ambiente y que demanda la dotación de servicios para garantizar el derecho individual y colectivo a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado, su propietario, Ing. Rafael Guerra Muñoz, inició la realización de los trámites administrativos de carácter ambiental ante los órganos competentes, principalmente ante el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente (MINAMB), tal y como se establece el artículo 129 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela( ).
En este sentido, y a fin de dar estricto cumplimiento a los procedimientos establecidos en las Normas sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente( ), como parte del proceso de toma de decisiones en la formulación del Proyecto, a los fines de incorporar la variable ambiental (restricciones por seguridad o por protección ambiental)( ) a las variables urbanas fundamentales en el caso de edificaciones, somete a consideración del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente (MPPA) el presente Estudio de Impacto Ambiental y Sociocultural (EIASC).
Bajo este contexto, el Estudio de Impacto Ambiental y Sociocultural contempla:
• Dimensionar y evaluar cualitativa y cuantitativamente los efectos ambientales producidos por el proyecto, y establecer el grado de afectación y vulnerabilidad de los contextos sociales (áreas circundantes).
• Identificar claramente los impactos sobre los cuales aún existe un nivel de incertidumbre.
• Fundamentarse en la información disponible, recopilada y analizada con los diferentes métodos y técnicas propios de cada una de las disciplinas que intervienen en el estudio. La escala de referencia será la que garantice compatibilidad con el grado de detalle de la información que se maneje.
• Proponer las medidas preventivas, mitigantes y correctivas para hacer compatible el proyecto con las condiciones que constituyen el entorno ambiental.
1.2 METODOLOGÍA
Para el desarrollo del presente estudio se recopiló información relacionada con las características sociales y estadísticas poblacionales, uso del suelo y características físico-ambientales. Se realizó una inspección al terreno donde se construirá el proyecto, así como su entorno y se analizaron los planos de construcción de la obra. Se consideraron experiencias previas en evaluación de impacto ambiental de edificaciones y se ejecutaron juicios de experto, mediante discusiones de grupo para la valoración de los impactos y establecimiento de las medidas.
1.3 DURACIÓN E INSTRUMENTACIÓN DEL ESTUDIO PRESENTADO
El estudio fue realizado en un período de 20 días, considerando todos los elementos que se evaluarían y los diagnósticos requeridos en su desarrollo, para su posterior análisis.
En cuanto a la instrumentación, se utilizaron los siguientes equipos:
• Sistema de Posicionamiento Global GPS (Garmin Etrex).
• Cámara Fotográfica Digital.
• Libreta de Campo.
• Brújula Lensática.
• Hoja Topográfica.
El proyecto se desarrollará en un lote de terreno propiedad del ciudadano Ing. Rafael Enrique Guerra Muñoz, titular de la cédula de identidad Nº 347.246, por iniciativa del mismo.
1.4 ZONIFICACIÓN
Para realizar el análisis ambiental de este proyecto se requiere como sustento normativo general en materia de planificación urbanística, el análisis de directrices y políticas macro que pudieran incidir o afectar la parcela objeto de estudio. Por ello, se hace imprescindible contrastar los instrumentos de planificación que puedan soportar el estudio final, con apego a las grandes líneas maestras que dichos planes nacionales, regionales y locales que reservan para la concreción de una visión homogénea del crecimiento y desarrollo de la gran Maracay.
De acuerdo a lo establecido en cada uno de estos instrumentos tenemos que:
1.- PLAN DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA (P.O.U.) del Área Metropolitana de Maracay-El Limón – Turmero-Cagua-Palo Negro-Santa Cruz y San Mateo, publicado en Gaceta Oficial Nº 5270 Extraordinario de fecha 26 de octubre de 1998, instrumento de planificación nacional vigente, asigna al terreno en cuestión lo siguiente:
“Se establece como uso de suelo al sector en estudio como AREAS CENTRAL DE MARACAY (ACM), que corresponde al área Central de Maracay, la cual se caracteriza por concentrar las actividades estructurantes del área metropolitana tales como: administrativas, gubernamentales, comerciales, financieras, socio-culturales, religiosas y residenciales, las cuales requieren acciones fundamentales de conservación, consolidación y reglamentación a fin de controlar su ocupación, sus actividades y condiciones arquitectónicas, en consecuencia se recomienda la actualización del plan especial. Las variables y las acciones específicas, se establecerán en el plan especial en consecuencia con el Plan de Desarrollo Urbano Local”.
2.- PLAN DE DESARROLLO URBANO LOCAL, publicado en Gaceta Oficial G. O. N° 2865 de fecha 03-11-03 el cual establece las Variables Urbanas Fundamentales, detalladas en el Capítulo 2 del presente estudio.
3.- PLAN ESPECIAL del área central de Maracay que no está aprobado, pero le asigna al terreno:
“El uso de CM-R9 de zona comercio metropolitano y vivienda multifamiliar.”
1.5 OBJETIVOS DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
1.5.1 Objetivo General
Predecir y evaluar los efectos de la actividad de construcción de edificio residencial/comercial sobre los componentes del ambiente natural y social, en función de proponer las medidas preventivas, mitigantes y correctivas para minimizar los impactos asociados a la actividad.
1.5.2 Objetivos Específicos
• Predecir los posibles efectos ambientales del Proyecto de Construcción de Edificio para uso residencial/comercial en la Calle 5 de Julio, entre las Calles Miranda y Páez, Parcela 19, Municipio Atanasio Girardot, ciudad de Maracay, Estado Aragua y las restricciones del medio sobre el proyecto.
• Proponer las medidas ambientales a que haya lugar, a fin de minimizar las afectaciones proyecto-medio, medio-proyecto.
• Establecer mecanismos para supervisar la efectividad de las medidas ambientales propuestas y el comportamiento de las variables de calidad ambiental durante la ejecución del proyecto.
• Descripción de las medidas de mitigación, vigilancia y control para cada uno de los impactos identificados, a los fines de garantizar los niveles de calidad ambiental exigidos por la normativa ambiental vigente.
1.6 MARCO LEGAL QUE REGULA LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO
El propietario del terreno, Ing. Rafael Guerra M., especialista en el área de construcción, será el Promotor de la Obra, tanto su persona, como las empresas sub-contratistas y su personal que van a participar en el Proyecto de construcción del Edificio, están obligados a cumplir las disposiciones establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en las leyes, Decretos, Reglamentos y Resoluciones que rigen el establecimiento y operación de instalaciones y actividades susceptibles de degradar el ambiente.
En consecuencia, están sujetos a las responsabilidades y sanciones administrativas, civiles y penales, en caso de incumplimiento de estas normas legales. Es por ello que el Promotor del Proyecto debe tener claros los aspectos más importantes, los cuales se indican a continuación:
1.6.1 Marco Constitucional
• La Constitución Bolivariana de Venezuela en su Artículo 129, establece la obligatoriedad de la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental y Sociocultural, (EIASC) para aquellos proyectos que puedan causar daños significativos al ambiente. El estudio
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