ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

LEGISLACION DEL MERCADO DE VALORES


Enviado por   •  4 de Octubre de 2013  •  4.768 Palabras (20 Páginas)  •  456 Visitas

Página 1 de 20

SISTEMA BURSÁTIL MEXICANO

2.1 LEGISLACIÓN DEL MERCADO DE VALORES

Como la mayoría de los países los principios de revelación de información al público inversionista, de derechos de minorías de buen gobierno corporativo o societario constituyen leyes ejes de sus legislaciones que se materializan en el establecimiento de reglas de organización social para proteger la propiedad y los derechos de los inversionistas a través de medidas de control en la administración de la sociedad tendientes a evitar la unilateralidad en el toma de decisiones ya que no siempre coinciden los intereses de los administradores de los accionistas monitorios y de los accionistas mayoritarios.

Algunos relacionados con manipulaciones contables y otros con abusos directos a los derechos de accionistas monitorios en los mercados de valores con mayor grado de desarrollo en el mundo se abrieron debates a nivel nacional como internacional en torno a la efectividad de las redes de seguridad que ofrecen dichos marcos regulatorios

La mayoría de los cuales no son nuevos sino que han sido simplemente probados a lo largo del tiempo pero con las adecuaciones presiones que demanda el nuevo entorno. Que no se compensaran con los beneficios para los accionistas y no podrían desincentivar la colocación de valores de nuevas empresas incluso provocar que algunas se retirasen del mercado

1. Desarrollo del capital de riesgo como parte complementaria del mercado de valores

Creación de las sociedades anónimas promotoras de la inversión y de las sociedades anónimas promotoras de la inversión bursátil con el propósito de promover el acceso de las medianas empresas al mercado de valores.

2. Modernización de la estructura de la sociedad anónima bursátil

Consolidación de régimen aplicable a las sociedades anónimas bursátiles cuyas acciones

Traen listadas en la bosa de valores para mejorar su organización y funcionamiento mediante la organización de sus estructuras societarias y su régimen de responsabilidades haciéndolas más congruentes con la practica

3. Actualizar y flexibilizar el marco normativo aplicable a las tasas de bolsa y a las entidades financieras participantes en este sector.

Como bolsas de valores instituciones para el depósito de valores contrapartes centrales sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores proveedores de precios e instituciones calificadoras de valores entre otras.

4. Modernización el régimen de delitos y sanciones.

5. Realineación de las funciones y facultades de las autoridades financieras

Con el objeto de evitar la duplicidad en los procesos de autorización regulación y supervisión de los participantes del mercado rediciendo los costos regulatorios.

I DESARROLLO DEL CAPITAL DE RIESGO COMO PARTE COMPLEMENTARIA DEL MERCADO DE VALORES

Por la tradición el mercado de valores se ha identificado con la emisión y negociación e instrumentos de capital y de deuda por cuenta del público inversionista a través de la bolsa en contraste con los países desarrollados una característica de los mercados de valores de los países en vías de desarrollo incluso México es que las empresas que participan en dichos mercados en especial el accionario son pocas y son más grandes del país. Ante la situación esta ley ve al mercado bajo una óptica más amplia y busca desarrolla otros tipos de inversiones completamente y permiten detonar el crecimiento del mercado de valores tradicional.

A nivel mundial se ha desarrollado una industria de inversionistas institucionales que hacen aportaciones de capital a empresas no listadas en bolsas si las aportaciones de capital a empresas no listadas en bolsas si las aportaciones son una empresa en marcha se les denomina aportaciones de capital privado y si son de negocios que va empezar se les considera capital de riesgo.

En los países desarrollados existe una industria de capital de riesgo que permite a los planes de negocios y las empresas acceder a aportaciones de capital sin estar listadas en una bolsa. Estudios recientes revelan que en un país como el nuestro la falta de desarrollo del mercado de capital de riesgo se debe a dos fallas en el marco jurídico aplicable.

• Estipulaciones estatutarias la transmisión de acciones prevean causales para excluir a socios o para estos puedan ejercer los derechos de separación o de retiro establezcan reglas para amortizar acciones sin limitaciones legales o para que la sociedad pueda efectuar la adquisición de sus propias acciones

• Acuerdos entre socios para que no desarrollen giros comerciales que compitan la sociedad o bien para proteger sus inversiones como los celebrados para evitar la toma hostil de control o para regular la compra o venta de sus s acciones a terceros u otras accionistas.

II MODERNIZACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL

Otro aspecto fundamental de manera ineficiente fue la modernización a la estructura corporativa de las me presas listadas en bolsa y que esta ley denominada sociedades anónimas bursátiles. La legislación mercantil la cierta flexibilidad a la sociedad anónima en cuanto a los requisitos para utilizar dicho modelo societario al admitir tanto a la pequeña y mediana empresa como a la grande sin distinción alguna. Si bien la empresa como ente económico y jurídico ha evolucionado a través del tiempo. La evolución de las empresas publicas en el contexto de la globalización de los mercados de valores hacia una reforma de fondo a la estructura corporativa de la empresa listas en bolsa en México.

La reorganización societaria se plantea solo para la SAB cuyas acciones se encuentran inscritas en el registro nacional de valores por dos razones fundamentales la primera consiste de agencia deriva de la separación de la propiedad y la administración de la empresa y de la divergencia de intereses de los accionistas mayoritarios y los minoritarios. La segunda razón es el tipo de derechos y obligaciones de los acreedores en contraposición con los de los accionistas ya que tratándose de creedores al derecho a cobrar una suma de dinero no se ve violentado cuando exista una afectación del patrimonio social, salvo en el caso de insolvencia o de quiebra mientras que los accionista de sociedades cuyas acciones se encuentran colocadas entre el publico inversionista.

Las principales adecuaciones realizadas sobre la reglamentación de las SAB son:

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (32.3 Kb)  
Leer 19 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com