Legítima Defensa, Edo.de necesidad y Cumplimiento de un deber
Rita AlcalaExamen30 de Octubre de 2015
635 Palabras (3 Páginas)144 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder popular para la educación superior
Universidad de Falcón UDEFA
Facultad en ciencias jurídicas
Cátedra: Derecho Penal I
Facilitador: Abg.Eudis Álvarez
[pic 1]
Legítima Defensa, Edo.de necesidad y Cumplimiento de un deber
Estudiantes:
Amaya, Fabiola: V-11.763.374
Brito, Arianna: V-26.309.642
Carrasquero, Carmen: V-7.569.719
Colina, Félix: V-25.126.362
Fernández, María: V-11.802.745
Peña, José: V-14.647.408
Punto fijo, Octubre del 2015
Legítima defensa
La ciudadana ELIZABETH MORALES se encontraba en su residencia cuando al salir a desechar la basura que frecuentemente sacaba aproximadamente a las 6:00pm todos los días, fue interceptada por un sujeto que la esperaba afuera teniendo el conocimiento de que la ciudadana tenía ese habito, quien portando una pistola en mano de manera ilícita, la sometió en honor de la norma obligándola a entrar nuevamente a la propiedad, bajo amenazas de muerte a que le entregara sus pertenencias las cuales consistían en Telefono,Joyas,Equipos electrónicos, dinero, entre otros objetos de valor que ella poseyera, tras ser agredida físicamente por el antisocial, la ciudadana toma un objeto punzocortante del mesón de la cocina donde ambos estaban, causándole una herida mortal al individuo lo dejándolo tendido en el suelo de la habitación, donde posteriormente hace llamado a las autoridades para brindar las declaraciones de lo sucedido.
Aplicándose así la legítima defensa según lo establecido en el artículo 65 numeral 3 del código penal venezolano donde establece que no es punible:
3.- El que obra en defensa de propia persona o derecho, siempre que concurran las circunstancias siguientes:
1.- Agresión ilegitima por parte del que resulta ofendido por el hecho.
2.- Necesidad del medio empleado para impedirla o repelerla.
3.- Falta de provocación suficiente de parte del que pretenda haber obrado en defensa propia
Cumplimiento de un deber
El ciudadano JOSÉ SOLORZANO se encontraba en la institución financiera llamada Banesco C.A, haciendo cumplimiento de su deber como vigilante cuando aproximadamente a las 2:00pm. Entran al sitio dos antisociales portando armas de fuego poniendo bajo amenaza de muerte a los ciudadanos que se encontraban presentes en el sitio, a que les entregaran sus pertenencias, al igual que a los trabajadores de dicha institución se les ordenó hacer entrega del dinero de las cajas del banco, basándose en los procedimientos de medidas de seguridad el ciudadano JOSE SOLORZANO,hace un llamado de detención a los antisociales, quienes hacen caso omiso a la orden, accionando sus armas contra el vigilante donde él con su arma de reglamento toma acciones y se defiende, causándole la muerte a los dos delincuentes.
Haciendo cumplimiento de su deber según lo establecido en el art.65 numeral 1 del código penal venezolano donde establece:
1.- El que obra en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, autoridad, oficio o cargo, sin traspasar los límites legales.
Estado de necesidad
La Ciudadana MARÍA GUADALUPE ORDOÑEZ, aproximadamente a las 12:00 pm llega a su apartamento, situado en la avenida Jacinto Lara, a preparar el almuerzo de su esposo e hijos, minutos después de que la Sra. Ordoñez había llegado a su apartamento se produjo un incendio la cual la ciudadana empezó a gritar al ver que su apartamento estaba encendido en llamas y los vecinos del apartamento empezaron a salir, casualmente al lado de su edificio se encontraba un bombero llamado Carlos Guanipa, la cual le brindo los primeros auxilios para salvarle la vida, el bombero la pudo rescatar desde el primer piso de su apartamento y la lanzó por unas de las ventanas para que no perdiera la vida en el incendio, pero le trajo como consecuencia a la persona una fractura en el pie izquierdo pero siguiendo los pasos del estado de necesidad logro salvarle la vida.
...