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Mercantil

sedpepe18 de Marzo de 2014

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UNIVERSIDAD UNIVER MILENIUM

SER, CRECER, SABER Y DAR

MATERIA:

FUNDAMENTOS DEL DERECHO

EXPOSICIÓN NO.2

DIVERSOS ÓRDENES NORMATIVOS

LICENCIATURA:

CONTADURÍA Y FINANZAS

LICENCIADA: EVA GEORGINA SANCHEZ HERNANDEZ

ALUMNAS:

TALÍA SÁMANO CARBAJAL

AURORA BRAVO WOLFE

SEGUNDO CUATRIMESTRE GRUPO: MCF202

26 DE ENERO DEL 2012 

2.-Diversos ordenes normativos.

2.1. Concepto de ley, regla y norma.

LEY: Latín (Lex, Legis) Norma jurídica obligatoria y general dictada por legítimo poder para regular la conducta de los hombres o para establecer los órganos necesarios para el cumplimiento de sus fines.

REGLA: A las reglas de conducta que son obligatorias o que conceden facultades se les llama normas, mientras que a las regulaciones cuyo cumplimiento es potestativo se les conoce como reglas técnicas. Tanto las normas como las reglas técnicas son reglas de conducta, las primeras conceden derechos o prescriben obligaciones; las segundas establecen medios para alcanzar un fin

NORMA: De acuerdo con García Máynez, el término norma se usa en dos sentidos: uno amplio y otro estricto. En el primero, norma es “toda regla de comportamiento obligatoria o no” en sentido estricto, norma es la regla “que impone deberes o confiere derechos”.

2.2. Criterios de analogía y distinción.

Ley Moral Reglas de trato social Norma religiosa

Bilateral Unilateral Unilateral

Heterónoma Autónoma Heterónoma Heterónoma

Exterior Interior Exterior Interior

Coercitiva Incoercitiva Incoercitiva Incoercitiva

2.2.1. Derecho.

Definición de derecho: en general se entiende por derecho todo conjunto de normas eficaz para regular la conducta de los hombres, siendo su clasificación más importante la de derecho positivo y derecho natural REGLA: A las reglas de conducta que son obligatorias o que conceden facultades se les llama normas, mientras que a las regulaciones cuyo cumplimiento es potestativo se les conoce como reglas técnicas.

2.2.2. Moral.

La moral son las reglas o normas por las que se rige la conducta de un ser humano en concordancia con la sociedad y consigo mismo. Este término tiene un sentido contrario frente al de «inmoral» (contra la moral) y «amoral» (sin moral). La existencia de acciones y actividades susceptibles de valoración moral se fundamenta en el ser humano como sujeto de actos voluntarios. Por tanto, la moral se relaciona con el estudio de la libertad y abarca la acción del hombre en todas sus manifestaciones.

La palabra «moral» tiene su origen en el término latino mores, cuyo significado es ‘costumbre’. Moralis (< latín mos = griego ‘costumbre’). Por lo tanto «moral» no acarrea por sí el concepto de malo o de bueno. Son, entonces, las costumbres las que son virtuosas o perniciosas.

2.2.3. Normas religiosas.

Se trata de normas establecidas por una determinada religión o creencia cuyos principios acepta una persona, o bien una creencia que esa persona comparte y cuyas normas acata y acepta como parte fundamental del desarrollo de su vida. Se trata de normas internas que la persona acepta, en las que creen y tiene fe y, por tanto, esas normas conforman su actuación en todos los aspectos de la vida.

Las normas religiosas son de carácter interno y que auxilian al individuo para acercarse a Dios y de esta manera alcanzar la vida eterna: asimismo, quien cumpliera con ellas tendría un buen comportamiento social. Estas son manifestaciones externas, producto de una decisión individual y de un cumplimiento espontaneo.

2.2.4. Reglas de trato social.

Las

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