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NIA 200: las responsabilidades de un auditor independiente para realizar una auditoría de estados financieros


Enviado por   •  20 de Julio de 2014  •  Trabajos  •  1.546 Palabras (7 Páginas)  •  557 Visitas

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1. Esta NIA 200 se refiere a las responsabilidades generales del auditor independiente cuando lleva a cabo una auditoría de estados financieros de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría (NIA). En específico, establece los objetivos generales del auditor independiente y explica la naturaleza y alcance de una auditoría diseñada para permitir al auditor independiente cumplir dichos objetivos. También explica el alcance, autoridad y estructura de las NIA e incluye las responsabilidades generales del auditor independiente, aplicables en todas las auditorias, incluyendo la obligación de cumplir las NIA.

3. El objetivo de una auditoría es incrementar el grado de confianza que los usuarios depositan en los estados financieros. Esto se logra a través de la expresión de una opinión del auditor sobre si los estados financieros están preparados, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable. En términos generales, las NIA se refieren a la opinión sobre si los estados financieros están presentados razonablemente, en todos los aspectos importantes o expresan una opinión sobre la veracidad y razonabilidad de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable. Una auditoria conducida de acuerdo con las NIA y los requerimientos éticos permite al auditor formarse esa opinión.

7. Las NIA contienen objetivos, requerimientos, guía de aplicación y otro material explicativo diseñados para apoyar al auditor a obtener seguridad razonable. Las NIA requieren que el auditor ejerza su juicio profesional y mantenga el escepticismo profesional durante la planeación y ejecución de la auditoría, y además:

Identifique y evalúe los riesgos de error material, debido a fraude o por equivocaciones humanas no intencionales, con base en un entendimiento de la entidad y su entorno, incluyendo el control interno de la entidad.

Obtenga suficiente y apropiada evidencia de auditoría sobre si existen errores materiales, mediante el diseño e implementación de respuestas adecuadas a los riesgos evaluados.

Se forme una opinión sobre los estados financieros, con base en conclusiones fundamentadas en la evidencia de auditoría obtenida.

11. Al conducir una auditoría de estados financieros, los objetivos generales del auditor son:

a) Obtener una seguridad razonable sobre si los estados financieros tomados en su conjunto, están libres de errores materiales, debido a fraude o por equivocaciones humanas no intencionales, permitiendo al auditor expresar una opinión sobre si los estados financieros están preparados, en todos los aspectos importantes, de conformidad con un marco de referencia de información financiera aplicable; y

b) Emitir un informe sobre los estados financieros y comunicar, según requieren las NIA, los hallazgos de auditoría.

(b) Evidencia de auditoría. Información utilizada por el auditor para llegar a las conclusiones sobre las cuales basa la opinión de auditoría. La evidencia de auditoría incluye, tanto la información contenida en los registros contables con la cual se preparan los estados financieros, como alguna otra información. Para propósito de las NIA:

(i) Evidencia suficiente de auditoría. Es la medida de la cantidad de evidencia de auditoría. Dicha cantidad de evidencia depende de la evaluación del riesgo de error material realizada por el auditor, así como de la calidad de la misma.

(ii) Evidencia apropiada de auditoría. Es la medida de la calidad de la evidencia de auditoría; es decir, la relevancia y confiabilidad de la evidencia para soportar las conclusiones sobre las cuales se basa la opinión del auditor.

(c) Riesgo de auditoría. Es el riesgo de que el auditor exprese una opinión de auditoría inadecuada cuando los estados financieros contienen errores materiales. El riesgo de auditoría está en función del riesgo de error material y del riesgo de detección.

(d) Auditor. El término "auditor" se refiere a la persona o personas que conducen la auditoría, generalmente el socio del trabajo, otros miembros del equipo del trabajo o la firma, según sea aplicable. Cuando una NIA expresamente establezca que un requerimiento o responsabilidad se cumpla por el socio del trabajo, se utiliza el término "socio a cargo del trabajo". "Socio a cargo del trabajo" y "firma", deben entenderse con sus equivalentes en el sector público.

(e) Riesgo de detección. Es el riesgo de que los procedimientos desempeñadas por el auditor para reducir el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo, no detecten los errores que existan y que pudieran ser materiales, ya sea en lo individual o en el agregado con otros errores.

(i) Incorrección. Una diferencia entre el monto, clasificación, presentación o revelación de una partida reportada en un estado financiero y, el monto, clasificación, presentación o revelación que se requiere para que dicha partida esté de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable. Los errores pueden originarse por equivocaciones humanas no intencionales o por fraude.

(k) Juicio profesional. La aplicación del entrenamiento, conocimiento y experiencia relevantes, dentro del contexto de las normas de auditoría, contabilidad y ética, para la toma de decisiones a cerca del curso de acción del trabajo de auditoría, apropiado en las circunstancias.

(l) Escepticismo profesional. Se refiere a una actitud que incluye una mente inquisitiva y alerta a condiciones que puedan indicar errores, debido a fraude o por equivocaciones humanas no intencionales y a una evaluación crítica de la evidencia de auditoría.

(m) Seguridad razonable. En el contexto de una auditoría de estados financieros, se refiere a un nivel de seguridad alto, pero no absoluto.

(n) Riesgo de error material. Se refiere al riesgo de que los estados financieros contengan errores materiales antes de la auditoría. Consta de dos componentes a nivel de aseveración:

(i) Riesgo inherente. Susceptibilidad de que una aseveración sobre una clase de transacción, saldo o revelación sea errónea y que pueda ser material, en lo individual o en el agregado, con otros errores y antes de la consideración de cualquier control relacionado.

(ii) Riesgo de control. Es el riesgo de que un error pueda ocurrir en una aseveración sobre una clase de transacción, saldo o revelación y que pudiera ser material, en lo individual

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