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PROCESO PENAL ACUSATORIO Y ORAL


Enviado por   •  5 de Julio de 2016  •  Ensayos  •  7.318 Palabras (30 Páginas)  •  815 Visitas

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PROCESO PENAL ACUSATORIO Y ORAL

          El proceso penal acusatorio y oral tiene por objeto el esclarecimiento de los hechos, busca proteger al inocente y procurar que el culpable no quede impune y procurar que los daños por el delito se reparen. El proceso penal y acusatorio plantea una división de tareas entre los involucrados en el juicio para lograr una autentica imparcialidad, así el Ministerio Publico tiene la obligación de acusar y sustentar la acusación, el juez únicamente debe resolver sin suplir las diferencias de la parte acusadora y el imputado debe contar con la posibilidad de defenderse, lo cual se traduce en una verdadera igual de los sujetos que litigan en el proceso. Otro elemento importante del sistema es la oralidad, yodas las audiencias son orales y toda acusación de los sujetos procesales ante el juez debe ser verbal, esto permite que el proceso sea más transparente, que exista un mejor combate a la corrupción y que el proceso se resuelva de forma más expedita.

        El nuevo proceso penal acusatorio y oral impone nuevas obligaciones ala policía y al ministerio público, pues estos deben profesionalizar su función y realizar actuaciones de calidad que se apeguen a Derecho, ya que de lo contrario sus diligencias estarán de nulidad.

        Las jueces también nuevas obligaciones

  • Deben estar presentes en todas las audiencias y  diligencias del juicio
  • No pueden actuar atreves de intermediarios y deben justificar públicamente cada una de sus decisiones

En el nuevo proceso penal las tareas se dividen en tres tipos de jueces

1.- el juez de control: conoce toda la etapa de investigación y la etapa que culmina con el acto de apertura de juicio oral

2.-el juez de debate: se encarga del juicio oral, donde se produce el debate, la deliberación, el fallo y la sentencia.

3.-vigila la ejecución de la pena impuesta

        Finalmente el nuevo proceso admite el uso de medios alternos para la solución de controversias como forma para resolver un asunto, siempre que estos aseguren la reparación del daño a las victimas u a los ofendidos. Ello evita que todos los conflictos necesaria mente tengan que resolverse a través de un juicio.

       

  Se afirma que el nuevo proceso penal es acusatorio y oral porque

  1. Quien sostiene la acusación, está obligado a probarla
  2.  El juez no puede subsanar las deficiencias de la acusación
  3. El órgano jurisdiccional está impedido para intervenir en beneficio de las partes, debe ser imparcial
  4. Implica un proceso en igualdad de circunstancias toda acusación relevante en el proceso debe ser expresada de manera oral

PRINCIPIOS DEL PROCESO ACUSATORIO Y ORAL

          Hay 5 principios sobre los cuales se asienta el nuevo proceso penal estos son:

         Publicidad: se busca acabar con la secrecía del proceso penal al abrir las etapas del juicio al escrutinio público, en este sentido todas las audiencias son públicas y se permite la asistencia tanto de los ciudadanos como de los medios de comunicación. La publicidad solo se puede restringir en los casos de excepción que determine la ley.

         Contradicción: se busca el libre debate entre las partes que intervienen en el juicio, por ende la defensa tiene la posibilidad de contradecir las imputaciones que formule el MP. El art. 20 constitucional establece que ningún juez puede tratar asuntos procesales con cualquiera de las partes sin que esté presente otra.

        Concentración: el juicio oral incluye los alegatos de las partes, el desahogo de las pruebas, la deliberación de los jueces y la justificación de la sentencia que debe llevar a cabo una sola audiencia.

         Continuidad: la audiencia que se menciona en el inciso anterior debe ser continua a fin de que el debate no sea interrumpido, cuando no sea posible desahogar la audiencia en un solo día se podrán declarar recesos para continuar con la audiencia en sesiones sucesivas hasta llegar a su culminación.

         Inmediación: toda audiencia debe ser desahogada en presencia del juez, sin que pueda delegarse en ninguna persona el desahogo y valoración de pruebas.

       Además de los principios mencionados en el apartado precedente encontramos otros principios complementarios que regularmente reciben el nombre de “principios generales”  los cuales de enumeran a continuación.

        Presunción de inocencia: el imputado deberá ser considerado y tratado como inocente en todas las etapas del proceso mientras no declare su culpabilidad por una sentencia que haya causado ejecutoria

        Derecho de defensa: la defensa es un derecho inviolable en toda etapa del procedimiento y corresponde a los jueces garantizarla para fortalecer dicha institución, se eliminó la posibilidad que el imputado pueda ser defendido por una persona de confianza que no cuente con conocimientos jurídicos, así que en todos los casos la defensa del imputado abra de llevarla un abogado titulado.

         Libertad probatoria: las partes tienen completa libertad para presentar las pruebas que estimen pertinentes para sustentar su caso, ninguna de estas pruebas tendrá valor hasta que sean desahogadas ante un juez, el cual también cuenta con la posibilidad de valorarlas con libertad. Toda prueba obtenida apartir de la violación de los derechos humanos se considera nula.

         Aplicación restrictiva de medidas cautelares:

Las medidas cautelares de pretenden restringir la libertad de la persona o de otros de sus derechos son de carácter excepcional y su aplicación debe ser proporcional al derecho que se pretende proteger, al peligro que se trata evitar y a la pena que pudiera llegar a imponerse.

          Legalidad: el Ministerio Publico está obligado a perseguir a quienes intervienen en los hechos que la ley señala como delitos  

        Oportunidad en el ejercicio de la acción penal: tratándose de delitos no graves o de cuantía menor el MP puede suspender, interrumpir o renunciar ala persecución penal en los casos establecidos por la ley.

ETAPAS DEL PROCESO

ETAPA DE IMBESTIGACION

        La etapa de investigación sirve para que el MP y la policía puedan reunir los elementos que les permitan esclarecer los hechos y determinar si cuentan con los elementos suficientes para solicitar el ejercicio de la acción penal, esta etapa inicia con una denuncia o querella que presenta ante un juez de control.

Hay tres tipos de actores que intervienen en los delitos

         Policía: es la autoridad que se encarga de investigar los hechos en el lugar donde se cometió el delito

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