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Participacion Ciudadana


Enviado por   •  24 de Julio de 2013  •  9.854 Palabras (40 Páginas)  •  489 Visitas

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INTRODUCCION

PARTICIPACIÓN CIUDADANA I

El concepto de participación ciudadana por su misma naturaleza carece de un solo significado, toda vez que la participación ciudadana puede presentarse en cualquier escenario de la vida social, jurídica y política. Sin embargo para fines del presente estudio, abarcaremos su concepción más amplia para posteriormente encauzarla dentro de la seguridad pública.

La partición ciudadana tiene dos componentes: participar que provienen del latín participare y significa tener uno parte o tocarle algo de ella, de tal forma participación es la acción de participar o intervenir en un asunto o un hecho, lo que implica, según Zazueta Villegas, que al participar en asociación con otros, se compartan opiniones, acuerdos y se orienten acciones de manera conjunta. El segundo componente es el adjetivo ciudadana que provienen del sustantivo ciudadano haciendo explícito el sentido de esa participación entre miembros de la misma categoría política (ciudadanos), la cual está destinada a la promoción de acciones, cuyos propósitos sólo tienen significado en el ámbito por excelencia del ciudadano.

En el sector de la seguridad pública la participación ciudadana consiste “en sumar esfuerzos y trabajo de la sociedad a las funciones que desempeña el Estado en materia de seguridad pública, pasando así de una administración centralizada y unilateral a otra abierta y democrática con la colaboración de la ciudadanía.

Dicha participación se da principalmente en las políticas de prevención del delito.

Esto parte de la idea de que la seguridad pública es tarea no sólo del Estado sino de todos los sectores sociales incluyendo la participación de la comunidad en general, vislumbrándose una sociedad más participativa, critica pero sobretodo demandante de sus derechos ante el evidente fracaso del Estado en materia de seguridad pública.

Sin embargo, la concepción del Estado paternalista ha impedido la participación de otros sectores, entre ellos la sociedad en funciones que actualmente sólo le corresponde al Estado, contrario a lo que sucedía en las culturas del México antiguo, donde la comunidad era la más comprometida en la resolución de conflictos. Sin embargo a lo largo de la historia se ha ido despojando a dicha comunidad de funciones, que poco a poco fue absorbiendo el Estado, pero que actualmente reclama la sociedad.

1.- FOMENTO A LA CIVILIDAD.

La civilidad es quizá el atributo más significativo de la cultura urbana; consiste en el reconocimiento que se da entre los asociados en un territorio y espacio cultural determinado, en el que concurren las diferencias y el acuerdo expreso de superar las discrepancias mediante la identificación de reglas comunes para compartirlo.

Para que haya civilidad son necesarios dos elementos, coherencia funcional y armonía operativa, estos dos factores, son primordiales para la existencia de vida y la generación del tejido social en el cual se desarrolla la civilidad además de estas características debe de existir un sentimiento en procura de la búsqueda de lo deseable ( lo igualmente bueno para todos).

La ciudad es nuestro entorno cotidiano donde contactamos con la familia, los amigos, los vecinos, los colegas, la escuela, las autoridades, etc. Es nuestro sitio de inmediatas relaciones sociales.

En la cultura urbana la civilidad es el elemento más significativo, dado que los seres humanos interactúan en cierto territorio cultural limitado, apareciendo conflictos y discusiones que se deben arreglar según unas reglas comunes.

Cada integrante de la comunidad tiene sus necesidades que son el corazón del orden social. Para ser ciudadano no basta con pertenecer a una comunidad, participar e interactuar con los demás, sino que hace falta asumir las responsabilidades que esto supone.

Aunque tenemos una vida pública y una privada, esto no debe suponer que estos ámbitos son opuestos y diferentes, sino más bien deben interaccionar y ahí es donde aparece el concepto de civilidad.

1.1 OBJETO Y ELEMENTOS DE LA CIVILIDAD

1.1.1 teoría del ciudadano soberano

El Contrato Social

Ésta obra de Juan Jacobo Rosseau, inicialmente, menciona a un Ciudadano de un Estado libre y miembro del poder soberano; a un hombre nacido libre, pero ya destacan, la dominación y la subordinación como factores importantes.

Según él, la sociedad natural y más antigua es la familia, y la caracteriza como el modelo de las sociedades políticas.

En lo referente al Derecho, destaca que la fuerza no hace el Derecho; y los ciudadanos sólo estamos obligados a obedecer los poderes legítimos. En cuanto a las relaciones entre las sociedades, menciona que nadie tiene derecho a someter a otro, sino sólo en beneficio de ambos, el derecho de conquista se basa en la Ley del más fuerte y el derecho de Esclavitud, es nulo, ilegítimo y absurdo.

El modo de buscar la asociación, según Rosseau, no implica limitar a los demás, sino al contrario, dándoles libertad de elegir. En cuanto al Estado Civil, el hombre pierde la libertad natural, pero gana la libertad civil y la propiedad de lo que posee.

Respecto al comportamiento del hombre, dice que la libertad moral hace al hombre verdadero dueño de sí mismo, lo cual considero que es aceptable, porque se refiere a los valores, que son tan importantes dentro de una sociedad, para relacionarse pacíficamente.

De acuerdo a la propiedad, se puede delimitar el “poder” que ejerce el soberano sobre ésta y el derecho de propiedad de cada particular queda subordinado al derecho de propiedad de la comunidad.

La soberanía es el ejercicio de la voluntad general, por lo que es inalienable. A su vez, la voluntad general, atiende al interés común, es la soberanía, distinguir derecho y deberes, y la voluntad de todos, al interés privado. El pacto social establece igualdad, impone deberes y otorga derechos para todos. El Contrato Social garantiza la vida.

En un Estado bien gobernado hay pocos castigos porque hay pocos criminales. Además, es preciso que convenciones y leyes unan y relacionen los derechos y deberes y encaminen la justicia hacia sus fines

La Ley puede crear privilegios pero no otorgarlos a determinada persona, toda función que se relacione con el objeto individual no pertenece al poder legislativo.

Ahora bien, las “facultades” u “obligaciones” del legislador, deben encaminarse

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