Peritaje contable.
fass21Examen25 de Julio de 2016
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PERITAJE CONTABLE
- CONCEPTOS BÁSICOS
PERITAJE
Constituye una información científica que expone los hechos con criterio imparcial sentando doctrinas y tesis respaldadas por las opiniones y por ejecutorias sobre la materia que haya quedado establecido en las acciones judiciales. Es un medio de prueba que utiliza el juez para el conocimiento de los hechos que requiere reparación especial.
PERICIA
Es una labor de investigación, de análisis y de síntesis, para la obtención de juicios de valor que sustenten la opinión del perito
PERITO
Del latín EXPERTUS
Participio pasado del verbo EXPERIDI. Hacer experiencia
Profesional elegido en razón de sus conocimientos técnicos y científicos por el juez o las partes o también por un tercero designado por la ley y que tiene por misión luego de prestar juramento o aceptar el cargo proceder a exámenes y comprobaciones de los hechos cuyos resultados consignan en un informe.
PERITO CONTABLE JUDICIAL
Es el profesional calificado e idóneo en Ciencias y técnicas Contables para opinar sobre controversias de carácter Patrimonial, en su condición de auxiliar de justicia, a través de su informe
CONDICIONES QUE DEBE TENER EL PERITO
- Técnica pericial
- Moralidad
- Experiencia profesional y técnica
- Ser profesional
Condiciones morales:
- Honorabilidad
- Imparcialidad
- Veracidad
- DIFERENCIAS ENTRE EL AUDITOR Y EL PERITO
El auditor para preparar su dictamen se basa en pruebas selectivas, el perito lo hace en forma integral.
El auditor puede contratar personal para que lo apoye en la toma de la auditoria correspondiente, el perito no puede delegar a nadie.
El auditor hace trabajos administrativos (presenta sus informes ante la CONASEV o Contraloría); el informe que hace el perito lo hace a través del juzgado (Poder Judicial).
Cuando los peritos son nombrados por el juez a través del REPEJ, el perito hace su propuesta de honorarios.
- CLASES DE PERITOS CONTABLES
Los peritos contables pueden ser:
- Peritos de Oficio: Son aquellos nombrados por el Juez cuando considera que se requiere el conocimiento especiales que lo ayuden a resolver la litis.
- Peritos de Parte: Son aquellos contratados directamente por una de las partes litigantes, en apoyo de sus planteamientos en el proceso den este caso
- Peritos Dirimentes: Son aquellos nombrados por el órgano jurisdiccional, a fin de deslindar la discrepancia existente, frente a los informes presentados por otros peritos.
- EL INFORME PERICIAL
Es un documento escrito que incluye la opinión del perito sobre los asuntos sometidos a su conocimiento y que es elevado al Juzgado para el esclarecimiento o dilucidación de algún hecho.
El informe pericial debe contener las siguientes partes:
Introducción
Constituye la parte de presentación inicial del informe y debe consignar:
- Numero del expediente y nombre del Secretario que tiene a su cargo el caso. Nombre de la autoridad judicial
- Nombre y apellidos del perito, indicando su domicilio, numero de matricula del colegio de contadores públicos al que pertenece.
- Nombre de los litigantes si el juicio es civil, o del inculpado y agraviado en el caso de proceso penal, para concluir con el motivo del juicio o la clase de delito, según sea el caso.
- Se manifestara que en cumplimiento de la orden judicial se practico el peritaje dispuesto por el juzgado.
Antecedentes
Se expone una reseña de los hechos a base de la información obtenido del expediente judicial, a fin de hacer constar que se ha tomado debido conocimiento de las aspiraciones de los litigantes -en lo civil – o de la comisión del delito atribuido al inculpado – en lo penal-.
Bases del Examen pericial
- Medios para obtener el objeto de la pericia: Puede ser documentos, libros contables
- Métodos de verificación pericial: Puede ser deductivo, inductivo, analógico, síntesis, sistemático, analítico.
- Examen pericial: Tiene que ser motivado, demostrado y veraz. El perito explicara basándose en los aspectos legales y técnicos.
Dictamen pericial o examen pericial
Constituido por las conclusiones donde fluye la pericia como consecuencia de la aplicación de los conocimientos científicos y técnicos que de ella desprende.
Estas conclusiones se sustentan en una opinión objetiva, deben ser concretas y suficientes, una vez terminada las conclusiones el perito deberá expresar: “Es todo cuanto tengo que informar a usted Sr. Juez en honor a la verdad”
- PLANEAMIENTO DEL TRABAJO PERICIAL
ASPECTOS PRELIMINARES
- Nombramiento del REPEJ.- Cuando ya se saben quienes son los que litigan, el perito responde al nombramiento mediante un informe.
- Informe N° 1.- Es la respuesta que da el perito al juzgado donde hace aceptación del cargo en casos civiles y juramentación en casos penales. Luego de esto el juez hace una resolución.
- Informe N° 2.- El perito hace la propuesta de honorarios profesionales, de acuerdo al trabajo a realizar y al arancel correspondiente a los contadores, indicando el importe que ha calculado de acuerdo a su experiencia, se mide por la URP = 10% UIT.
El juez tiene la facultad de regular estos honorarios y lo determina mediante una resolución. Luego de esto el perito decide si dejar o tomar el trabajo.
ASPECTOS DE FORMA
Una vez que ya ha sido aceptado los honorarios, el perito no puede comenzar el trabajo hasta que este importe no haya sido consignado en el Banco de la Nación y presentado al juzgado correspondiente.
Luego el perito debe estudiar las piezas procesales que contenga el expediente y evaluará el estudio de los sistemas contables de la empresa, sistema de control interno, la compulsa de los documentos y extraerá las piezas procesales así como las resoluciones correspondientes mas importantes en los casos que se ventile.
ASPECTOS DE FONDO
Es el esfuerzo que hace el perito para la elaboración del examen pericial
- En los antecedentes del caso, el perito debe informar de forma sucinta y clara las causas que han dado origen a la acción judicial, siguiendo una secuencia lógica.
- En las bases para el examen pericial, se incluye los medios para obtener el objeto de la pericia los cuales serán los documentos y los libros contables; los métodos de verificación pericial indicando aquellos que el perito ha utilizado, las confrontaciones, constataciones y cotejos; y el examen pericial motivado el cual el perito basara su explicación en los aspectos legales, técnicos y en las formulas que pueda utilizar para el desarrollo de su trabajo pericial.
- Por ultimo el dictamen pericial constituye las conclusiones a las cuales ha arribado el perito, que tendrá que ser consistente y veraz.
ASPECTOS FINALES
Incluye la fecha y la firma del perito en su registro.
Los informes deben ir en original para el juzgado correspondiente, 2 copias para los litigantes y 1 copia como cargo del perito.
En los juicios penales se pedirá una ratificación.
- PERITAJE EN EL CAMPO CIVIL
Se lleva a cabo en los Juzgados de 10 Instancia y son:
- Peritaje sobre Beneficio de Inventarios.- Los puntos de enfoque son:
- Precisar los verdaderos costos de las mercaderías o productos de inventario.
- Examinar el Balance General que ha servido de base a los efectos del ejercicio económico de alguna liquidación, transformación, o fusión.
- Examinar las formas como se ha efectuado las depreciaciones del activo fijo tangible y las amortizaciones del activo fijo tangible.
- Establecer la forma y los coeficientes de las malas deudas.
- Establecer la necesidad de la acción de ciertas reservas específicos y aquellas de libres disposiciones.
- Si existe deflación del activo o inflación del pasivo con fines dolosos.
- Indicar el monto a que asciende el beneficio del inventario que se reclama.
- Peritaje sobre Liquidación de Sociedades.-
Son aquellas que provienen de liquidar una sociedad, colectiva, anónima, comanditaria, de responsabilidad limitada etc.
Ocurre que a veces los socios aceptan liquidaciones de alguna sociedad pero más tarde revisan la liquidación o como también lo hacen revisar con un contador y le manifiestan que la mencionada liquidación no esta correcta y que por tal razón debió haber recibido mayor cantidad de dinero.
En cuanto al reclamo, hay otras cosas, pero todos inciden en el aspecto de la liquidación y sobre todo si se trata de un reclamo por la vía judicial en la cual el juez solicitará el concurso de peritos contables para que practiquen una liquidación sobre los hechos comprometidos sobre los reclamos solicitados por las partes.
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