Presentacion
santiago.anillo8 de Mayo de 2013
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ESTATUS MORAL
Los dos capítulos anteriores se concentraron en los agentes morales y sus obligaciones, virtudes y relaciones. Hemos dicho poco sobre a quién le debemos respetar ciertas obligaciones, ¿porque tenemos obligación con algunos individuos sí y con otros no?, Y Que tiene derechos y que no. En este capítulo, indagaremos sobre el tema de “estatus moral”, refiriéndonos también a moralidad y consideraciones morales. Un objetivo importante es determinar el alcance moral de la comunidad.
El problema del estatus moral.
El problema del estatus moral, empieza con el interrogante acerca de que individuos y grupos están protegidos por las normas morales. Por ejemplo: qué decimos de los óvulos humanos, Los embriones, Los fetos, los bebes recién nacidos, Los bebés anencefálicos, La discapacidad mental, Los que no pueden distinguir el bien del mal, Los seriamente dementes, Los que padecen una pérdida permanente de la conciencia, Los que tienen muerte cerebral, los cadáveres, Los animales no humanos utilizados en investigación médica, y Animales quiméricos creados en investigación?, ¿Los miembros de cada una de estas clases merecen protección moral o tienen derechos morales? Si es así, ¿se merecen el mismo trato con respecto a las protecciones y derechos que se nos reconocen a los seres humanos autónomos? Si no, ¿que pone al ser humano autónomo por encima de los miembros de los grupos que acabamos de mencionar?.
A lo largo de gran parte de la historia humana, ciertos grupos de seres humanos (por ejemplo, grupos raciales, tribus, o enemigos en la guerra) y en efecto todos los animales, han sido tratados como menos que personas. A menudo han sido tratados como seres incapaces de actuar moralmente, y por lo tanto, titulados ya sea sin estatus moral o con un estatus moral inferior.
A Los que no tienen estatus moral se les niegan los derechos morales (por ejemplo, históricamente, los esclavos de muchas sociedades, y casi con toda seguridad de la mayoría de ellas). Mientras que Los que tienen un estatus moral más bajo tienen menos derechos o se les serán cumplidos con menor rigurosidad (por ejemplo, históricamente, las mujeres de la mayoría de las sociedades). Así, tener ya sea un completo o un parcial estatus moral, determina si un individuo o grupo tiene todos o un conjunto parcial de los derechos morales. Una presunción común, pero Controversia, En la medicina y la ética biomédica es que algunos grupos no tienen derechos morales (por ejemplo, los animales utilizados en la investigación biomédica) y que otros grupos tengan menos derechos o sean débiles (por ejemplo, en los seres humanos que han sido juzgados como incompetentes ha disminuido el derecho de decidir por sí mismo).
Una común, pero controversial, presunción en medicina y ética biomédica es que algunos grupos no tienen derechos morales (ej. El uso de animales en investigaciones biomédicas) y otros tienen derechos menores o más débiles (ej. los seres humanos que han sido juzgados como incompetentes han perdido, en su caso, el derecho de tomar sus propias decisiones).
La toma de decisiones por sustitutos es un problema sobre el cual tiene derecho la protección moral que atraviesa una serie de problemas de ética medica. Aun cuando una persona considerada incompetente necesite de un sustituto que tome sus decisiones, no pierde todas las protecciones y formas de respeto moral. Continúan muchas obligaciones, de hecho en algunos individuos pueden aumentar. Sin embargo, el hecho de aceptar que se necesita de un sustituto que tome decisiomes, implica que el individuo considerado incompetente ha perdido algunos derechos para decidir. Una “decisión” que un individuo tome (ej, abandonar un hogar de ancianos o una institución mental) no tendría la misma autoridad moral que tenía antes de la determinación de incompetencia. En general, pensamos que nuestras obligaciones para con esa persona han cambiado, incluso se piensa que en ocasiones las obligaciones han cesado. El criterio de la incapacidad mental es uno entre muchos en la evaluación del estado moral y en la determinación de nuestras obligaciones para con las personas.
Inquietudes similares surgen acerca de lo que debemos a los niños pequeños cuando los involucramos en investigaciones pediátricas que no encierran alguna promesa de beneficio directo para los sujetos (solo beneficios futuros para otros). A menudo pensamos que debemos más protecciones a las partes vulnerables. Sin embargo, los niños que participan en investigaciones que no están diseñadas para generarles algún beneficio, son tratados como si tuvieran un estatus moral disminuido e incluso como medio utilitario para alcanzar los objetivos de la investigación.
Consideremos ahora los casos fascinantes de mujeres embarazadas con muerte cerebral, pero cuya capacidad biológica es mantenida artificialmente por varias semanas para llevar al feto al nacimiento. Algunos podrían argumentar que mantener el cuerpo de una mujer embarazada con muerte cerebral incluso en contra de sus deseos, implica que ella ha sido categorizada como un cadáver con un estatus moral menor que el resto, porque su cuerpo esta sometido a medidas extremas, en ocasiones durante meses en beneficio del feto, de la pareja de la mujer o de un pariente cercano en la familia.
Sin embargo, la cuestión ética es que cualquier persona, principalmente el feto, tiene derechos más fuertes que la mujer embarazada con muerte cerebral que presento anticipadamente el deseo de dejar sus funciones cardiorespiratorias al momento de la muerte. Las creencias sobre el estatus moral del feto son consideraciones claramente poderosas en algunos casos, pero debemos evaluar cuidadosamente si el feto es el único individuo con el estado moral y derechos en el momento que se presente la muerte cerebral en la mujer embarazada.
El feto es el unico individuo con condicion moral y derechos en el momento de muerte cerebral de la mujer embarazada. El debate continúa sobre si una mujer cerebralmente muerta tiene algun derecho y si el mantener su cuerpo para mantener ese embarazo viola alguno de estos. Incluso si reconocemos al feto como poseedor de una condicion moral, aun habrá preguntas sobre cuándo en el desarrollo fetal adquiere el feto este estado y si esa condicion es lo suficientemente fuerte para engendrar un derecho de ser mantenido con vida en la forma en que estos fetos estan siendo mantenidos.
Finalmente, debemos considerar nuestros puntos de vista y nuestras practicas hacia los muchos animales no humanos que utilizamos en la investigacion biomedica. A veces parece que los tratamos mayormente como unos medios utilitarios para los fines de la ciencia, facilitados por las decisiones de algunas personas o grupos que dicen ser sus cuidadores. La consecuencia parece ser que los animales de laboratorio no estan moralmente protegidos contra las invasivas, dolorosas y dañinas formas de experimentacion y, de hecho, que ellos carecen de condición moral. Sin embargo una negación categorica de la condicion moral es inverosímil a la luz del hecho que, virtualmente, todas las naciones y todas las importantes asosiaciones cientificas tienen directrices para aliviar, disminuir o, de otra forma, limitar lo que puede hacerse a los animales en la investigación biomedica. Hoy es generalmente aceptado que los animales experimentales tienen alguna forma de condicion moral, pero es menos claro qué garantiza este juicio y si nuestras obligaciones para con estos animales tambien implican que estos tengan derechos. A la raíz de estas y otras cuestiones es un rico conjunto de cuestiones teoricas y problemas practicos sobre la condicion moral.
Teoria de condición moral.
Tener una condicion moral es merecer la protección brindada por las normas morales, incluyendo los principios, derechos y obligaciones discutidos en el capitulo 1. Esta proteccion se otorga unicamente a las entidades que pueden ser moralmente perjudicadas por acciones. Aqui hay un simple ejemplo: perjudicamos a una persona infectando intencionalmente su computador con un virus pero no afectamos la computadora en si, incluso si la dañamos irreparablemente y la dejamos inservible. Es posible tener deberes con relacionados a ciertas entidades, por ejemplo la computadora de alguien, sin tener deberes con esas entidades. Por contraste, si deliberadamente infectamos al perro de alguien con un virus dañino, entonces parece que no solo hemos perjudicado al dueño del perro sino también al mismo perro. ¿Por qué las personas y los perros son diferentes de las computadoras y de, para el caso, rocas?
El acercamiento convencional ha sido preguntar si un ser es la clase de entidad para la cual los principios morales, u otras categorías morales, pueden y deben ser aplicadas, y, de ser asi, basadas en cuales propiedades del individuo. Algunos dicen que hay una, y solo una caracteristica que confiere una condición moral. Por ejemplo, algunos dicen que esta caracteristica es la digmidad humana, una noción difusa de la cual la teoria moral ha hecho poco por clarificar. Otros dicen que otra caracteristica, o quizá varias otras caracteristicas, son necesarias para adquirir una condicion moral, por ejemplo, sensibilidad, racionalidad o agencia moral.
En este capítulo argumentamos que las propiedades identificadas en las teorías prominentes del status moral no será, por si solas, resolver las principales cuestiones sobre el status moral, pero que colectivamente estas teorías se pueden utilizar para proporcionarnos un marco general y algo desordenado para el manejo de problemas de la condición moral. Comenzamos observando cada una de las cinco teorías y evaluar por qué cada una es atractiva,
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