Prevencion
Enviado por manuelaugustoax • 2 de Octubre de 2013 • 1.673 Palabras (7 Páginas) • 185 Visitas
Prevención
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Investigación de accidentes
en trabajos de perforación
para captación de aguas
subterráneas
El presente artículo elaborado por Fco. Javier González
Márquez, del Departamento de Ingeniería Minera,
Mecánica y Energética de la Universidad de Huelva,
pretende, mediante un caso real de investigación de
accidente laboral grave en trabajos de perforación,
informar de las actuaciones realizadas por el Servicio de
Prevención de la empresa, en cumplimiento del artículo
16.3 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley
31/1995 de 8 de noviembre), en el que se especifica
que cuando se produzca un daño para la salud de
los trabajadores..., el empresario llevará a cabo una
investigación al respecto, a fin de detectar las causas de
estos hechos, y de las actuaciones de los técnicos de
minas de la Administración competente en minería, en
cumplimiento de la Instrucción Técnica Complementaria
03.1.01 “Medidas de salvamento. Actuaciones en
caso de accidentes” que desarrolla el Capítulo III del
Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad
Minera (R.D. 863/1985 de 2 de abril).
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1. Introducción
Aunque la empresa disponga y utilice un buen sistema
de gestión de la prevención de los riesgos laborales en
el centro de trabajo, los incidentes y accidentes siguen
ocurriendo. Por este motivo se debe investigar y analizar
lo ocurrido, con el objeto de adoptar las medidas
correctoras que eviten su repetición o la aparición de
consecuencias más graves.
El propósito de una investigación no es buscar culpables,
sino descubrir las causas reales que han producido
el accidente, para corregirlas, ya que de otra forma el
resultado será que los accidentes y con mayor motivo los
incidentes, se oculten en lugar de ser investigados.
2. Qué se debe investigar
Desde el punto de vista de la gestión de la prevención, se
deben investigar tanto los incidentes como los accidentes;
los incidentes porque nos ponen en la pista de un
accidente que pudiera haber ocurrido, y los accidentes
porque es una obligación que establece la normativa, en
particular los accidentes graves y mortales.
No olvidar que, según la definición legal de accidente de
trabajo, no se puede hablar de accidente si no ha habido
lesiones.
La importancia de realizar la investigación radica en que
tanto los incidentes como los accidentes nos proporcionan
información sobre los riesgos no detectados y por
tanto no evaluados.
3. Quién debe realizar la investigación
La Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales establece
un sistema de organización de la prevención en
la empresa, que parte del servicio de prevención como
órgano empresarial de carácter técnico para todo lo relativo
a la implantación y control de la prevención. Por ello
parece conveniente que la investigación, tanto de incidentes
como de los accidentes, la lleve a cabo el técnico
de prevención, si bien apoyado en todo momento por los
mandos directos de las personas que han sufrido el accidente.
Los accidentes acaecidos en actividades mineras deberán
ser investigados por los técnicos de la Administración con
competencia en minería, por lo que deberá personarse en
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el lugar de los hechos, redactándose en primer lugar un
acta que recoja los trabajos de salvamento y la ejecución
de las labores necesarias para evitar nuevos peligros, dispuestos
por el Director facultativo haciendo constar su
aprobación o desacuerdo.
Posteriormente, se analizarán y evaluarán las causas,
efectos y probabilidades, grado de peligrosidad y consecuencias
del accidente, así como procederá a la toma de
declaración a los posibles testigos y personal presente
en los alrededores en el momento en que tuvo lugar el
accidente, señalando sus causas ciertas o probables, los
preceptos reglamentarios infringidos si los hubiere y las
medidas a tomar necesarias.
El informe se emitirá en el plazo máximo
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