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Principios De Los Tributos


Enviado por   •  18 de Julio de 2013  •  1.060 Palabras (5 Páginas)  •  287 Visitas

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Principios Tributarios

Principio de Generalidad:

El Art. 133 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) establece que:

“Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones especiales que establezca la ley”.

Es un principio del Derecho tributario que implica que no haya discriminaciones arbitrarias a la hora de imponer los tributos, y que éstos alcancen a todos aquellos comprendidos en las mismas circunstancias. No significa que todas las personas deben pagar impuestos, ni todos en la misma proporción, sino que todos aquellos que estén comprendidos en los supuestos contemplados en la norma legal soporten la imposición sin excepciones injustas. Esto no significa que no puedan concederse legalmente exenciones o rebajas, pero por motivos fundados. Aquellas personas sin capacidad contributiva no deben pagar impuestos, y quienes más tienen deben abonar más. El principio de igualdad y el de progresividad deben conjugarse con el de generalidad para que la carga impositiva cumpla además con el principio de justicia.

De tal manera, que podemos comprender este principio como la imposición de una obligación jurídica tributaria general, es decir, sin discriminación y exceptuando privilegios. Sin embargo, esto no implica que toda persona deba pagar el mismo porcentaje de impuesto, sino más bien, aplica la generalidad a todos los ciudadanos de un País.

Principio de igualdad:

Artículo 21.Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia:

a. No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.

b. La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

c. Sólo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana; salvo las fórmulas diplomáticas.

d. No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias.

Este principio queda recogido en muy diversos preceptos, por ello su significado según el contexto puede ser muy diverso. Así, en el ámbito tributario este principio de igualdad hace referencia a que quién tuviera la misma capacidad económica, en principio, debería pagar la misma cantidad de tributo que otro que tuviera esa misma capacidad económica.

Esta igualdad se refleja en la igualdad material y no formal, es decir, que habrá que tener en cuenta todos los aspectos económicos que afectan a un sujeto para demostrar que tiene la misma capacidad económica.

El principio de legalidad:

Se define como el principio de reserva legal de la tributación. La doctrina lo considera regla fundamental del derecho público. Este basamento legal, constituye una garantía esencial en el derecho constitucional, cuya naturaleza requiere que todo tributo sea “sancionado por una ley, entendida ésta como la disposición que emana

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