Principios Procesales
DK070825 de Enero de 2015
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BALOTARIO
1. PRICIPIOS PROCESALES
2. ACCION, JURISDICCION Y COMPETENCIA (CARACTERISTICAS)
3. CUALES SON LOS SUJETOS PROCESALES (CONCEPTO Y FUNCIONES)
4. ELEMENTOS DEL DEBIDO PROCESO
5. ACOMULACION PROCESAL ( MAS EJEMPLOS)
6. CUALES SON LAS PARTES DE LA DEMANDA EXPLIQUE CADA UNO
7. LOS PRESUPUESTOS PROCESALES DE FORMA Y FONDO.
8. EXCEPCIONES
9. ACTOS PROCESALES COMUNES JUEZ Y PARTES
10. COMO SE REALIZA LA FORMACION DE UN EXPEDIENTE
11. FORMAS DE NOTIFICACION
12. NULIDAD DE LOS ACTOS PROCESALES
13. MEDIOS PROBATORIOS
14. SENTENCIA
15. DORMAS ESPECIALES DE LA CONCLUCION DEL PROCESO
16. TEORIAS DE MEDIOS IMPIGNATORIOS
17. REMEDIOS Y RECURSOS
18. RECURSO EXTRAORDINARIO DE CASACION
PRICIPIOS PROCESALES
1. Derecho a la tutela jurisdiccional efectiva
Toda persona tiene derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio o defensa de sus derechos o intereses, con sujeción a un debido proceso.
2. Principios de Dirección e Impulso del proceso
La dirección del proceso está a cargo del Juez, quien la ejerce de acuerdo a lo dispuesto en este Código.
El Juez debe impulsar el proceso por sí mismo, siendo responsable de cualquier demora ocasionada por su negligencia. Están exceptuados del impulso de oficio los casos expresamente señalados en este Código.
3. Fines del proceso e integración de la norma procesal
El Juez deberá atender a que la finalidad concreta del `proceso es resolver un conflicto de intereses o eliminar una incertidumbre, ambas con relevancia jurídica, haciendo efectivos los derechos sustanciales, y que su finalidad abstracta es lograr la paz social en justicia.
En caso de vacío o defecto en las disposiciones de este Código, se deberá recurrir a los principios generales del derecho procesal y a la doctrina y jurisprudencia correspondientes, en atención a las circunstancias del caso.
4. Principios de Iniciativa de parte y de Conducta procesal
El proceso se promueve sólo a iniciativa de parte, la que invocará interés y legitimidad para obrar. No requieren invocarlos el Ministerio Público, el procurador oficioso ni quien defiende intereses difusos.
Las partes, sus representantes, sus Abogados y, en general, todos los partícipes en el proceso, adecuan su conducta a los deberes de veracidad, probidad, lealtad y buena fe.
El Juez tiene el deber de impedir y sancionar cualquier conducta ilícita o dilatoria.
5. Principios de Inmediación, Concentración, Economía y Celeridad Procesales
Las audiencias y la actuación de medios probatorios se realizan ante el Juez, siendo indelegables bajo sanción de nulidad. Se exceptúan las actuaciones procesales por comisión.
El proceso se realiza procurando que su desarrollo ocurra en el menor número de actos procesales.
El Juez dirige el proceso tendiendo a una reducción de los actos procesales, sin afectar el carácter imperativo de las actuaciones que lo requieran.
La actividad procesal se realiza diligentemente y dentro de los plazos establecidos, debiendo el Juez, a través de los auxiliares bajo su dirección, tomar las medidas necesarias para lograr una pronta y eficaz solución del conflicto de intereses o incertidumbre jurídica.
6. Principio de Socialización del proceso
El Juez debe evitar que la desigualdad entre las personas por razones de sexo, raza, religión, idioma o condición social, política o económica, afecte el desarrollo o resultado del proceso.
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