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Procesos Y Calculo Del ISLR

obernay179 de Mayo de 2014

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA MUNICIPALIZADA

FUNDACIÓN MISIÓN SUCRE

ALDEA UNIVERSITARIA “JOSÉ ÁNGEL ÁLAMO”

C.T.A. ADMINISTRACIÓN 3er. TRIMESTRE

UNIDAD CURRICULAR: DEBERES FORMALES DE CONTRIBUYENTE RETENCIONES

FACILITADORA:

ANAIS PIÑA

TRIUNFADORAS:

HILDA C. VIERA C.I. 5.315.351

GLADYS ORTEGANO C.I. 6.879.395

CARACAS, DE MAYO DE 2014

INDICE

Introducción…………………………………………………………..… 3

Términos utilizados en la Determinación del I.S.L.R.………..…… 4

Principios Fundamentales que rigen el I.S.L.R………………….… 5

Procesos de Determinación del I.S.L.R………...………………… 7

Tabla de Retenciones………………..……….…………………….. 6

¿Quiénes declaran y pagan e I.S.L.R.? ………….……………….. 7

Concepto de Retenciones del I.S.L.R……….…………………….. 8

Obligación de Personas Naturales Residentes y no Residentes ... 15

Obligación de Retenciones de ISLR distinto del Sueldo…………… 16

Cálculo del I.S.R.L....……………………………..…………..……… 20

Preguntas y Consultas más frecuentes…………………………….. 24

Formatos Electrónicos………………………………………………… 28

Formularios AR-I, Declaración Definitiva del ISLR y Declaración de Sucesiones………………………………………………………… 29

Conclusión………………………………………..…………………….. 38

Bibliografía……………………………………..…………………….. 39

INTRODUCCIÓN

El siguiente trabajo de investigación ha sido realizado con la finalidad de investigar y presentar de manera práctica, un tema que es de vital importancia para nuestro país, representado en los ingresos cuya fuente sea diferente a los provenientes de la industria petrolera e hidrocarburos.

Como todos sabemos, estos ingresos (petroleros e hidrocarburos) se han hecho insuficientes para subsidiar los gastos públicos, por lo que el Estado Venezolano recurrió a implantar un sistema tributario que genere mayores ingresos.

No cabe duda que los Tributos (de manera global) forman parte de la economía del país, por cuanto éstos no son otra cosa que las prestaciones en dinero que el Estado exige a sus habitantes en virtud de una ley, con el propósito de cubrir los gastos públicos o los gastos que el Estado realiza a través de las inversiones públicas, por lo que su aumento producirá un incremento en el nivel de renta nacional y en caso de una reducción tendrá un efecto contrario.

Aquí se demostrará de manera práctica y sencilla, como se realiza el proceso de determinación y cálculo del impuesto sobre la renta, así como los diferentes formularios que se utilizan en los mismo, de manera de dar cumplimiento a lo establecido en nuestra carta magna, donde la Constitución Bolivariana de Venezuela divide los poderes en los tres poderes: Nacional, Estadal y Municipal, y a cada uno le otorga competencias específicas en materia tributaria, con competencias en diferentes impuestos, tasas y contribuciones. Por ejemplo el SENIAT, es el órgano tributario del Ejecutivo, y está encargado de dos impuestos primordiales para la economía del país: el Impuesto sobre la Renta (ISLR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y permitiendo la participación de los impuestos, tasas y contribuciones especiales, dentro del presupuesto anual de la Nación, llevan a la esencia de la clasificación de los tributos, al mejor desempeño de sus actividades en el ámbito que a cada uno corresponda.

Esperamos que este trabajo sirva como material de ayuda para el que la necesite.

TÉRMINOS UTILIZADOS EN LA DETERMINACIÓN DEL

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Por supuesto, debemos recordar algunos términos básicos para desarrollar este tema, como es:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA (IMPUESTO A LAS GANANCIAS) Como su nombre lo indica, y ya lo hemos estudiado, grava la renta, es decir la ganancia que produce una inversión o rentabilidad del capital. También puede ser el producto del trabajo bajo relación de dependencia o lo producido por el ejercicio de una profesión determinada.

ÁMBITO DE APLICACIÓN: Son gravables todos los enriquecimientos anuales netos disponibles en razón de actividades económicas realizadas tanto en Venezuela como fuera de su territorio, independientemente de que quien las realice sea nacional o no.

En este sentido se considera la existencia de tres grupos de sujetos pasivos:

Personas naturales o jurídicas con domicilio o residencia en Venezuela y cuya fuente de enriquecimiento esté situada dentro o fuera de Venezuela.

Personas naturales o jurídicas sin domicilio o residencia en Venezuela, cuya fuente de enriquecimiento esté dentro del territorio de Venezuela.

Personas naturales o jurídicas residenciadas o domiciliadas en el extranjero con establecimiento permanente o base fija en Venezuela, cuya fuente de enriquecimiento o base fija.

DEDUCCIONES: Son las erogaciones necesarias para obtener la ganancia, para mantener o conservar la fuente productora (ello genéricamente considerado, y salvo las excepciones legales de ciertas deducciones que no correspondan al concepto enunciado). Tales gastos, si son admitidos por la ley y en las condiciones que ésta determina, deben ser restados a las "ganancias brutas" obtenidas en el período y que son el producto de sumar los ingresos de todas las categorías que el contribuyente obtiene.

Ejemplo

Fuente Extraterritorial Fuente Territorial

INGRESOS BRUTOS

- Costos XXX,xx

XXX,xx INGRESOS BRUTOS

- Costos XXX,xx

XXX,xx

= RENTA BRUTA

- Deducciones XXX,xx

XXX,xx = RENTA BRUTA

- Deducciones XXX,xx

XXX,xx

= Enriquecimiento Neto

Gravable Fuente Extranjera XXX,xx

XXX,xx = Utilidad o Pérdida Fiscal

+/- Ajuste por Inflación XXX,xx

XXX,xx

= Enriquecimiento Neto

+ / - Ajuste por Inflación XXX,xx

XXX,xx

Enriquecimiento Neto Gravable Enriquecimiento de Fuente Extranjera +

Neto Gravable (Al tipo de cambio promedio) de Fuente Territorial XXX,xx =

RENTA NETA MUNDIAL GRAVABLE XXX, xx

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

PERSONA NATURAL: Son todos aquellos contribuyentes nacionales, que obtienen beneficios de contraprestación de servicios o actividades lucrativas, reciben esta denominación debido a que se refieren a personas individuales residenciales dentro del territorio nacional y se rigen por una tarifa de determinación de impuestos, diferentes a las de compañías y corporaciones.

Las personas naturales deben determinar su enriquecimiento neto, es decir el incremento de su patrimonio y que han tenido en el ejercicio gravable.

Esta determinación se hace así:

ENRIQUECIMIENTO NETO = Ingresos Brutos (beneficios económicos que ha obtenido por cualquier actividad que realice) - Costos y Deducciones permitidos por la Ley

En el caso que los ingresos sólo se correspondan a sueldos, salarios y remuneraciones similares obtenidas por la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia, éstos equivalen al enriquecimiento neto.

Una vez determinado el enriquecimiento neto, se debe determinar el enriquecimiento gravable o pérdida, para lo cual se debe restar al monto de enriquecimiento neto, el monto por desgravámenes y por pérdidas de años anteriores.

Al enriquecimiento gravable se le debe aplicar la tarifa respectiva; para ello debemos llevar la cantidad de bolívares que corresponde al enriquecimiento gravable a U.T., multiplicarlo por el porcentaje que corresponda y restarle el sustraendo si lo hubiere.

El sustraendo es la cantidad que se resta al cálculo único que se hace de las rentas totales de un contribuyente, para no gravar los niveles o escalas anteriores de rentas con ese nivel de gravamen. El sustraendo es la cantidad que se resta al resultado obtenido después de aplicarle el porcentaje al enriquecimiento neto. (Se aplica la Tabla Nº 1)

Tarifa N° 1 (aplicable para personas naturales)

Tarifa N° 1 % Sustraendo

U.T.

Por la fracción comprendida entre 0 hasta 1000 U.T. 6 % 0

Por la fracción comprendida entre 1001 hasta 1500 U.T. 9% 30

Por la fracción comprendida entre 1501 hasta 2000 U.T. 12% 75

Por la fracción comprendida entre 2001 hasta 2500 U.T. 16% 155

Por la fracción comprendida entre 2501 hasta 3000 U.T. 20% 255

Por la fracción comprendida entre 3001 hasta 4000 U.T. 24% 375

Por la fracción comprendida entre 4001 hasta 6000 U.T. 29% 575

Por la fracción superior a 6001 U.T. 34% 875

Una vez obtenido el total de impuesto

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