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Procesos y procedimientos de impugnación vigentes en Bolivia


Enviado por   •  25 de Junio de 2015  •  Tesis  •  659 Palabras (3 Páginas)  •  425 Visitas

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Procesos y procedimientos de impugnación vigentes en Bolivia

Jorge L. Zogbi Nogales

El Código Tributario Boliviano, aprobado mediante DS N° 9298 de 1970 y elevado a rango de Ley dieciséis años después, por el art. 88° de la Ley N° 843, contemplaba dos vías de impugnación de los actos definitivos emitidos por la Administración Tributaria. Por un lado se encontraban los Recursos de impugnación en la vía Administrativa (Recurso de Revocatoria y Jerárquico) y por el otro, en la vía jurisdiccional se hallaba previsto el Proceso Contencioso Tributario; la elección de una de las vías por parte del contribuyente, implicaba la renuncia de la otra.

Los recursos administrativos eran interpuestos ante la propia Administración Tributaria (Impuestos Internos, Aduanas o Gobiernos Municipales), en tanto que la demanda Contencioso Tributaria debía ser interpuesta ante al Tribunal Fiscal de la Nación.

Posteriormente, con la promulgación de un nuevo Código Tributario, mediante Ley N° 1340 de 1992, las dos vías de impugnación descritas se mantuvieron, con la diferencia que a partir de la promulgación de la Ley de Organización Judicial N° 1455 de 1993, el Tribunal Fiscal de la Nación desapareció, siendo a partir de ese momento los Juzgados en materia administrativa, coactiva fiscal y tributaria los competentes para conocer y resolver los procesos contenciosos tributarios, conforme las facultades conferidas por el inciso B) del art. 157° de la Ley N° 1455.

Aproximadamente trece años después, el Poder Ejecutivo promulgo el Código Tributario actual mediante Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, con vigencia plena a partir del 4 de noviembre de 2003, en el cual se eliminaron los mecanismos de impugnación anteriormente analizados y, en su lugar, se creó la Superintendencia Tributaria, ante la cual el contribuyente puede interponer el Recurso de Alzada y Jerárquico -como mecanismos de impugnación en sede administrativa- y contra la resolución que resuelve el Recurso Jerárquico, de conformidad con el art. 147° de la Ley N° 2492 (declarado inconstitucional), el contribuyente podía acudir a la Corte Suprema de Justicia -como mecanismo de impugnación en sede jurisdiccional- a objeto de plantear un Proceso Contencioso Administrativo.

Como resultado de la interposición de varios recursos de inconstitucionalidad en contra de la Ley N° 2492, el Tribunal Constitucional emitió entre otras las Sentencias Constitucionales: N°09/2004, N°18/2004, N°386/2004-R, N°29/2004, N°76/2004 y N°387/2006, las cuales resolvieron en base a una serie de fundamentos constitucionales, jurídicos y doctrinales, que hacen a la materia del derecho tributario, restituir el Proceso Contencioso Tributario contemplado en la Ley N° 1340, situación que genera

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