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Recurso De Revocación (Estado)


Enviado por   •  27 de Abril de 2015  •  635 Palabras (3 Páginas)  •  199 Visitas

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Recurso de Revocación

SECRETARIA DE PLANEACION Y FINANZAS

DEL ESTADO DE QUERÉTARO

DIRECCION INGRESOS

PROCURADURIA FISCAL

P R E S E N T E

El que suscribe C. __________________________, por propio derecho, con domicilio en _______________________________________; y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en ____________________________________________________, autorizando para recibirlas a los Licenciados en Derecho____________________________________________________________; ante esa autoridad comparezco y expongo:

Con fundamento en los 145, 146 fracción I, 149 del Código Fiscal del Estado de Querétaro, vengo a presentar RECURSO DE REVOCACIÓN, en contra de la siguiente:

RESOLUCIÓN RECURRIDA

1.- La contenida en el documento con número de multa _______.

H E C H O S

1) No existen hechos que den motivo a la autoridad para emitir las resoluciones determinantes de los créditos aquí recurridos.

2) No se han notificado ni existen constancias de notificación de las resoluciones determinantes de los créditos recurridos, de los cuales tuve conocimiento de su existencia del requerimiento de pago y embargo de fecha 11 de febrero de 2015.

AGRAVIOS

UNICO.- Manifiesto que no fueron notificados ni existen constancias de notificación de los créditos fiscales números ______________, y en su caso del requerimiento que precedió al mismo.

Con fundamento en el artículo 90 del Código Fiscal del Estado de Querétaro, niego lisa y llanamente que existan constancias de notificación de los créditos fiscales antes referidos y en su caso de sus requerimientos.

Con lo anterior se han violado las disposiciones contenidas en los artículos 132, fracción II y 135, del Código Fiscal del estado de Querétaro, toda vez que las resoluciones determinantes de crédito son actos que pueden ser recurridos y por ende es obligación de la autoridad notificarlos personalmente al suscrito.

En este orden de ideas, pido a esa H. Autoridad que se siga el procedimiento previsto en la fracción II del artículo 156 del Código Fiscal del estado de Querétaro que señala;

Artículo 156. Cuando se alegue que un acto administrativo no fue notificado o que al realizarse la notificación no se cumplieron las formalidades legales, siempre que se trate de los recurribles conforme al artículo 146 de este Código, se estará a las reglas siguientes:

II.

...

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