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TRABAJO COMPLETO DE ESTADISTICAS DE ACCIDENTES POR EXPLOSIVOS


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2013  •  7.459 Palabras (30 Páginas)  •  665 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

FACULTAD DE INGENIERIA GEOLOGICA, MINERA, METALURGICA Y GEOGRAFICA

TRABAJO COMPLETO DE ESTADISTICAS DE ACCIDENTES POR EXPLOSIVOS

CURSO : Gestión de Riesgos Laborales

PROFESOR : ING. CARLOS RODRIGUEZ VIGO

ALUMNO : Rocha Garcia, Ricardo Jesus 05160184

Lima, 15 de Julio del 2013

Presentación

El presente trabajo de “Estadísticas de Accidentes por Explosivos” se caracteriza por su claridad de descripción, enfoque de tópicos relacionados al panorama general de la profesión, abarcando tipos como casos de accidentes fatales en minería, datos de los últimos años de distintas fuentes, estadísticas y otros.

El propósito de este trabajo es proporcionar el conocimiento básico sobre accidentes por manipulación de explosivos analizándolo de diferentes puntos de vista, además de llamar a la concientización sobre la importancia de la seguridad en todos los campos de trabajo.

En este trabajo se describe conceptos y definiciones que van a servir como guía, sobre o parte del sistema de trabajo en operación minera.

Este trabajo está dirigido, en primera instancia, a los estudiantes, a profesionales de Ingeniería de Minas y a todos aquellos profesionales relacionados, también aquellos relacionados con el curso de Gestión de Riesgos Laborales; así mismo para todas las personas y lectores que ya tienen un conocimiento de la Minería General o están interesadas por ella.

Introducción

La minería es una industria extractiva siendo en nuestro país el sector económico más importante. El presente trabajo tiene como objetivo prevenir la ocurrencia de incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales, promoviendo una cultura de prevención de riesgos laborales en la actividad minera para ello se cuenta con la participación del Estado, quienes velarán por su promoción, difusión y cumplimiento.

1. OBJETIVO:

El presente trabajo tiene como objetivo prevenir la ocurrencia de incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales, promoviendo una cultura de prevención de riesgos laborales en la actividad minera, enfocados en la parte de explosivos.

El propósito de este trabajo es proporcionar el conocimiento básico sobre accidentes manipulación de explosivos analizándolo de diferentes puntos de vista, además de llamar a la concientización sobre la importancia de la seguridad en todos los campos de trabajo.

En este trabajo se describe conceptos y definiciones que van a servir como guía, sobre o parte del sistema de trabajo en operación minera.

2. REGLAMENTO DE SEGURIDAD D.S.055-2010EM.

Finalidad del Reglamento de Seguridad:

a) El desarrollo de una cultura preventiva de seguridad y salud combinando el comportamiento humano con la preparación teórico práctica de sistemas y métodos de trabajo.

b) Practicar la explotación racional de los recursos minerales, cuidando la vida y la salud de los trabajadores y el ambiente.

c) Fomentar el liderazgo, compromiso, participación y trabajo en equipo de toda la empresa en la seguridad.

d) Fomentar entre los trabajadores una cultura de seguridad y salud que permita comprometerse con sus compañeros, el trabajo y la propia empresa.

e) Promover el conocimiento y fácil entendimiento de los estándares, procedimientos y prácticas para realizar trabajos bien hechos mediante la capacitación.

f) Promover el cumplimiento de las normas de seguridad y salud ocupacional aplicando las disposiciones vigentes y los conocimientos técnicos profesionales de la prevención.

g) La adecuada fiscalización integral de la seguridad y salud en las operaciones mineras.

3. DICE EL REGLAMENTO

Artículo 211º.- Para el empleo de explosivos, accesorios y agentes de voladura en la actividad minera, los titulares deberán contar con el Certificado de Operación Minera vigente y estar inscritos en la Dirección de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC).

Artículo 212º.- Los polvorines en superficie deberán construirse de acuerdo con la legislación sobre control de explosivos de uso civil vigente.

Artículo 213º.- Cuando no existan accidentes naturales del terreno que se interpongan entre los polvorines y las instalaciones o zonas transitadas, se construirá cerca de dichos depósitos muros o terraplenes de material adecuado. Los muros no tendrán menos de sesenta (60) centímetros de ancho en su parte superior y su altura será tal que siempre resulten interceptados por toda línea trazada desde la parte superior del polvorín hasta la cúspide de los edificios por proteger o hasta un punto situado a tres (3) metros de altura sobre las carreteras o líneas férreas.

Artículo 214º.- Para los polvorines principales y secundarios subterráneos deberá cumplir lo siguiente:

a) Ubicación: alejados y aislados de la zona de trabajo y en lugares tales que en caso de explosión no afecten las instalaciones superficiales ni subterráneas.

b) Condición: instalados

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