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Clasificación del derecho

isis0407Ensayo11 de Junio de 2023

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República Bolivariana de Venezuela[pic 1][pic 2]

Ministerio de Poder Popular para la  Educación Universitaria

Universidad Bolivariana de Venezuela

Programa de Formación de Grado en Estudios Jurídicos

Casa de los Saberes – Altos Mirándonos – Los Teques

Trayecto I - Tramo I

CLASIFICACION DEL DERECHO

Profesora                                                                                                               Bachilleres                                                                                                                            Mayra Osorio                                                                       González, Kleidyn V-22.666.796

Antropología Jurídica.                                                                Hidalgo, Isis V-14.852.487

Sección “A”Pérez,                                                                              Patryck V-24.286.280

Los Teques, 18 de Mayo de 2023

Introducción

El estudio del derecho implica también una especialización del mismo. En éstesentido, debemos conocer las clases y tipos de derechos de los cuáles son susceptibles. Cada rama del saber tiene una interrelación con el derecho y esto a su vez es objeto de estudio.

El tema de delimitar las clases del derecho tiene una importancia a grandes escalas pedagógicas y andragógicas, debido a que se acoge el derecho generalizado ya que cada rama utiliza la ciencia del derecho, o sea se auxilia de la misma, así como también el derecho se auxilia de todas las ramas del saber y del conocimiento para su desarrollo y aplicación.

La clasificación del derecho tiene como objetivo principal, señalar, distinguir y agrupar de una manera descifrable, las clases de derecho y su relación con todas las ciencias del saber y del ser. Se encamina desde la división del derecho por su conceptualización y la división del mismo por su relación con otras ciencias.

En tal sentido encontramos que existe una extensa diversificación de los tipos de derecho públicos y privados, así como el derecho subjetivo y objetivo, natural y positivo, escrito y no escrito, derecho civil, derecho de gentes, iuscommune y iussingulare y privilegium, es por lo que de una manera más amplia se conceptualizan a continuación.

Clasificación del Derecho

Derecho Subjetivo

Derecho Subjetivo, nos referimos al conjunto de potestades, libertades y facultades jurídicas que poseen los individuos. Se sustentan en cualquier razón admisible en derecho como la naturaleza, el acuerdo mutuo (contratos) o el ordenamiento jurídico (derecho objetivo).

El derecho subjetivo nace de una ley o un contrato, a través del cual alguien adquiere un derecho sobre algo o sobre alguien, por mutuo acuerdo y siempre dentro del conjunto de obligaciones que contempla el marco jurídico de la nación. Visto así, se trata de las funciones o las derivaciones del derecho objetivo.

Clasificación del Derecho Subjetivo

Existen tres formas distintas de clasificar el derecho subjetivo, atendiendo a criterios diferentes:

Según la conducta debida, el derecho subjetivo será:

  • A la conducta propia: es cuando permite hacer u omitir acciones.
  • A la conducta ajena: es cuando permite exigir una conducta positiva (hacer algo) o pasiva (dejar de hacer algo).

Según su efecto, el derecho subjetivo será:

  • Relativo. es cuando se hace valer un derecho frente a otra persona o personas identificadas concretamente.
  • Absoluto: Es cuando se hace valer un derecho ante el conjunto de la sociedad.

Según su régimen jurídico, el derecho subjetivo será:

  • Público: es cuando se trata de facultades que se hacen valer frente al Estado y representan los límites que éste se impone a sí mismo.
  • Privado: es cuando se trata de facultades que se hacen valer frente a particulares, se ejerce en relaciones con terceros, o frente al Estado actuando no como ente soberano, sino como un actor jurídico más.

Ejemplos de Derecho Subjetivo

El derecho subjetivo incluye el derecho a la propiedad.

Son ejemplos de derecho subjetivo:

  • La libertad de expresión y/o de culto.
  • Los derechos familiares que establecen vínculos entre los ciudadanos.
  • El derecho a la propiedad, al libre ejercicio de la política, a la libre asociación, etc.
  • Los derechos de autor, los derechos comerciales (compra-venta, etc.).

Derecho subjetivo y Derecho Objetivo

La diferencia fundamental entre el derecho objetivo y el derecho subjetivo tiene que ver con la naturaleza de sus normas. El segundo rige los pactos entre ciudadanos, según lo estipulado por convenios de mutuo acuerdo como son los contratos, es decir, se lo debe construir a partir de una norma jurídica.

Por el contrario, el derecho objetivo rige la conducta de los individuos a través de la imposición de obligaciones de algún tipo, las cuales deben ser aceptadas por ellos y reforzadas por el Estado (es decir, son coercitivas).

Esta distinción también puede explicarse de la siguiente manera: el derecho objetivo comprende las normas jurídicas que rigen la vida en sociedad; mientras que el derecho subjetivo comprende los permisos y funciones derivados de dicha norma objetiva.

Por ejemplo, la libertad de expresión es un derecho subjetivo, ya que cuenta con sus límites y es ejercida a discreción de cada quien. Pero esa misma libertad encuentra sus límites en una norma jurídica objetiva, que establece también responsabilidades y eventuales consecuencias de su abuso.


Derecho Objetivo

Derecho Objetivo: Se entiende por derecho objetivo al conjunto de normas, ordenanzas y leyes que prescriben una obligación, es decir, que imponen una conducta o resolución legal a una situación o personas determinadas. Son las formas jurídicas que imponen a las sociedades obligaciones activas (obligación de hacer) o pasivas (obligación de no hacer). Se distingue del derecho subjetivo.

Las sociedades se rigen por normas jurídicas de obligatorio cumplimiento, que conocemos como leyes. Y el Estado es el encargado de hacerlas cumplir, mediante un aparato represivo que le confiere el monopolio de la violencia, es decir, mediante las fuerzas del orden público (policía, ejército, etc.) y las instituciones de adoctrinamiento (la propaganda, la escuela, etc.).

Características del Derecho Objetivo

El derecho objetivo, en tanto derecho coercitivo, es decir, que genera obligaciones, puede tener dos orígenes:

  • El derecho natural:         es un conjunto de derechos derivados de la propia condición humana.
  • El derecho positivo: es el que responde en cambio al ordenamiento jurídico específico de una nación, impreso en su carta magna o su documento fundamental.

Por otro lado, el derecho objetivo puede ser de tipo escrito (el recogido en leyes, códigos, reglamentos y las constituciones nacionales) o consuetudinario (el restablecido por la costumbre).

Ejemplos de Derecho Objetivo

Las normas de tránsito son parte del derecho objetivo.Son manifestaciones del derecho objetivo:

  • Lo establecido en la Constitución Nacional de cada país.
  • Los códigos penales, civiles y de orden público que rigen la conducta cotidiana de los ciudadanos.
  • Las leyes militares que se imponen a una nación durante un evento bélico y que obligan a la defensa de la patria.
  • Las normativas de tránsito, responsabilidad fiscal, etc.

Derecho objetivo y Derecho Subjetivo

La diferencia fundamental entre el derecho objetivo y el derecho subjetivo tiene que ver con el carácter de sus normas:

  • El derecho objetivo: es el que rige la conducta de los individuos a través de la imposición de obligaciones de algún tipo, las cuales deben ser aceptadas por ellos y reforzadas por el Estado (es decir, son coercitivas).
  • El derecho subjetivo: es por el contrario, rige los pactos entre ciudadanos, según lo estipulado por convenios de mutuo acuerdo como son los contratos, es decir, se lo debe construir a partir de una norma jurídica.

Esta distinción también puede explicarse de la siguiente manera: el derecho objetivo comprende las normas jurídicas que rigen la vida en sociedad; mientras que el derecho subjetivo comprende los permisos y funciones derivados de dicha norma objetiva.

Por ejemplo, la libertad de expresión es un derecho subjetivo, ya que cuenta con sus límites y es ejercida a discreción de cada quien. Por su parte, la norma jurídica objetiva que establece sus límites, responsabilidades y eventuales consecuencias de su abuso, forma parte del conjunto de obligaciones establecidas por escrito en un reglamento jurídico.

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