Derecho romano. Derecho subjetivo poder o facultad
05152202Ensayo11 de Febrero de 2024
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Derecho romano I UNIDAD I
En la Antigua Roma, el término ius tuvo diversos significados a lo largo de su historia:
La palabra Ius preferimos traducirla generalmente como lo justo, pero durante las diferentes etapas de desarrollo jurídico romano su significado ira variando. Ius lo justo adquiere un sentido mas complejo que es la búsqueda de soluciones de justicia.
Definición de Celso (hijo): “El ius es el arte de lo bueno y lo equitativo (ius est ars boni et aequi; U1P. Celso, D.1.1.1pr.)
L a palabra ius tiene varias aceptaciones:
1-Derecho objetivo como regla o norma jurídica:
2-Derecho subjetivo poder o facultad
La principal diferencia entre el derecho objetivo y el derecho subjetivo es el carácter de sus normas. El derecho objetivo es un conjunto de normas . Estas normas tienen carácter coercitivo, lo que significa que son de cumplimiento obligatorio. Por otro lado, el derecho subjetivo consiste en las facultades que tienen las personas para actuar en la vida jurídica.
Esta clasificación es una de las más importantes, debido a que está relacionada con la función del derecho dentro de un ordenamiento jurídico como la ley, código, reglamento, este criterio nos permite diferenciar entre derecho objetivo y derecho subjetivo De este modo, las clasificaciones que existen permiten comprender las diversas maneras en las que el derecho puede ser abordado y manejado.
Según Ulpiano los 3 preceptos que sintetizan el derecho objetivo y hacen que se de una convivencia social son:
- Honeste vivere (vivir honestamente)
- Alterium non ladere ( no dañar a los demás)
- Suum curque tribuere (dar a cada uno lo suyo)
Distinción entre derecho (ius), religión (fas) y moral (boni mores)
En los orígenes de Roma, el derecho guardaba vínculos con la religión y la moral; sin embargo, los romanos supieron separar los preceptos religiosos y morales de las normas jurídicas, de ahí que tuvieran expresiones propias para designar y comprender unas de otras.
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Justicia (iustitia) y equidad (aequitas)
Justicia:
La justicia proviene del latín iustitia y término que a su vez proviene de ius “derecho” que significa lo justo. Es una facultad moral y formal que establece la igualdad en el trato entre los integrantes de una comunidad.
Equidad:
La equidad proviene del latín aequitas, que significa “igual”. Es una cualidad que mueve a la persona a tratar a todos por igual, implica repartir de manera justa y sin excesos ni disminuciones.
La diferencia de estos dos términos la encontramos en que la justicia se centra en la igualdad ante la ley, la equidad va más allá y busca la igualdad de resultados teniendo en cuenta las diferencias individuales. Si solo nos enfocamos en la justicia aplicamos las mismas reglas para todos sin considerar las diferencias individuales, podemos generar desigualdades y llevar a cabo injusticias.
Las normas jurídicas del derecho se dividían en:
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- Ius scriptum: Derecho escrito.
Las que habían sido elaboradas por el Poder público y venían directamente de aquellos órganos como el senado, magistrados, emperadores que tenían dada tal facultad.
Ejemplo: La jurisprudencia.
- Ius non scriptum: Derecho no escrito.
Ius non scriptum es el derecho no escrito que surge de la costumbre y la tradición.
Ejemplo: Las costumbres por las que se rigen los pueblos.
División del derecho público (Ius publicum) y derecho privado (Ius privatum)[pic 9]
Referencias
- Di Pietro, Alfredo, Derecho privado romano, Buenos Aires, De palma, 1996, pp. 37-43.
- Bernal, Beatriz. (2019). La primera vida del derecho romano capitulo cuarto. Recuperado 08 de febrero de 2024, de Docencia Digital - La primera vida del derecho romano – UNAM, https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3263/6.pdf
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