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Disciplinas jurídicas especiales


Enviado por   •  6 de Marzo de 2023  •  Tareas  •  601 Palabras (3 Páginas)  •  56 Visitas

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Disciplinas jurídicas especiales 

Pablo Alanis #599377

Alfonso Treivño #633046

Alejandro González $578447

Derecho constitucional: De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Artículo 5o. establece que a ninguna persona se le puede impedir que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que se le acomode, siendo este lícito. El ejercicio de esta libertad sólo puede vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de terceros, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.

Derecho administrativo: De la Ley Orgánica de la Administración Pública General, el artículo 2o. establece que en el ejercicio de sus atribuciones y para el despecho de los negocios del orden administrativo encomendados al Poder Ejecutivo de la Unión, habrá las siguientes dependencias de la Administración Pública Centralizada: 1. Secretarías del Estado; 2. Consejería Jurídica; 3. Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética a que hace referencia el artículo 28, párrafo 8, de la Constitución.

Derecho penal: Del Código Penal Federal, Artículo 91: La muerte del imputado extingue la acción penal, así como las sanciones que se le hubieren impuesto, a excepción de la reparación del daño, providencias precautorias, aseguramiento y la de decomiso de los instrumentos, objetos o productos del delito así como los bienes cuyo valor equivalga

a dicho producto de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de este Código. En este caso la norma primaria es que no se permite matar, por cualquier motivo, a otro individuo ya que habría consecuencias.

Derecho procesal: Código de procedimientos civiles del estado de Nuevo León; Artículo 2: Ninguna acción puede intentarse si no se acompaña el título legal que la acredite en todos los casos en que las leyes exigen para la validez de los actos o Contratos que consten en instrumento público o en escrito privado. Los jueces desecharon de plano toda acción de esta clase que se intente sin ese requisito, bajo pena de suspensión de uno a seis meses. Esta es una norma primaria porque evita que la gente falsifique documentos legales y/o exige una validación para cualquier documento oficial.

Derecho civil: Del Código Civil del Estado de Nuevo León; Artículo 28: En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos, las condonaciones de impuestos y las exenciones de

impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria. Esto puede ser considerado norma primaria porque evita que las corporaciones hagan un monopolio en la sociedad mexicana.

Derecho mercantil: La Ley General de Sociedades Mercantiles regula el derecho mercantil en México y una de las normas principales es el Artículo 1o., el cual establece las diferentes especies de sociedades mercantiles: sociedad en nombre colectivo, sociedad en comandita simple, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad en comandita por acciones, sociedad cooperativa y sociedad por acciones simplificada.

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