Pago o ejecución forzosa de los contribuyentes en el régimen simplificado de confianza
mgchiSíntesis29 de Noviembre de 2023
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TEMA: PAGO O EJECUCIÓN FORZOSA DE LOS CONTRIBUYENTES EN EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA
PARA OBTENER EL GRADO DE
MAESTRIA EN DERECHO FISCAL
PONENTE: ASESOR DE TESIS | Miguel Arturo Chi Juárez Dr. Carlos Raúl Rodríguez de la Cruz | |
AREA DEL DERECHO | Derecho Fiscal Villahermosa, Tabasco. Junio 2023 |
INDICE
ABREVIATURAS Y SIGLAS 3
INTRODUCCION 4
1. ANTECEDENTES 5
2. PLANTEAMIENTO 6
3. JUSTIFICACION 7
4. OBJETIVO GENERAL 8
5 PREGUNTAS DE INVESTIGACION 8
6 ALCANCES Y LIMITACIONES 9
7 MARCO TEORICO 10
7.1 CONCEPTOS 10
SUJETO ACTIVO 10
SUJETO PASIVO 10
7.2 PRINCIPIOS Y DERECHOS TRIBUTARIOS 11
PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA 11
8. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN 11
9.- INDICE TENTATIVO 11
10.- CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES 12
ANEXOS 12
BIBLIOGRAFÍA 12
CAPITULO I 13
DEL ORIGEN Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DE IMPUESTOS 13
CAPITULO II 14
MARCO LEGAL DEL REGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA 14
ABREVIATURAS Y SIGLAS
CPEUM - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
RMF_2023: Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.
LISR- Ley Del Impuesto Sobre La Renta.
CFF- Código Fiscal De La Federación.
LIVA- Ley Del Impuesto al Valor Agregado.
INTRODUCCION
La presente surge de la inquietud de conocer, las aplicaciones generales y particulares de los impuestos que graba, el nuevo régimen fiscal denominado Régimen Simplificado de Confianza, dado que, en los últimos días, ha surgido ciertas inquietudes de contemplar, pues la autoridad nos ha dicho que es simplificación administrativa para ejecutar el entero de los impuestos que se determinen.
Pero existe muchas dudas y complejidades conforme a la integración de los impuestos que se debería generar, de forma correcta en su presentación; el objetivo integral es la reducción de la tasa de los impuestos que de este régimen se ejecuten, es decir en el nuevo esquema de la determinación y entero de los mismos.
En cuanto a las personas físicas están pueden tributar en este mismo sí se encuentran tributando en cuatro de los regímenes que enmarca la Ley del Impuesto Sobre la Renta para las personas físicas, Actividades empresariales y servicios profesionales, Régimen de Incorporación Fiscal, Uso o goce temporal de bienes inmuebles (arrendamiento) y Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas; al abarcar estos Regímenes la autoridad nos refiere que con esta propuesta de nuevo régimen se estaría beneficiando el 82% de los contribuyentes que están como personas físicas.
Y para las personas morales, su origen es de las empresas que tributen en el Régimen General de Ley, que solo estén constituidas por únicamente por personas físicas y que cuyo monto ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no excedan la cantidad de 35 millones de pesos.
Aunado a todo lo anterior El Régimen Simplificado de Confianza no es compatible con algún otro régimen fiscal para personas morales.
ANTECEDENTES
El Régimen Simplificado de Confianza tiene su origen en la Reforma Fiscal para el ejercicio 2022, el cual trajo importantes modificaciones a la vida financiera de las personas físicas y morales de nuestra nación.
El Régimen Simplificado de Confianza ha sido propuesto como una sustitución del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) vigente en México desde 2014. El RIF tenía por objetivo solventar algunos problemas que el antiguo régimen fiscal de pequeños contribuyentes (REPECO) tenía para la recaudación de impuestos y para evitar defraudaciones fiscales. En este mismo sentido, el RESICO surge como una respuesta a las carencias del Régimen de Incorporación Fiscal y busca promover una organización fiscal más justa, eficiente y universal.
De acuerdo con algunos datos, la tasa de evasión en el pago del Impuesto sobre la Renta en México es de más de 18%, lo cual se traduce en pérdidas cercanas a 1% del PIB en el país. Ante este panorama, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha generado nuevos esquemas y regulaciones para la recaudación de impuestos. Esta reforma busca promover, que todos los contribuyentes que por estudios de la misma autoridad contemplan la mayoría tributaria y que al realizar la diversidad de estrategias para ejecutar una nueva forma de tributación, responsable (responsabilidad fiscal) y la regularización de quienes no ejercen la contribución que nos emite la CPEUM de contribuir al gasto público.
De entre la miscelánea fiscal que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022, la creación del Régimen Simplificado de Confianza ha sido uno de los temas más importantes y discutidos para los que todo contribuyente debe estar informado. Este régimen podrá integrar a un mayor número de contribuyentes mediante la oferta de mejores tasas para el pago de impuestos y de algunos beneficios que volverán más sencillo formalizar el trabajo en el país. Al estar enfocado a personas físicas en forma especifica que se encuentren tributando en la Ley del Impuesto Sobre la Renta para las personas físicas, Actividades empresariales y servicios profesionales, Régimen de Incorporación Fiscal, Uso o goce temporal de bienes inmuebles (arrendamiento) y Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas; así como las personas morales quienes solamente podrán ser partidarias aquellas que estén inscritas en el Régimen General de Ley o que sean de nueva creación o que no exceden los montos establecidos por la LISR misma que regula la mecánica que esta misma se deberá llevar.
Este nuevo régimen fiscal, esta enfocado a las micros, pequeñas y medianas empresas; quienes, con la estrategia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberán cambiar su forma de tributar y como su palabra dice de Confianza, la recaudación será más efectiva y eficaz.
PLANTEAMIENTO
Con la presente investigación se pretende tener todos los tópicos de este Régimen en específico, ya que por ser de nueva creación se tiene una diversidad de cuestionamientos, que pueden dar hincapié a tener errores involuntarios por interpretación o por omisión al no tener la información de manera correcta; por ello es necesario la investigación a fondo de este mismo, ya que se pudiese confundir con el Régimen de Incorporación Fiscal (este dirigido solo a personas físicas), más sin embargo cada uno de ellos tiene diferentes procedimientos y requerimientos; de no poder realizar la interpretación correcta de la ley en materia, se podría caer en un delito fiscal, que luego nos podría con llevar a una defraudación fiscal y caer en supuestos, que puedan llevar al cierre de la empresa y prisión preventiva correspondiente, por las faltas, errores u omisiones, que nos pudiera surgir.
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