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Violencia de genero

SalomariaTrabajo29 de Septiembre de 2023

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INTRODUCCIÓN

La violencia de género constituye un problema de dimensión mundial, como una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales contra las mujeres. Representa un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad, desarrollo y paz, este problema traspasa países y fronteras afectando a todas las mujeres y considerándose un problema de salud pública por su impacto en la salud, el mismo no es un fenómeno nuevo, pero su reconocimiento y su visibilización, así como el paso de ser considerada una cuestión privada a un problema social y de salud, es por ello que se ha creado una ley que establece medidas de sensibilización, prevención y detección en diferentes ámbitos en lo que es desarrollado está violencia, en este sentido a fines de conocer un poco más a profundidad sobre el tema de violencia de género, en presente trabajo se desarrollará todo lo relativo a este tema, abarcando en tal sentido lo relevante a los tipos de violencia contenidas en la la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, así como también los sujetos vulnerables a tal violencia, su regulación en el ordenamiento jurídico venezolano y por ende el procedimiento llevado a cabo en cede judicial en estos casos.

 LA VIOLENCIA DE GÉNERO.

Se entiende por violencia de género cualquier acto violento, de discriminación, agresión, hostigamiento o degradación por su identidad de género, expresión de género u orientación sexual,  basados en una situación de desigualdad en el marco de un sistema de relaciones de dominación de los hombres sobre las mujeres que tenga o pueda tener como consecuencia un daño físico, sexual o psicológico. Así pues la violencia de género se refiere a los actos dañinos dirigidos contra una persona en razón de su género, la cual tiene su origen en la desigualdad de género, el abuso de poder y la existencia de normas dañinas.

Ahora bien de acuerdo con la Organización Mundial de Salud (2005), la violencia de género es el uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona, un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas posibilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones, es decir que en el informe presentado por dicha organización se nos hace referencia a que la violencia de género no esas que  un tipo de violencia física, psicológica, sexual e institucional, ejercida contra cualquier persona o grupo de personas sobre la base de su orientación sexual, identidad de género, sexo o género que impacta de manera negativa en su identidad y bienestar social, físico, psicológico o económico. Por su parte Susana Velásquez (2003) amplía la definición de violencia de género: Abarca todos los actos mediante los cuales se discrimina, ignora, somete y subordina a las mujeres en los diferentes aspectos de su existencia. Es todo ataque material y simbólico que afecta su libertad, dignidad, seguridad, intimidad e integridad moral y/o física.

la violencia de género es una transgresión de los derechos humanos y una forma de discriminación contra la mujer, caracterizándola como toda violencia física, sexual y psicológica que producida en el ámbito familiar y en la comunidad, incluyendo los malos tratos, el abuso sexual a menores, violencia relacionada con el aspecto económico, violencia por parte del marido o del cónyuge, y otras prácticas tradicionales nocivas para la mujer,

ANÁLISIS DEL FIN QUE PERSIGUE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia es la normativa legal que permite sancionar el delito de maltrato a la mujer, en concordancia con nuestra Constitución, como respuesta a la sociedad, para la búsqueda de la solución a la discriminación de género, donde el sexo femenino sigue siendo objeto de abuso y víctima de violencia, es importante resaltar que está ley tiene por objeto garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ambitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de genero y las relaciones de poder sobre las mujeres, así pues la dicha ley tiene como finalidad primordial ,  asistir a las víctimas de los hechos de violencia previstos en la misma; es por ello que se puede decir que su esencia consiste o radica, en garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, especialmente para las que se encuentren en situación de vulnerabilidad, por lo que la idea fundamental de esta ley es mantener el respeto a la dignidad e integridad física, psicológica y sexual de la mujer; es decir una igualdad de los derechos ante el hombre y protección a la familia y cada uno de sus miembros.

En su finalidad, la Ley destaca lo referente a los derechos humanos y medidas para evitar la violencia en contra de las mujeres, por ende está encaminada a la solución de las principales contrariedades producidas en este tema, la misma pretende regular uno de los supuestos previstos en la citados, por ende pretende disciplinar el contenido primario, las facultades elementales y los límites esenciales de todo aquello que sea necesario para asegurar una igualdad ante la ley de las mujeres en el ejercicio efectivo de sus derechos exigibles ante los órganos jurisdiccionales y la Administración Pública. Por otra parte podemos señalar que otra de sus finalidades es brindar las medidas de protección y de seguridad, de naturaleza preventiva, que pueden imponerse con el objeto de proteger a la mujer agredida en su integridad física, psicológica, sexual y patrimonial, y de toda acción que viole o amenace a los derechos contemplados en la Ley.

Garantizar el principio de transversalidad de las medidas de sensibilización, prevención, detección, seguridad y protección, de manera que en su aplicación se tengan en cuenta los derechos, necesidades y demandas específicas de todas las mujeres víctimas de violencia de · Fomentar la especialización y la sensibilización de los colectivos profesionales que intervienen en el proceso de información, atención y protección de las mujeres víctimas de violencia de género. En este mismo orden cabe destacar que está ley esta dirigida a grantizar los recursos económicos, profesionales, tecnológicos, científicos y de cualquier otra naturaleza, que permitan la sustentabilidad de los planes, proyectos ,programas, acciones, misiones y toda otra iniciativa orientada a la prevención, castigo y erradicación de la violencia contra las mujeres y el ejercicio pleno de sus derechos, así como a establecer y fortalecer medidas de seguridad y protección, y medidas cautelares que garanticen los derechos protegidos

 DEFINICIÓN E INTERPRETACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.

La violencia contra la mujer es una de las manifestaciones más claras de la desigualdad entre mujeres y hombres debido a que se produce por la diferencia subjetiva entre los sexos, que sitúa a una mujer en inferioridad con respecto al varón, dicha violencia se refiere a todo acto de basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada, es decir que se refiere todo acto que tenga como resultado el sufrimiento físico, sexual o psicológico de una mujer, cometido por un varón contra su víctima por el solo hecho de ser mujer.

Se trata, pues, de una violencia que se dirige sobre las mujeres por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos fundamentales de libertad, respeto, capacidad de decisión y del derecho a la vida. En este sentido se puede afirmar que la violencia en contra de las mujeres no es más que la violación del derecho a la vida, a la seguridad, a la libertad y a la dignidad de las mujeres y, en consecuencia, un impedimento para el desarrollo de una sociedad democrática; la cual  alcanza su máxima expresión con la muerte de la mujer a manos del varón, dando lugar a un delito denominado feminicidio

Cabe destacar que la violencia contra la mujer es considerada como un problema social com- plejo, de derechos humanos y de salud a nivel mundial, porque impacta negativamente en disímiles espacios de la vida de las personas y en sus diferentes contextos y niveles, debido a que la misma impide que se logren los objetivos de igualdad de desarrollo y paz, con lo cual se menoscaba el cumplimiento de los deberes y el disfrute de los derechos fundamentales de las personas, en este caso el de la mujer.

TIPOLOGÍAS O FORMAS DE VIOLENCIA.

Tal como ya se ha mencionado la violencia de género puede ser de tipo sexual, físico, psicológico y económico, y puede darse tanto en el espacio público como en la esfera privados, así pues las amenazas, la coerción y la manipulación son también formas de violencia de género. La violencia de género puede tomar muchas formas violencia de pareja, violencia sexual, matrimonio infantil, mutilación genital femenina, sin embargo es importante resaltar que la violencia va más allá de un acto de agresión física. La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su artículo 15 del capítulo III expone 19 tipos de violencia y conocer un poco más sobre qué tratan estás formas de violencia se habla un poco de cada una de ellas:

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