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Antecedente Historico Derecho Privado


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2014  •  1.690 Palabras (7 Páginas)  •  521 Visitas

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ANTECEDENTE HISTORICO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.-

La historia de la humanidad se ha caracterizado siempre a nivel nacional por una gran rivalidad y un incierto número de guerras y de malas relaciones sociales que por costumbre, terminaban siempre con un alto grado de violencia.

Partiendo de la violencia como la norma habitual del juego internacional, surgen las reglas del juego, pactadas por ambas partes de modo que el enfrentamiento pudiera parecer de alguna manera un acto civilizado. Hoy en día las guerras siguen pareciendo juegos de mesa a los que juegan los dirigentes o altos cargos.

El dato más antiguo del establecimiento de leyes internacionales, lo encontramos por el año 3200 antes de Cristo, donde las ciudades caldeas de Lagas y Umma fijaron las fronteras de sus respectivas naciones tras la finalización de la guerra. También destacan los acuerdos entre los egipcios y los hititas en acuerdos de reparticiones de tierras.

ANTECEDENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL EN LA ANTIGÜEDAD.-

El derecho internacional en la antigüedad no existía, ya que tampoco existía el concepto de comunidad internacional

Un tratado antiguo que podemos encontrar sobre las relaciones internacionales o el Derecho Internacional, lo encontramos en el tratado "Eannatum" entre Lagas y Umma que hemos citado anteriormente.

Eannatum era el rey de mesopotámia y encargó la redacción del tratado para lograr la inviolabilidad de las fronteras. Este tipo de tratados eran escritos sobre tablas de yeso y por tal circunstancia han llegado de forma intacta a nuestros tiempos.

Unos cien años antes de Cristo, aparece otro tratado, el llamado código "Manu" en la India, El objetivo de este código es establecer lo bueno y lo malo, lo que esta permitido hacer y no hacer para que de esta manera se pueda manejar bien una vida con tranquilidad y siguiendo las normas establecidas tanto en la moral como en la social, también se tratan reglas relacionadas con el combate, como por ejemplo la prohibición de atacar a un enemigo si este duerme, o la de no atacar si el enemigo pierde su escudo o sale corriendo.

EL DERECHO INTERNACIONAL EN LA ANTIGÜEDAD GRECORROMANA.-

Una barrera psicológica separaba a los griegos de los que no lo eran (“bárbaros”), Se creían superiores, pero en la práctica no estorbó las relaciones en pie de igualdad con el Imperio persa, Cartago o Roma.

La Polis era independiente y a partir del del siglo IX a.C., surgió un Derecho internacional panhelénico, fundado sobre prácticas, tradiciones y convenios que suavizaron las durezas y violencias primitivas, encauzando, los conflictos entre ciudades. Instituciones como la hospitalidad preludian algunas modalidades más regulares en la protección de los extranjeros. Éstos fueron sometidos a la jurisdicción especial del magistrado encargado de la administración de la guerra, y sus intereses fueron puestos bajo la protección de un ciudadano influyente de la ciudad de residencia que designaba la ciudad de origen.

Las relaciones diplomáticas eran frecuentes entre las ciudades. Un fenómeno propio del Dº internacional helénico fue el de las ligas de ciudades. Las alianzas políticas presentan estructuras diversas.

El derecho de guerra fue muy duro. Todo estaba permitido contra el enemigo. La paz iba asociada a un pacto previo. Con el tiempo se establecieron normas destinadas a disciplinar la guerra y ésta se fue humanizando. Esta evolución favoreció la conclusión de tratados de arbitraje, pero en este momento, las ciudades griegas comenzaron a perder su independencia.

La contribución de Roma al desarrollo histórico del Derecho internacional se realizó principalmente por medio de instituciones de su derecho interno. Desde los tiempos más remotos existía en Roma un colegio de sacerdotes, los fetiales, cuyo concurso era necesario para comenzar una guerra, concluir la paz o reclamar la reparación de una injuria inferida a Roma. Así nació el jus fetiale, de carácter sagrado. Si el comienzo y fin de la guerra estaban regulados, la forma de conducirla no lo estaba.

La creación del jus gentium o jus gentium, el derecho de gentes, en un sentido restringido comprende las instituciones del derecho romano de las que pueden participar los extranjeros (peregrini) que tenían tratos con Roma y sus ciudadanos (cives), por lo que supone una complementación del ius civile, para aplicarlo con individuos que no ostentaran la ciudadanía romana.

Al principio sólo existía un pretor, pero cuando Roma comienza a expandirse y a tener relaciones con otros países, se ve la necesidad de crear otro, así en el año 242 a. C. se crea la magistratura del Praetor Peregrinus, que atendía los casos en los que exclusivamente intervinieran no ciudadanos. Al crearse esta nueva magistratura comenzó a llamarse al anterior pretor como Praetor Urbanus, dedicado a juzgar los asuntos en los que participasen ciudadanos romanos. Los casos tratados eran bastante variados, pero la mayoría derivaban de asuntos comerciales. Así, las relaciones comerciales obligaron a la creación del precedente del llamado derecho contractual, un derecho ultro citroque obligatio (que obliga a ambas partes), a partir del cual nace el ius gentium.

El jus gentium vino a rellenar el vacío jurídico existente frente al extranjero,

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