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Concepto de la propiedad


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2013  •  4.259 Palabras (18 Páginas)  •  215 Visitas

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INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo se analizan algunos conceptos de derecho de propiedad, con la idea de abordar un tema que tiene relación con el patrimonio de las personas, que desde el punto de vista jurídico el patrimonio comprende todo el haber que tiene una persona, poco o mucho, pero que abarca las propiedades que puede llegar a tener una persona, pueden ser bienes muebles o inmuebles; se analizan los alcances que tiene el propietario de una cosa, ya que éste no es tan libre respecto al derecho que tiene sobre alguna propiedad, puesto que existen limitaciones que la ley le impone a la propiedad; existen casos en que procede la expropiación que recae en bienes inmuebles de un particular, que si bien el Estado indemniza a las personas propietarias de esos bienes, no menos cierto es que se trata de una compra forzosa, dado que no prevalece la voluntad del vendedor, sino que bajo el argumento de causas de utilidad pública, el Estado decide expropiarle a un particular, mediante un pago pero con el valor catastral, lo que en muchos casos repercute negativamente en perjuicio del propietario, dado que el valor catastral es inferior al valor comercial de un bien, por lo que sería benéfico que legislara para establecer que el precio que deba pagarse al que le expropian un bien, deberá pagarse con el valor comercial, establecido mediante el avalúo correspondiente.

Además, la propiedad debe tener una función social, esto es que la propiedad deberá estar al servicio de la sociedad de la que forma parte el propietario de un bien.

CAPÍTULO ÚNICO

LA PROPIEDAD.

1. Concepto de la propiedad.

La propiedad es una realidad social, y el derecho de propiedad el conjunto de normas aplicables a ella.

En relación con el tema de la propiedad, se ha distinguido entre un derecho a la propiedad y un derecho de propiedad.

Por un derecho a la propiedad se entiende “la facultad amplia y general de aplicar nuestras actividades a la apropiación de algo que nos asegure el sustento”, y por un derecho de propiedad la concreción y actualización sobre tal o cual objeto, de aquel derecho a la propiedad.

El primer aspecto se refiere a la posibilidad de toda persona de encaminar sus esfuerzos para lograr apropiarse de algún bien para que forme parte de su patrimonio que le permita obtener una riqueza para satisfacer sus necesidades; mientras que lo segundo, se trata de que una vez concretada la apropiación sobre un bien, el orden jurídico tiene la obligación de salvaguardar las prerrogativas que tiene sobre ese bien, para que nadie le perturbe en el goce de un bien, existe una obligación de toda la colectividad de respetarle ese derecho a la propiedad, se concreta esa posibilidad.

Los autores reconocen la existencia de dos conceptos de propiedad, uno amplio y otro restringido. El restringido o estricto, derivado del derecho romano, comprende únicamente la propiedad de las cosas, fundos, cosas muebles y la llamada propiedad intelectual; el amplio, inspirado en principios político-económicos, considera la propiedad como cualquier derecho de tipo monopolístico que proporciona al titular una situación de dominio.

El concepto amplio de propiedad es el que prevalece en la actualidad.

El Código de Napoleón define a la propiedad diciendo que “es el derecho de gozar y disponer de la cosa de la manera más absoluta, con tal de que no se haga de ella un uso prohibido por las leyes o por los reglamentos.

El Código Civil español (1889), establece que la propiedad es “el derecho de gozar y disponer de una cosa sin limitaciones que las establecidas por las leyes” (artículo 348).

En tanto que el Código Civil suizo (1907) (artículo 641) establece que “el propietario de una cosa tiene el derecho de disponer libremente de ella, dentro de los límites de la ley”.

Por su parte, el Código Civil Alemán (1896) establece que “el propietario de una cosa puede proceder a su arbitrio con respecto a ella y excluir a los demás de toda injerencia, en tanto no se opongan la ley y los derechos de terceros”.

En relación al derecho de propiedad, el Código Civil italiano (1942) establece “el propietario tiene el derecho de gozar y disponer de la cosa, de modo pleno y exclusivo, dentro de los límites y con la observancia de las obligaciones establecidas por el ordenamiento jurídico (artículo 832).

De igual manera, el Código Civil para el Distrito Federal no define la propiedad, se limita a decir: “El propietario de una cosa puede gozar y disponer de ella con las limitaciones y modalidades que fijen las leyes”.

En esencia, las legislaciones en el mundo coinciden en lo que se refiere al concepto de la propiedad, que da al propietario la facultad de gozar y disponer una cosa que ciertas limitaciones que fijan las leyes.

En resumen cabe precisar que desde el punto de vista legal, se define el derecho de propiedad: es aquel que autoriza al propietario de una cosa para gozar y disponer de ella con las limitaciones que fijen las leyes.

De lo anterior se desprenden dos consecuencias: el derecho de propiedad está sujeto a las modalidades y límites señalados expresamente por el legislador y sólo dentro de esa esfera debe considerarse lícita la disposición y el goce de la cosa sobre la que la propiedad recae.

Entre los principales elementos de la propiedad como derecho del propietario destacan el uso, disfrute y disposición de la cosa, entendidos estos dentro de un poder jurídico total.

En el uso implica aprovechar la cosa sin alterarla, de manera que pueda reiterarse contantemente esta forma de aprovechamiento.

El disfrute implica el uso y apropiación de los frutos de la cosa -ya sean estos animales o productos de la tierra-, es la facultad de apropiarse sólo de los frutos.

La disposición de la cosa, es el derecho del propietario de disponer en forma material mediante el consumo y transformación, y en forma jurídica mediante la enajenación total o parcial de la cosa.

El derecho de propiedad figura en primer término entre los de naturaleza real.

2. Propiedad y dominio.

La palabra propiedad se ha considerado como sinónimo de dominio. Se dice que el término propiedad es más extenso, porque denota no solamente el dominio, sino también la cosa sobre la que recae.

Clemente de Diego, aclara que

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