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DISOLUCION DE CONCUBINATO.


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  6.222 Palabras (25 Páginas)  •  1.167 Visitas

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JUICIO ORDINARIO CIVIL

(ACCION DISOLUCION DEL CONCUBINATO)

ACTOR: MARIA ELENA CHAVEZ ZAMUDIO

VS

DEMANDADO: ANTONIO NAVARRO RODRIGUEZ

EXPEDIENTE NÚMERO: _______

ASUNTO: PRESENTACION DE DEMANDA

INICIAL

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO

CIVIL EN TURNO DEL PARTIDO JUDICIAL DE LOS CABOS,

CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE CABO SAN LUCAS, B.C.S.

P R E S E N T E

        MARIA ELENA CHAVEZ ZAMUDIO, mexicana, mayor de edad, ama de casa, con domicilio en esta localidad, en mi carácter actualmente de concubina del hoy demandado y como lo determina el numeral 111 de nuestra legislación adjetiva civil vigente en la localidad, vengo a designar domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones aun las de carácter meramente personales el ubicado en notificaciones en DESPACHO JURÍDICO ESTABLECIDO EN CALLE MIGUEL HIDALGO ENTRE 4 DE MAYO Y CONSTITUCION, COLONIA CENTRO, DE ESTA LOCALIDAD, y tal y como lo determina los numerales 2460, 2461, 2461 fracción II, 2500, 2502 de la legislación sustantiva civil vigente en la entidad, igualmente otorgo por medio de escrito privado y previa debida ratificación del mismo MANDATO JUDICIAL en forma general y especial a los profesionistas de nombre  IVONNE VILLALPANDO CORTES Y LINDA JOHANNA PERALTA CESEÑA, quienes cuentan con cedula profesional expedida por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación Publica, de esta Entidad, misma que se encuentran debidamente registrada ante esta autoridad, para efecto de que se sirva ejecutar los actos jurídicos que a mi derecho corresponda dentro de la presente litis, otorgándole cláusula especial para efecto de desistirse, transigir, comprometer en arbitro, para absolver posiciones y articular posiciones, para hacer cesión de bienes, para recusar, para recibir pagos, y para los demás actos que expresamente determine la ley, es por lo anterior, que me permito exponer a USTED JUEZ lo siguiente:

        Que en la vía ORDINARIO CIVIL y en ejercicio de la ACCION DE DISOLUCION DE CONCUBINATO, ocurro a demandar a la persona de nombre ANTONIO NAVARRO RODRIGUEZ con domicilio ubicado CALLE IGNAZIO ZARAGOZA ENTRE RUIZ CORTINEZ Y 5 DE FEBRERO, COLONIA EJIDAL, DE ESTA CIUDAD DE CABO SAN LUCAS, MUNICIPIO DE LOS CABOS, ENTIDAD FEDERATIVA DE BAJA CALIFORNIA SUR O EN LUGAR QUE SE ENCUENTRE AL MOMENTO DE LLEVARSE A CABO LA DILIGENCIA EN CUESTION, lo anterior para efecto de que esta autoridad se sirva  DECLARAR LA TERMINACION  DEL CONCUBINATO, EN VIRTUD DEL ABANDONO DEL HOY DEMANDADO DE NUESTRO DOMICILIO EN COMUN Y POR ENDE, CONTAR LA SUSCRITA CON LA FACULTAD DE RECLAMAR ALIMENTOS Y CONSECUENCIAS QUE CONFORME A DERECHO CORRESPONDA, tal y como lo demarca los numerales 339 fracción II, 340, 450, 453 Y 459 del ordenamiento sustantivo civil en vigor en la localidad, es por ello que se exige lo siguiente:

P   R  E  S  T  A  C  I  O  N  E  S  

  1.  Se decrete LA DISOLUCION DEL VINCULO DE CONCUBINATO QUE LA SUSCRITA AÚN TIENE CON EL HOY DEMANDADO.

  1. Se determine LA TERMINACION DE LA RELACION DE CONCUBINATO QUE LA SUSCRITA AÚN TIENE CON EL HOY DEMANDADO, en virtud, de abandono del domicilio común.
  1. Se establezca el otorgamiento y obligación de UNA PENSION ALIMENTICIA EN SU CARÁCTER PROVISIONAL en virtud, de la relación de concubinato.
  1. Se establezca el otorgamiento y obligación de UNA PENSION ALIMENTICIA EN SU CARÁCTER DEFINITIVO, en virtud, de la relación de concubinato.
  1. Se fije la obligación de proporcionar una PENSION COMPENSATORIA, en virtud, de existir un desequilibrio económico entre la suscrita y mi todavía hoy concubino.

 

  1. El pago de gastos y  costa que se originen dentro del presente asunto.

  1. El pago de los daños y perjuicios que han ocasionado la falta de APORTAMIENTO ECONOMICO AL SUSTENTO DE LA SUSCRITA POR PARTE DEL HOY DEMANDADO, en virtud, de los diversos prestamos que familiares y amigos han realizado a la suscrita que asciende al monto de $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL)

        Fundando mi petición en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que anteceden:

H   E    C    H   O   S:

  1. A principios  del año mil novecientos noventa y uno, conocí al hoy demandado de nombre Antonio Navarro Rodríguez en el año de 1991 en ciudad de La Paz B.C.S., en virtud, de ser vecinos, esto es, que el hoy demandado contaba con un taller eléctrico a lado de la casa de mis señores padres de nombre MARIA ELENA ZAMUDIO FELIZ Y MANUEL GOMEZ VIDAL, donde la suscrita habitaba; fue así que después de convivir en múltiples ocasiones decidimos iniciar una relación sentimental, esto en fecha quince de Mayo del año mil novecientos noventa y uno, dentro de la cual ambos veníamos de una relación amorosa donde procreamos hijos, el que comento que tenía tres hijos y yo acabada de culminar mi matrimonio y del cual procree a una menor, que en ese entonces tenía la edad de un año y medio, iniciando una relación con respeto, confianza hacia nosotros mismo como hacia nuestro entorno familiar.

  1. En virtud, de nuestro deseo de formar una familia y del avance amoroso que teníamos, fue que en fecha dos de Noviembre del año mil novecientos noventa y uno, la suscrita y el hoy demandado en común acuerdo decidimos empezar a cohabitar juntos, tanto domésticamente como sexualmente, enfocados en una relación de respeto y libres de compromiso alguno, manejándonos de manera pública y permanente como una familia, y por ello nos trasladamos a la ciudad vecina de Tijuana, Baja California, donde el hoy demandado empezó a ejercer su profesión, esto es, iniciando en  la colocación de un taller auto eléctrico, dentro de la cual la suscrita aportaba con apoyo económico para iniciar con dicho taller, esto es, contribuyendo con dinero que la suscrita adquirió al efectuar la venta de mi vehículo automotriz y diversas alhajas que la suscrita contaba, con la cual se adquirieron diversos artículos básicos y necesarios para el desempeño de la labor del hoy demandado como son llaves desarmadores, gato hidrahulico, dados, multímetro, entre otros,  por ende desde el inicio contribuí con el sostenimiento de nuestra familia, aunado de auxiliar al hoy demandado mediante el ejercicio de mi trabajo que consistía en lavar los fierros con gasolina y pintándolos, limpiaba el taller, siempre en aras de ejercitar el apoyo de nuestra familiar.
  1. Dentro de dicho lapso de tiempo, fue que unos meses después, esto es en el mes de Febrero de mil novecientos noventa y dos, la suscrita me embarace de nuestro primer hijo, mismo que naciera en fecha diecinueve de Noviembre del año mil novecientos noventa y dos, tal y como se acredita con la acta de nacimiento que me permito acompañar como ANEXO PRIMERO, cabe hacer mención que dentro del trabajo del hoy demandado siempre fue en nuestro domicilio en común, la suscrita siempre aun estando embarazado o no, lo apoyada en funciones propias del taller, sin que recibiera una remuneración o cantidad económica, siendo consciente que era para nuestro bien común familiar, aunado de encargarme plenamente al cuidado del hogar y nuestro menor hijo.
  1. Nuestra relación funcionada de manera óptima y estable, tanto así que mes de Abril del año mil novecientos noventa y cinco, decidimos embarazarnos de nueva cuenta, y en virtud, de la escases de trabajo dentro del taller eléctrico con el que contábamos, fue que aceptamos la propuesta laboral que nos planteamos mis señores padres de nombre MARIA ELENA ZAMUDIO FELIZ Y MANUEL GOMEZ VIDAL de trasladarnos a la ciudad de Bahía de Kino, en el municipio de la ciudad de Hermosillo, Sonora y laborar en la recolección de jaiba, dentro del cual la suscrita se dedicada única y exclusivamente al cuidado de nuestro hogar e hijo, en virtud, de la próxima llegada de nuestro segundo hijo y con motivo de nuestro cambio de domicilio, fue así que en fecha seis de Enero del año mil novecientos noventa y seis, naciera nuestro segundo hijo tal y como se acredita con la acta de nacimiento que me permito acompañar como ANEXO SEGUNDO.
  1. Después de culminar la temporada de recolección de jaiba y al buscar una mejor calidad de vida para nuestra familia, fue que de nueva cuenta decidimos trasladarnos a la ciudad de La Paz, B.C.S., para enfocarnos y seguir buscando un proyecto de vida para nuestra familia, sin tener mucho éxito en dicha localidad, fue asi que de común acuerdo se decidió venir a buscar trabajo en esta ciudad de Cabo San Lucas, municipio de Los Cabos, entidad federativa de Baja California Sur; fue en el año mil novecientos noventa y ocho nos trasladamos a radicar a esta ciudad, en aras de un mejor futuro y donde mi hoy todavía concubino se desenvolviera óptimamente en el ejercicio de su vocación como mecánico, rentamos en dos lugares diferentes, y yo empecé a buscar casa para comprar, nos iba muy bien, metimos los papeles a una inmobiliaria y una vez analizados los mismos y en virtud de la plena insistencia básicamente de la suscrita, nos fuera admitido el crédito para la adquisición de nuestra primera vivienda.
  1. Es por lo antes mencionado, que en fecha catorce de Septiembre del año mil novecientos noventa y nueve, se nos otorgara a ambos el crédito en cuestión, empleándose como titular de dicha compraventa mi hoy concubino mediante contrato de compraventa celebrado con la inmobiliaria Baja California 2000, S.A. de C.V., así como la apertura del crédito simple con interés y garantía hipotecaria en primer y según lugar, para efecto de la adquisición de dicha vivienda, marcada con el NUMERO TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES, IDENTIFICADA COMO LOTE NUMERO CIENTO DOS, MANZANA DOS, DE LA CALLE AGUAJITOS, CLVE CATASTRAL 402-079-051-009, SUPERFICIE DE CIENTO TREINTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y TRES METROS, CUADRADOS CON LS MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NOROESTE DICEISIETE PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CON EL LOTE 101; AL SURESTE SIETE PUNTO CINCUENTA METROS CON LOTE 111; AL SUROESTE DIECISETE PUNTO SESENTA Y DOS METROS CON LOTE 103; AL NOROESTE SIETE PUNTO CINCUENTA METROS CON CALLE AGUAJITO, DENTRO DE DICHO LOTE DE TERRENO SE ENCUENTRA EDIFICADA UNA CASA HABITACION CUYAS CARACTERISTICAS SE IDENTIFICAN COMO VIVIENDA TIPO B1 DE INTERES SOCIAL, EN ESTA CIUDAD, DE CABO SAN LUCAS, MUNICIPIO DE LOS CABOS, ENTIDAD FEDERATIVA DE BAJA CALIFORNIA SUR; tal y como se corrobora con copia certificada de dicho instrumento notarial, que en este acto me permito acompañar como ANEXO TERCERO, mismo lugar que una vez que nos fuera entregado fue donde establecimos fijamente nuestro domicilio en común hasta la fecha.
  1. Fue así, y toda vez, que aras de acrecentar nuestro acervo familiar, el hoy demandado en unión con la suscrita, en fecha diez de Mayo del año dos mil dos, efectuó un contrato de solicitud de promesa de compraventa, referente al lote de terreno marcado como: LOTE 03, MANZANA 9º, FRACCION B-2, SUPERFICIE 200 M2 METROS CUADRADOS APROXIMADAMENTE, DESTINADO EXCLUSIVAMENTE HABITACIONAL UNIFAMILIAR, EN ESTA CIUDAD, DE CABO SAN LUCAS, MUNICIPIO DE LOS CABOS, ENTIDAD FEDERATIVA DE BAJA CALIFORNIA SUR; tal y como se corrobora con solicitud original que en este acto me permito acompañar como ANEXO CUARTO, QUE SE ENCUENTRA CUBIERTO A SU TOTALIDAD.
  1. Dentro de nuestra vida en común, como es normal entre las parejas y aunado a nuestra vinculo y comportamiento social de familia, es el apoyo indiscutible en cuestiones de salud y enfermedades, fue así que a principios del año dos mil dos, la suscrita empecé a sentir malestares y con tal motivo acudí a reiteradas consultas médicas, dentro del cual me diagnosticaron principios de cáncer en la matriz, motivo por el cual mi hoy concubino me apoyo íntegramente con los gastos tanto con los exámenes preliminares como con la intervención quirúrgica que la suscrita necesitaba, en un apoyo integro como mi pareja, aunado que la suscrita lo apoyaba en su trabajo, no contaba con remuneración alguna o algún tipo de prestación médica, por eso fue un gasto pleno y consciente de mi hoy todavía concubino.
  1. Después de mi intervención quirúrgica y al considerar tanto mi todavía hoy concubino que fue un gasto considerable para nuestra familia, decidió agregarme como su empleada general en el taller, y con ello tanto salvaguardar mi integridad física relativo a mi salud como gastos médicos mayores, y por ende medio de alta dentro del Instituto Mexicano del Seguro Social en esta ciudad, en fecha trece de Junio del año dos mil dos, tal y como lo corroboro con el AVISO DE INSCRIPCION DEL TRABAJADOR, EXPEDIDO POR SERVICIOS DE AFILIACION VIGENCIA DE DERECHO, DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, que en este acto me permito acompañar como ANEXO QUINTO, aunado que al realizar dicha alta, cubríamos seguros íntegros como beneficiario de nuestros hijos, tal y como se advierte en dicho AVISO DE INSCRIPCION O BAJA DE BENEFICIARIOS, que me permito acompañar como ANEXO SEXTO.
  1. Aunado al ya contar con una prestación medica que cubriera cualquier tipo de enfermedad y en su caso una forma óptima de cómo tratarme, otorgada plenamente por mí todavía hoy concubino, fue así que continué laborando tanto en medida de mis posibilidades en el taller y prioritariamente en nuestro hogar, con nuestros hijos; es así que en virtud de que la suscrita  empecé a tener fuertes dolores en mis manos e inflamaciones, acudía reiteradamente a consultas médicas, ello motivo que en el año dos mil seis se me diagnosticara con artritis reumatoide y fibromialgia, y en virtud de ello, inicie el tratamiento correspondiente, tal y como lo acredito con el mi expediente clínico, que en este acto me permito acompañar como ANEXO SEPTIMO.
  1. Continuando con nuestra relación de pareja y familiar, armónicamente y en plenitud, fue así que en virtud de la enfermedad diagnosticada y plena conocida y apoyada por mi hoy concubino, en el  año 2013, enferme gravemente y caí en hospitalización, motivo por el cual me otorgaron la incapacidad por invalidez, otorgándome para tal fin una pensión por  dos años, CONTADOS DESDE EL DIA 1 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE AL QUINCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, tal y lo corroboro con los comprobantes de supervivencia, otorgados por la DIRECCION DE PRESTACIONES EOCNOMICAS Y SOCIALES, COORDINACION DE PRESTACIONES ECONOMICAS DIVISION DE PENSIONES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, que en este acto me permito acompañar como ANEXO OCTAVO.

 

  1. Aunado al contar la suscrita con una pensión otorgada por el INSTITUTO MEXICANO DE SEGURO SOCIAL, en virtud, de mi imposibilidad para ejercer algún tipo de labor, ello por el diagnóstico de la enfermedad con la que cuenta la suscrita, mi hoy todavía concubino, decidió y me planteado que era indispensable darme de baja, sin argumentarme ello y causándome un perjuicio, aun así como su pareja respete su decisión siempre y cuando me continuara apoyándome en plenitud con mi enfermedad, mismo que se comprometió, TAL Y COMO SE CORROBORA CON LA BAJA DE EMPLEADOR EFECTUADA POR EL HOY MI TODAVIA CONCUBINO QUE ME PERMITO ACOMPAÑAR COMO ANEXO NOVENO.

  1. Aunado de no contar con prestación económica, fue que decidimos que efectuara los trámites ante el Seguro Popular, para contar con una prestación médica, fue así que desde el mes de Junio del año dos mil quince, acudí a consultas periódicas en el Hospital General de Cabo San Lucas, tal y como lo corroboro con la HOJA DE REFERENCIA URGENTE, DE DICHA INSTITUCION MEDICA, que me permito acompañar como ANEXO DECIMO, dentro del cual se establece un resumen clínico de la suscrita y lo principal que no cuento con prestación medica que me respalde, para el óptimo tratamiento de mi enfermedad.

  1. En virtud, de la complejidad de mi salud, en fecha once de Junio del año dos mil quince, me intervinieron quirúrgicamente efectuándome una traqueostomia, en virtud, que la suscrita no podía respirar, dentro del cual estuve hospitalizada un mes, saliendo en fecha tres de Julio del año dos mil quince, tal y como se corrobora con la NOTA MEDICA EXPEDIDA POR EL BENEMERITO HOSPITAL GENERAL CON ESPECIALIZADES, JUAN MARIA DE SALVATIERRA, EN LA CIUDAD DE LA PAZ, B.C.S., que me permito acompañar como ANEXO DECIMO PRIMERO;  dentro de este proceso como en todos estuvo en su apoyo económico, moral y efectivo mi hoy todavía concubino, con amor y fervor, siempre en aras de mi cuidado personal.
  1. Y todavía, que no me dieran un diagnostico veraz y certero, en fecha cinco de Julio del año dos mil quince, me enviaron  a la ciudad de Guadalajara, Jalisco  al hospital civil, allá me diagnosticaron con parálisis bilíteras de las cuerdas bucales, debido a mi artritis, pero que no había tumores, emitiendo un dictamen medica al respecto *************** , estando en aquella ciudad y al fortalecer nuestra relación sentimental, el hoy demandado me propuso matrimonio, mismo que decidimos planearlo para concretarlo y hacer feliz a nuestra familia, ya que como lo he mencionado anteriormente en todo esta etapa se ha encontrado junto a mí, mi todavía hoy concubino empleando un apoyo incondicional a la suscrita, siempre pensando en una vida en común.
  1. De regreso de nuestra estancia en Guadalajara, esto es aproximadamente el diecisiete de Julio del año dos mil quince, empecé a notar un distanciamiento y discusiones periódicas con el hoy demandado, motivo por el cual, decidí irme unos días para calmar las cosas con mis padres de nombre MARIA ELENA ZAMUDIO FELIZ Y MANUEL GOMEZ VIDAL en la ciudad de La Paz, B.C.S., ya en mi retorno en el mes de Septiembre del año dos mil quince, literalmente me dijo el demandado que había conocido a alguien que le interesaba y yo le dije que por favor habláramos y arregláramos nuestras diferencias y el no quiso, empezó a llegar de madrugada todos los días y le dije que respetara nuestra casa, a su familia refiriéndome a nuestros hijos y a la suscrita, su pareja por par de veinticuatro años, siendo por demás irrespetuoso, indiferente y distante con la suscrita.
  1. En el mes de Octubre del año dos mil quince, el hoy demandado decidió salirse de nuestro domicilio en común, a rentar una casa, ya no acudió conmigo a mi revisión a Guadalajara para ver si podían quitarme el tubo de la Traqueotomía, él ya dejo de tener una empatía con la suscrita, esto en virtud, de ya contar con una relación y por ende, existía una separación física y emocional con la suscrita; como el hoy demandado se vio imposibilitado para cubrir con el costo de cubrir íntegramente una vivienda ajena a con la que contamos, fue asi que entablo comunicación con la suscrita y decidimos que podía regresar a nuestro hogar, esto fue en el mes de Diciembre del año dos mil quince, con la única condición que le solicite, fue que respetara a nuestra familia y a la suscrita, concluyendo su relación y enfocándonos a nuestro objetivo prioritario continuar con nuestra familia, manifestándome el hoy demandado que si lo haría, motivo por el cual nos reconciliamos; manteniendo una cordialidad, respeto y amor, hacia nuestra relación de pareja y familiar.
  1.  Fue así que aunado al esfuerzo de ambos por restablecer nuestra relación y por ende volver la cordialidad y sensatez para seguir con una finalidad de vida en común, fue imposible, ya que el hoy demandado ya de manera sensata y veraz me manifestó que ya no deseaba continuar con nuestra relación y por ello, decidió en el mes de Marzo del año dos mil dieciséis,  abandonar de nueva cuenta nuestro domicilio en común,  para según su dicho ser feliz e iniciar una nueva relación amorosa.
  1. Desde la fecha del abandono del domicilio común por parte del hoy demandado, se ha desentendido de aportarme cantidad congruente y puntual para mi sostenimiento y nuestro hijos, ya que si bien es cierto, nuestros hijos son mayores de edad, los mismos se encuentran estudiando y por ende su obligación es aportarle cantidad hasta su plena preparación profesional, tal y como lo corroboro con las CONSTANCIAS EDUCATIVAS que me permito acompañar como ANEXO DECIMA SEGUNDA.
  1. Aunado que el hoy demandado, conoce plenamente mi situación medica y por ende mi imposibilidad para ejercer algún tipo de labor, este es tajante al aportar cantidad congruente, para el sostenimiento de nuestro casa ni una manutención a favor de la suscrita, siendo que es un derecho inherente por nuestra relación de concubinato existente, mas siempre él era el encargado de la aportación económica física, ya que si bien es cierto yo lo apoyaba en realizar labores propias en el taller, desde mi incapacidad medica me es imposible ello, siendo el hoy demandado el único soporte económico de nuestro hogar, por ende, es indiscutible su obligación hacia la suscrita.
  1. Ocasionando dicha situación, que la suscrita pida prestamos económicos a mis familiares y amigos, para cubrir con las necesidades básicas para mi sostenimiento y nuestro hogar, causando un menoscabo para la calidad de vida de la suscrita, misma que el hoy demandado es por demás tajante y negativo en apoyar debidamente a la suscrita, al contrario, se molesta e incómoda si la suscrita le requiere que apoye con los gastos, manifestando en reiteradas ocasiones que no es obligación del suscrita, que le haga como pueda y que no lo moleste, siendo que hasta la presente fecha, debo a diversas personas la cantidad de $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), para cubrir plena y absolutas necesidades básicas de la suscrita.

DE TODO LO ANTERIOR, SON TESTIGOS LAS PERSONAS DE NOMBRE  ANA LUISA APODACA HERRERA, NORA ROCIO MARTINEZ HERRERA Y MARIA ELENA ZAMUDIO FELIX.

  1. Es por ello, y a pesar, de los múltiples requerimientos efectuados por la suscrita hacia el hoy demandado, para efecto primero de culminar nuestra relación de concubinato, me otorgue una cantidad por concepto de alimentos, en virtud, de mi imposibilidad para laborar, fijando el tiempo en que deberá otorgarse en virtud de las circunstancias que me ocupan, ya que ya suscrita no tiene bienes a mi favor en virtud de emplearlos totalmente en el patrimonio que realizo el hoy demandado y prioritario en la imposibilidad con la que cuenta la suscrita para laborar.

IGUALMENTE Y CONFORME LO ESTABLECE LOS NUMERALES 339 F II, 340, 450, 453, 459 DEL CODIGO CIVIL VIGENTE EN LA ENTIDAD, ME PERMITO SOLICITAR COMO URGENCIA LAS MEDIDAS PROVISIONALES SIGUIENTES:

        Se proceda a determinar por derecho LA SEPARACIÓN DE LOS CONCUBINOS QUE DE HECHO Y DE FACTO EXISTE desde la acción de abandono que realizo mi hoy todavía concubino en perjuicio de la suscrita.

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