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Derechos Humanos


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2013  •  1.630 Palabras (7 Páginas)  •  210 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

“ALDEA FRANCISCO ANTONIO ZEA”

MISIÓN SUCRE

RELACIONES SOCIALES EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL Y SUS RELACIONES JURÍDICAS.

INFORME

INTEGRANTE:

Br. Arelis González

C.I: 12.329.239

Prof: Carlos Estrada

Ciudad Ojeda, Mayo del 2013

El tratamiento de los Derechos Humanos en tiempo de guerra en la época moderna.

La evolución del derecho internacional relacionado con la protección de las víctimas de guerra y el desarrollo de la guerra se ha visto profundamente afectada por la elaboración de la protección jurídica de los derechos humanos a partir de la segunda guerra mundial. La aprobación de importantes instrumentos internacionales en materia de derechos humanos -como la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), el Convenio Europeo de Derechos Humanos (1950) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966)- contribuyó a afirmar la idea de que toda persona tiene derecho al goce de los derechos humanos, ya sea en tiempos de paz o de guerra.

En tiempos de guerra o emergencia pública, sin embargo, el goce de determinados derechos humanos puede verse limitado en ciertas circunstancias. El artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos faculta a los Estados a adoptar disposiciones que suspendan provisionalmente algunas de las obligaciones contraídas en virtud del Pacto "en situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación", pero sólo "en la medida estrictamente limitada a las exigencias de la situación". El artículo 15 del Convenio Europeo de Derechos Humanos contiene una norma análoga. Cada año la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías realiza un examen de los estados de excepción y del respeto de los derechos humanos en tales situaciones.

No obstante, la necesidad de salvaguardar los derechos humanos incluso en tiempos de guerra ha sido plenamente reconocida; el artículo 3 de los cuatro Convenios de Ginebra sobre derecho humanitario de 1949 dispone que en caso de conflicto armado las personas protegidas por los convenios serán "en todas las circunstancias, tratadas con humanidad, sin distinción alguna de índole desfavorable basada en la raza, el color, la religión o la creencia, el sexo, el nacimiento o la fortuna o cualquier otro criterio análogo".

En el próximo 43 período de sesiones de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías (del 5 al 30 de agosto de 1991) se presentará en relación con el tema 4 del programa provisional un informe del Secretario General sobre la formación impartida en lo tocante al respeto de los derechos humanos en tiempos de conflictos armados (E/CN.4/Sub.2/1991/5).

Hace dos años la Subcomisión aprobó la resolución 1989/24 sobre "los derechos humanos en tiempos de conflictos armados", deplorando que con frecuencia no se respeten durante esos conflictos las disposiciones pertinentes de derecho humanitario internacional y de derechos humanos. En su 46? período de sesiones, la Comisión de Derechos Humanos aprobó la resolución 1990/60 en que reconoció el papel vital que desempeña el Comité Internacional de la Cruz Roja en la difusión del derecho internacional humanitario y pidió a todos los Estados "que atiendan en particular a la formación de todos los miembros de las fuerzas de seguridad y de otras fuerzas armadas, y de todas las instituciones encargadas de hacer cumplir la ley, en la legislación internacional de derechos humanos y de derecho humanitario aplicable durante los conflictos armados".

Tres corrientes principales han contribuido al desarrollo del derecho internacional humanitario. Se trata del "derecho de Ginebra", representado por los convenios y protocolos internacionales concertados bajo la égida del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) con el objeto fundamental de proteger a las víctimas de los conflictos; del "derecho de La Haya", basado en los resultados de las conferencias de paz celebradas en la capital de los Países Bajos en 1899 y 1907, que trataron principalmente de los medios y métodos tolerables de guerra, y de los esfuerzos de las Naciones Unidas para garantizar que se respeten los derechos humanos en los conflictos armados y limitar la utilización de determinadas armas.

Estas tres corrientes han ido convergiendo hasta formar una sola.

Los Derechos Humanos constituyen hoy día una de las referencias fundamentales de las relaciones de los Estados y de las personas. La frecuencia con que estos derechos son violados en muchos lugares y ocasiones, así como la demanda generalizada de protección de las personas en la convivencia

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