Imperio Absoluto
25 de Septiembre de 2013
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“Introducción”
La historia del Derecho Romana debe ser estudiada dentro del conjunto de la Historia de Roma, ya que no es posible separar el aspecto jurídico de las demás manifestaciones culturales artísticas, políticas y sociales. La Historia del Derecho Romano quedaría comprendida dentro de los siguientes períodos históricos-políticos:
1.Monarquía
2.República
3.Principado o Diarquía
4.Imperio Absoluto o Dominato
Estas épocas o periodos históricos-políticos corresponden a las distintas fases de evolución del Derecho Privado: la monarquía y la República al Derecho Preclásico, el Principado al Derecho Clásico y el Imperio Absoluto al Posclásico.
Capítulo II
“La Monarquía”
La época monárquica abarca desde la fundación de Roma hasta el año 243 de la era romana; es decir, del año 753 al 510 AEC.
Las circunstancias de la fundación de esta ciudad nos son casi desconocidos. Sólo a través de las leyendas sabemos de la existencia de los primeros habitantes de la Península Itálica. Es un hecho que en ella convivieron distintos pueblos: los latinos al centro, los etruscos al norte y los sabinos al sur. La conjunción de estas tribus tiene como consecuencia el surgimiento de Roma.
Esta pequeña comunidad se encuentra políticamente agrupada en 30 curias, 10 por cada tribu, cada una con número indeterminado de individuos. Los integrantes de las curias se reúnen atendiendo a un criterio específico, como es la agrupación de carácter aristocrático que denominamos gens, cuyos miembros tienen en común un culto familiar especial. Cada una de estas gens se encuentran bajo la autoridad de un paterfamilias.
Estos individuos son los que dirigen la vida política, religiosa y social de roma, son conocidos con el nombre de Patricios. Por otro lado encontramos a los plebeyos que constituyen la gran masa de la población.
En este período el poder público estuvo integrado por tres elementos: el Rey, los comicios y el Senado.
1. El Rey:
El Rey, quien en un principio fue designado por los comicios, ejercía el poder de por vida y de forma suprema. Durante el período monárquico Roma vivió bajo el gobierno de siete reyes, siendo el primero Rómulo, quien crea el Senado y el último Tarquino el Soberbio, un déspota que pretende gobernar dictatorialmente y termina siendo destituido y desterrado. Con él concluye la época monárquica.
2. Los Comicios:
Los Comicios constituían asambleas de carácter legislativo-político, estaban integrados por “todos los hombres libres capaces de portar armas”. Existían dos tipos: las Curias y las Centurias
Comicios por Curias: Las curias fue la más antigua forma de agrupación de los ciudadanos. Las asambleas de las curias siempre se denomina pueblo, populus, o sea, la reunión de todos los ciudadanos, tanto patricios como plebeyos. La Votación se realizaba de forma indirecta, es decir, el voto se efectuaba por curia y en cada una de ellas, por individuo con lo cual si del total de 30 curias 16 votaban en un mismo sentido, la propuesta sería aprobada independientemente del número de integrantes de cada una de ellas.
Comicios por Centurias: Servio Tulio, quien fue el penúltimo Rey, ante el crecimiento de Roma reformó la administración originando la aparición de los comicios por centurias (Reforma Serviana), las cuales agrupaban a los individuos en razón de su riqueza, arrojando un total de 193 centurias.
3. El Senado:
En un principio el senado constituía única y exclusivamente un cuerpo consultivo y de apoyo al rey, cuyos consejos, cobraban cada vez mayor ascendiente. Estaba integrado por 100 miembros escogidos por el propio monarca, pero no será sino hasta la caída de la monarquía cuando adquiere verdadero poder político.
4. Fuentes Formales del Derecho en la Monarquía:
En este período las fuentes formales del Derecho se reducen prácticamente a una: la costumbre de los antepasados (mores maiorum). Sin embargo, es posible que un jurisconsulto llamado Papirio haya publicado una colección de leyes reales votadas en los comicios.
Capítulo III
“La República”
Esta etapa de la historia romana queda comprendida entre los años 510 y 527 AEC. Al principio, durante este período persiste una gran pugna entre patricios y plebeyos, situación que provoca que estos últimos decidan abandonar la ciudad para fundar una nueva, lo cual, según la leyenda, no se lleva a cabo merced al famoso discurso de Menenio Agripa que les hace desistir.
A partir de este momento, los plebeyos obtienen el derecho de ser representados por dos magistrados especiales, los tribunos de la plebe (tribuni plebe). Asimismo, tenían facultades para convocar a la asamblea de la plebe (concilium plebis) que dio origen a los plebiscitos, decisiones votadas por la plebe que llegaron a ser obligatorias también para los patricios.
Es en esta etapa cuando Roma se convierte en una de las potencias más poderosas del mundo antiguo. Su triunfo definitivo sobre Cártago prácticamente transforma a los romanos en dueños del Mar Mediterráneo (Mare Nostrum).
Interiormente se suscita una serie de guerras civiles, motines y levantamientos que van erosionando al sistema republicano. Así las cosas, cada vez con mayor frecuencia se acude a la figura del Dictador tal es el caso de Sila y de Julio César hasta llegar a la creación de un triunvirato. El primero de ellos integrado por Julio César, Pompeyo y Craso y el segundo por Octavio, Marco Antonio y Lépido. Con el tiempo, Octavio llegará a convertirse en Augusto, dando comienzo a la etapa imperial.
En esta época el Poder público estaba integrados por el Senado, los Comicios y los Magistrados.
1. El Senado.
Durante este período dicho cuerpo adquiere una importancia considerable, su opinión es considerada en todas las cuestiones trascendentes y está capacitado para decidir en los asuntos relacionados con la paz y la guerra. Los plebeyos finalmente son aceptados en él.
2. Los Comicios.
Se reúnen y funcionan de modo semejante al de la etapa anterior. Sin embargo, los comicios curiados pierden importancia e intervienen sólo en determinados actos religiosos y privados. Estaban constituidos por 30 lictores representantes de cada una de las curias; se reunían siempre bajo la presidencia del Gran Pontífice, jefe de la Iglesia en ese período.
Comicios por Tribus: Aparece durante la República: los ciudadanos se agrupan atendiendo a un criterio territorial basado en el domicilio. La ciudad de Roma se divide en 4 sectores o tribus y el campo en 31, así se establecen 35. Las funciones político-legislativas se distribuían siempre entre esta nueva asamblea y el comicio centuriado. A estas asambleas los ciudadanos acudían siempre convocados por un magistrado.
3. Los Magistrados.
La figura del Rey es sustituida por dos magistrados; esto es, altos funcionarios públicos, llamados cónsules, que eran los jefes civiles y militares del Estado, elegidos por los comicios y cuyo cargo duraba un año. Por su parte, la autoridad religiosa se separa de los poderes civiles y es confiada al mencionado Gran Pontífice.
A parte de los cónsules aparecieron otros magistrados que también participaban del gobierno de la Ciudad. Así tenemos a los cuestores nombrados por los cónsules y que los auxiliaban en materia de fisco y gobierno provincial; el dictador nombrado por los cónsules en momentos de crisis; los pretores encargados de administrar justicia; los censores que realizaban un censo ubicando a los pobladores en las clases establecidas en la Reforma Serviana. Los ediles curules desempeñaban funciones de policía urbana.
Los magistrados detentaban un poder muy amplio: algunos de ellos tenían el imperium o facultad de decisión y ejecución, que incluía la coertio o poder disciplinario, la iurisdictio o facultad de administrar justicia y el ius agendi cum populo o cum senatu, o derecho de convocar asamblas cívicas o al Senado. Los cargos eran de elección popular y se desempeñaban de forma gratuita.
4. Fuentes Formales del Orden de la República
En esta etapa ya existen verdaderas fuentes formales del Derecho. La costumbre sigue existiendo, pero por otro lado, ya contamos con la presencia de la Ley, de los plebiscitos, los senadoconsultos, los edictos de los magistrados y la jurisprudencia.
4.1 La Ley:
Se dice que la ley es una disposición de carácter general dictada por el pueblo cuando este se reunía en comicios. En atención a su procedencia las leyes podían ser datae -expedidas por los magistrados y rogatae – expedidas por los comicios, a su vez éstas se clasificaban en curiadas o centuriadas.
La ley consta de tres partes: a) praescriptio: parte de la ley donde se indica el nombre del magistrado que la propuso y el día en que fue votada. b) Rogatio es propiamente el texto de la ley c) Sanctio. En ella señalan las disposiciones relativas a su observancia así como su sanción
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