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Evoluciones del Derecho Romano: Monarquía y Republica representan al derecho preclásico, principado al derecho clásico, el imperio absoluto al Posclásico


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2022  •  Ensayos  •  2.474 Palabras (10 Páginas)  •  55 Visitas

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CONCEPTOS

Periodos histórico-políticos: Monarquía, República, Principado o Diarquía, Imperio absoluto o Dominato.

Evoluciones del Derecho Romano: Monarquía y Republica representan al derecho preclásico, principado al derecho clásico, el imperio absoluto al Posclásico.

Monarquía: 
Periodo:
 (243 a.C. de la era romana) o (del año 753 al 510 a.C de 250 años.).
Fundación:
 casi desconocidas salvo por leyendas se sabe que al norte de la península itálica están: los latinos del centro, los etruscos al norte y los sabinos al sur, con el conjunto de estas tribus tiene como consecuencia el surgimiento de Roma.
1.-El Rey: en la monarquía fue establecida por siete reyes, Romulo creo el senado, Numa Pompilio introdujo la practica religiosa en Roma, Tulio Hostilio y Anco Marcio consolidan el poder militar, Tarquino el Antiguo concede mas facultades al Senado y aumenta a trescientos números de sus miembros, Servio Tulio crea una reforma político-administrativa tambien se conoce como forma Serviana, por ultimo esta Tarquino el Soberbio el ultimo monarca un despota que pretendía gobernar dictatoriamente, termino destituido y desterrado.
2.- Los comicios: asambleas político-legislativas
a).- Los comisios por curias: Las curias fue la más antigua forma de agrupación de los ciudadanos, es decir, la división interna de las tres tribus que integraban la población. Revistió una doble importancia: por un lado, aseguraba el ejercicio de los derechos políticos y, por otro, el aspecto religioso y las festividades en general.
3.- El senado: En un principio constituía única y exclusivamente un cuerpo consultivo y de apoyo al rey, cuyos consejos (senatusconsulta), cobraban cada vez mayor ascendiente. Estaba integrado por 100 miembros escogidos por el propio monarca.
4. Fuentes formales del 5derecho en la Monarquía: En este periodo las fuentes formales del derecho se reducen prácticamente a una: la costumbre de los antepasados (mores maiorum).

Republica: 
Periodo:
510 al 27 a.C.
Características: en este periodo persiste una gran pugna entre patricios y plebeyos. Situación que provoco que los plebeyos abandonaran Roma y fundar una nueva, la cual no llego a fundarse gracias al discurso de Menenio Agripa.

Desde este momento los plebeyos obtienen el derecho de ser representados por dos magistrados especiales, los tribunos de la plebe (tribuni plebis), así mismo esta tenía la facultad de convocar una asamblea de la plebe (Concilium plebis) dio origen a los plebisitos (decisiones votadas por la plebe y que solo afectaban solo a los plebeyos, pero en el futuro se vieron obligatorias para los patricios.
1.-El senado: Durante el periodo dicho cuerpo consultor adquiere una importancia considerable, su opinión es considereada en todas las cuestiones importantes y esta capacitado para decidir asuntos relacionados con la paz y la guerra.

2.-Los comicios por tribus: Apareció en la república, los ciudadanos se agrupan atendiendo a un criterio territorial basado en el domicilio, Roma se dividio en 4 sectores o tribus, el campo Romano en 31 asi quedan la existencia de 4 tribus urbanas y 31 rusticas.

3.-Los magistrados: Los reyes quedaron sustituidos por dos magistrados llamados cónsules que eran los jefes civiles y militares del Estado, elegidos por comicios y cuyo cargo duraba un año.
a)
Cónsules que eran los jefes civiles y militares del Estado, elegidos por comicios y cuyo cargo duraba un año. Por su parte, la autoridad religiosa se separa de los poderes civiles y es confinada al gran Pontífice.
b)
Cuestores, nombrados por los cónsules y que en un principio los auxiliaron en el desempeño de sus funciones.
c)
Dictador nombrado por cualquiera de los cónsules, en momentos de crisis.
d)
Censores
e) ediles curules
f) los pretores urbanos
g) los pretores peregrinos

4.-Imperium: Facultad para sentenciar a una persona (monarquía= el Rey) (Republica= Jueces)

5.-Potestas: sufría limitaciones tales como el veto (intercessio) del tribuno de la plebe; la provocatio ad populum, recurso del que todo ciudadano disponía frente a la pena de muerte.

6.-Fuentes formales del derecho en la República:

En la etapa de la historia jurídica romana que nos ocupa ya existen verdaderas fuentes formales del derecho. La costumbre sigue existiendo al igual que en el periodo anterior, pero, por otro lado, ya contamos con la presencia de la ley, los plebiscitos, los senadoconsultos, los edictos de los magistrados y la jurisprudencia.

A) La ley: Se dice que la ley es una disposición dictada por el pueblo cuando éste se reunía en comicios Papiniano agrega a esta característica el hecho de que tales disposiciones deben ser de carácter general. Por otro lado, en sus Instituciones, Justiniano señala que la ley es aquello que el pueblo romano establece a propuesta de un magistrado. La ley consta de tres partes: a) praescriptio, b) rogatio y c) sanctio
a) Praescriptio Es aquella parte de la ley donde se indica el nombre del magistrado que la propuso y el día en que fue votada.
b).Rogatio. Es propiamente el texto de la ley y, por tanto, su parte más importante.
c).Sanctio. En ella se señalan las disposiciones relativas a su observancia, así como la sanción aplicable en caso de que la ley sea infringida.

Aquí se implementaron las XII:
Las Tablas I y II trataban sobre la organización y el procedimiento judicial
Tabla III, acerca de los deudores insolventes
Tabla IV, sobre la patria potestad
Tabla V, la tutela y la curatela
Tabla VI, sobre la propiedad
Tabla VII, acerca de las servidumbres
Tabla VIII, derecho penal
Tabla IX, referida al derecho público y a las relaciones con enemigos
Tabla X, derecho sagrado
Las Tablas XI y XII constituyen el complemento de las anteriores

B) Los plebiscitos:
De acuerdo con Gayo, plebiscito es todo aquello que la plebe ordena y establece En un principio estas medidas sólo eran obligatorias para los plebeyos, pero por disposición de la Ley Hortensia del año 287 a. C. se declaran obligatorias para todos los ciudadanos, adquiriendo así el carácter de ley.

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