LAS FUNCIONES DE LA CAMARA DE CUENTAS DE LA RD Y DE QUE FORMA PUEDE SER APODERADA ESTA.
cardj03Tesis13 de Diciembre de 2014
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UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS
UAPA
ESCUELA DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
LICENCIATURA EN DERECHO
LAS FUNCIONES DE LA CAMARA DE CUENTAS DE LA RD Y DE QUE FORMA PUEDE SER APODERADA ESTA.
DERECHO ADMINISTRATIVO
FACILTADOR
DR. JUAN RAUL QUIROZ
CESAR AUGUSTO REYES ADAMES – MAT. 13-3062
NAGUA, RECINTO CIBAO ORIENTAL REPÚBLICA DOMINICANA DICIEMBRE 2014
• Introducción
• Marco Teórico
• Las funciones de la Cámara de Cuentas
• Sistema nacional de control y auditoría
• Requisito para ser miembro de la cámara de cuentas
• Conclusión
• Recomendaciones
• Bibliografía
Leer más: http://www.monografias.com/trabajos89/camara-cuentas/camara-cuentas.shtml#ixzz3L89BhTpz
Introducción
La cámara de cuentas, como órgano superior de control externo de los recursos públicos de la República Dominicana, es una entidad que goza de un poder sobre las instituciones públicas que manejan recursos estatales, convirtiéndose en vigilante y observador del buen uso del patrimonio dominicano. La ley 10-04 de la cámara de cuentas nos da una herramienta moderna poderosa, con una estilo transparente, ágil, eficaz y sobre todo amparada en un marco legal donde sus atribuciones llegan a todas las instituciones vinculadas de un modo u otro al estado dominicano, que inciden en el que hacer publico.
En la República Dominicana está en marcha un importante proceso de reforma y modernización de las instituciones que conforman al estado en procura de hacerlas más dinámicas y eficientes.
Algunos sectores de la sociedad dominicana han manifestado recurrentemente su preocupación ante la repetida obsolescencia de la legislación que rige la existencia y el funcionamiento de la cámara de cuentas.
En este presente trabajo vamos a presentarles el concepto de la cámara de cuenta y las funciones que este debe de cumplir ante la sociedad.
Objetivo General
A través del estudio profundo de la ley 10-04 sobre la cámara de cuentas de la República Dominicana, pretendemos conocer profundamente las funciones y regulaciones que tiene este órgano estatal. En nuestro país la cámara de cuenta como órgano o institución estatal tiene fundamentalmente un rol muy importante, pues se encarga de verificar el gasto corriente, social y velar por los bienes del estado dominicano.
Esta institución vigila, supervisa todo lo que tiene que ver con el uso de los fondos públicos atreves de auditorías e inspecciones que ejecuta de manera periódica a las instituciones estatales; y rinde un informe anual en la primera legislatura ordinaria al congreso de la república.
Objetivos Específicos
Definir que es la cámara de cuanta.
Analizar como funcional la cámara de cuanta.
Marco Teórico
Nuestro conocimiento previo sobre el tema de la Cámara de Cuentas, no eran tan claro hasta el momento de realizar esta investigación. Pienso que esto puede ofrecer un gran conocimiento para el ejercicio de nuestra carrera en un futuro, además tenemos más conocimientos de la administración pública en nuestro país.
Origen de la cámara de cuenta
Sus orígenes vienen desde la primera constitución en 1844, aunque esta no se consagraba como se le conoce hoy en día, pero si se establecía como un consejo administrativo, compuesto por funcionarios que le rendía cuenta al congreso.
Más tarde con la constitución de moca se estableció una cámara de cuentas permanente, con las características que se conocen hasta hoy en día.
Hoy en día la cámara de cuentas de la república dominicana a iniciado un proceso de desarrollo y fortalecimiento institucional de cara a los nuevos tiempos, y entendiendo el importante rol que debe desempeñar, como órgano superior, responsable de la correcta fiscalización y salvaguarda del patrimonio de los dominicanos.
Definición de la Cámara de Cuentas.
La cámara de cuentas es el órgano superior del sistema nacional de control y auditoria. Tiene facultad para emitir normativas de carácter obligatorio, promover alcanzar la coordinación de los organismos responsables del control y la auditoria de los recursos publico. La Constitución de la República en su Artículo 248, precisa que habrá una Cámara de Cuentas permanente, elegidos por el Senado de las ternas que le presente el Poder Ejecutivo. Es un organismo fiscalizador del patrimonio público de la republica dominicana y encargado de dar descargo a los administradores por su gestión.
La Ley 10-04 de Enero del 2004 de la Cámara de Cuentas, ha buscado reemplazar un régimen legal obsoleto, limitado e ineficaz para instaurar una dinámica transformadora que actualice el desarrollo institucional para un ejercicio más efectivo del control público en la República Dominicana.
Objeto de la Cámara de Cuentas.
La presente ley tiene por objeto establecer las atribuciones y competencia de la cámara de cuentas, es instituir el Sistema Nacional de Control y Auditoria, armonizar la institución las normas legales relativas al citado Sistema, identificar las instituciones responsables de aplicarlas y jerarquizarla su autoridad, facilitar la coordinación interinstitucional, promover la gestión ética, eficiente, eficaz y económica de los administradores de los recursos públicos y facilitar una trasparente rendición de cuentas de quienes desempeñan una función publica o reciben recursos públicos.
En el marco de la formulación de su Plan Estratégico, la Cámara de Cuenta estableció su misión institucional de la manera siguiente:
Proteger el patrimonio del Estado dominicano, fiscalizando con independencia y eficacia la gestión de los administradores de recursos públicos y rendir informe a la Nación.
La cámara de cuentas de la Republica Dominicana, en su calidad de órgano instituido por la constitución, goza de autonomía administrativas, operativa y presupuestaria, además tiene personalidad jurídica instrumental, correspondiéndole al examen de las cuentas generales y particulares de la Republica mediante auditorias, estudios e investigaciones especiales para informar a quienes sea de rigor.
Elementos del Sistema Nacional de Control y Auditoria estará integrado por:
1) el control externo: este consiste en el examen profesional, objetivo. Independiente, sistemático y selectivo de evidencias, efectuado con posterioridad a la actuación o gestión de los administradores, de las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, sujetas a esta ley. Corresponde a la cámara de cuentas la rectoría de este control.
2) control interno: es el conjunto de planes, estrategias, sistema, normas y procedimientos establecidos para proteger los recursos públicos, alcanzar sus objetivos con ética, y asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes y la confiabilidad en la información gerencial, así como facilitar la transparente rendición de cuentas de los servidores públicos. Este control esta a cargo de la Contraloría General de la Republica y sus unidades de Auditoria Interna, dentro del ámbito de su competencia.
3) Control legislativo: corresponde al Congreso Nacional ejercer la fiscalización de los recursos públicos en base, entre otros, a los informes presentados por la cámara de cuentas, de conformidad con las normas constitucional y esta ley.
4) Control social: la sociedad dominicana a través
La línea de la cámara de cuenta para sus políticas
a) Autonomía funcional y presupuestaria de la Cámara de cuenta
b) Establecimiento de un Sistema Nacional de Control y Auditoria
c) Armonización de las normas relativas al control y Auditoria
d) Análisis y examen de las cuentas a través de la Auditoria Gubernamental.
e) Ampliación de las atribuciones de la CC
f) Fortalecimiento de las relaciones con el Congreso Nacional
g) Establecimiento de un Sistema de Rendición de Cuentas que involucre a usuarios y usuarias de los servicios de la CC
h) Fortalecimiento del soporte tecnológico.
Según el artículo dos de la presente ley rige para:
1- los poderes públicos, órganos institucionales y sus dependencias.
2- los órganos que conforman la administración publica central.
3- Las
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