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La Especulación


Enviado por   •  3 de Marzo de 2015  •  Síntesis  •  1.368 Palabras (6 Páginas)  •  188 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para La Educación Superior

Universidad Bolivariana de Venezuela

Estudios Jurídicos

Mérida, Edo – Mérida

Prof. Aboga. María Ordoñez

Noviembre 2014

La Especulación

Es la práctica de comprar a precios bajos con la mala intención de vender, posteriormente, a precios mucho más alto. En Venezuela la especulación es sancionada severamente. Este acto, es uno de los factores que más influye en la inflación.

De acuerdo a la constitución en su Artículo 114, confirma q es un delito económico el cual será sancionado severamente de acuerdo con la Ley.

En la Ley Especial de Defensa Popular contra Acopamiento, La Especulación, El Boicot y cualquier conducta que afecte el consumo de alimentos o productos sometidos al control de precios, en su Artículo 21.

Nos deja saber, que todo el que venda estos alimentos o productos controlados , a precio superior al fijado por las autoridades, incurre en el delito de ESPECULACION y será sancionado por prisión de 2 a 6 años y con multa de 130UT a 20.000UT… Igual es la pena para quienes compran estos alimentos sometidos a control de precio, siempre y cuando no sean para consumo propio, se sobre entiende que son para fines Especulativos.

Artículo 137 de la Ley Paras La Defensa De Las Personas, en el acceso a los bienes y servicios REZA: Quienes vendan bienes declarados de primera necesidad a precios superiores a los a los fijados por las autoridades competente, alteren la calidad o condicionen su venta, incurrirán en el delito de especulación y serán sancionados a prisión de 2 a 6 años.

El Acaparamiento

Es la práctica monopolística tendiente al encarecimiento de un producto mediante la congelación de su Oferta, antes de que lleguen al mercado de consumo, con el fin de venderlos cuando los precios de los mismos ya mencionados resulten superiores a los actuales.

La podemos definir como:

 Restricción de la oferta circulación o distribución de los bienes de primera necesidad.

 Retención de los bienes de primera necesidad con o sin ocultamiento.

En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 114, confirma q es un delito económico el cual será sancionado severamente de acuerdo con la Ley.

En la Ley Especial de Defensa Popular contra Acopamiento, La Especulación, El Boicot y cualquier conducta que afecte el consumo de alimentos o productos sometidos al control de precios, en su Artículo 20.

Podemos ver que todo aquel que restrinja la Ofertas, circulación o distribución de aquellos alimentos o productos sometidos a control de precios, para provocar escasez y esperar el aumento de precios incurrirá en el delito de acaparamiento y será sancionado con prisión de 2 a 6 años y con una multa de 130 UT A 20.000 UT.

Artículo 138 de la Ley Paras La Defensa De Las Personas, en el acceso a los bienes y servicios REZA:

‘’quienes restrinjan la oferta, circulación o distribución de bienes declarados de primera necesidad, retengan los mismos, con o sin ocultamiento, para provocar escasez y aumento de los precios, incurrirán en el delito de acaparamiento y serán sancionados con prisión de 2 a 6 años.

El Boicot

Esta conducta ilícita la conocemos como aquella que es realizada por personas que conjunta o separadamente lleven a cabo acciones que impidan, de manera directa o indirecta, la producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de alimentos o productos de primera necesidad.

Este ilícito se encuentra establecido en el artículo 7 de la Ley para Promover y Proteger el ejercicio de la Libre Competencia.

En Venezuela se encuentra penado en la Ley Especial de Defensa Popular contra Acopamiento, La Especulación, El Boicot y cualquier conducta que afecte el consumo de alimentos o productos sometidos al control de precios, en su Artículo 24.

Serán sancionados con prisión de 2 a 6 años y con multa de 130 UT a 20.000 UT.

Artículo 139 de la Ley Paras La Defensa De Las Personas, en el acceso a los bienes y servicios REZA:

‘’Quienes separada o conjuntamente, desarrollen o lleven

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