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PRESUPUESTO


Enviado por   •  6 de Marzo de 2015  •  3.271 Palabras (14 Páginas)  •  210 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Puede decirse que siempre ha existido en la mente de la humanidad, la idea de presupuestar, lo demuestra el hecho de que los egipcios hacían estimaciones para pronosticar los resultados de su cosecha de trigo, con objeto de prevenir los años de escasez, y que los romanos estimaban las posibilidades de pago de los pueblos conquistados, para exigirles el tributo correspondiente. Sin embargo, no fue hasta fines del siglo XVIII cuando el presupuesto comenzó a utilizarse como ayuda en la Administración pública, al someter el Ministro de finanzas de Inglaterra a la consideración del parlamento, sus planes de gastos para el periodo fiscal inmediato siguiente, incluyendo un resumen de gastos del año anterior, y un programa de impuestos y recomendaciones.

Es por ello, que el presupuesto nacional se refiere a los gastos e ingresos estimados que tiene el Estado relativos a un año calendario en particular. Tiene entre sus múltiples propósitos realizar una evaluación del total de los ingresos y los gastos del Estado. Busca establecer un razonable equilibrio entre los gastos y los ingresos, haciendo posible una evaluación de los efectos que ellos producirán sobre la economía. Se puede decir que es un importante instrumento de gestión pública que debe reflejar los lineamientos de acción propuestos por el Ejecutivo. De allí sus vínculos con los Lineamientos Generales del Plan de la Nación. Igualmente la elaboración del Plan Operativo Anual debería cada vez más ser la expresión de un conjunto de prioridades que permitan orientar la acción gubernamental.

Destacando que sus objetivos e instrumentos provenientes de la esfera de lo público no sólo tienen que ver con aspectos normativos, como reglas y principios para conseguir un deber ser, sino también con la utilización de recursos concretos y específicos conducidos a determinados fines socioeconómicos.

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

BASES LEGALES:

 Constitución de la república bolivariana de Venezuela artículos 62, 66, 70, 168, 182, 184.

 Ley orgánica de los consejos locales de planificación publica artículo 2, 6 numeral 3 y 34.

 Ley orgánica de planificación publica popular artículos 1, 7, 8.

 Ley orgánica del poder público municipal artículos 7, 252, 253, 269

 Ley orgánica de la administración pública articulo 138

 Ley contra la corrupción artículos 9, 10, 12

 Ley de los consejos comunales artículo 56

El presupuesto participativo se encuentra contemplado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como parte de los derechos del pueblo a participar en los procesos de formación, ejecución y control de los asuntos públicos (artículo 62); y más precisamente como el derecho de las comunidades, de los ciudadanos y ciudadanas a vincularse en la formulación de propuestas de inversión, ante autoridades estadales y municipales (artículo 184).

Por otra parte, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPMP, 2005) determina las condiciones para la incorporación de las necesidades y propuestas presentadas por las comunidades en el presupuesto de inversión de cada alcaldía (artículo 234). De la misma manera, el presupuesto participativo está determinado como un medio del pueblo en el ejercicio de su soberanía (artículo 261); y también es definido en forma particular, como el resultado de la utilización de los procesos; mediante los cuales vecinas y vecinos proponen, deliberan y deciden en la formulación, ejecución, control y evaluación del presupuesto de inversión anual de cada municipio (artículo 271).

El presupuesto participativo está recogido de manera especial en la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública (año 2006). En esa, se estima al presupuesto participativo como parte del Plan Municipal de Desarrollo (artículo 34). También se ofrece un concepto de presupuesto participativo (artículo 35) acorde con la contenida en la LOPPM; y, se incorpora una importante definición del diagnóstico participativo (artículo 36), como una fase importante para la elaboración del presupuesto participativo. Cabe destacar, que esta la Ley, establece la necesaria incorporación de los Consejos Comunales a toda esta serie de eventos de transcendencia para el desarrollo del municipio. Y por supuesto, que la Ley de los Consejos Comunales del año 2006 también incluye el tema del presupuesto participativo, como una función de la unidad de gestión financiera de cada consejo (artículo 22).

Y por consiguiente la ley contra la corrupción que hace referencia a que los particulares y las organizaciones de la sociedad tienen derecho a participar en la formulación, evaluación y ejecución presupuestaria de acuerdo con el nivel político territorial correspondiente, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley

Con todo lo anteriormente expuesto, podemos decir entonces que el presupuesto participativo, son una herramienta de participación y gestión de la ciudad, mediante la cual la ciudadanía puede proponer y decidir sobre el destino de parte de los recursos municipales. Instrumento de política y de gestión, a través del cual las autoridades regionales y locales, así como las organizaciones de la población debidamente representadas, definen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar los recursos, los cuales están directamente vinculados a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. Tiene como principal objetivo la participación directa de la ciudadanía en este proceso, con el fin de establecer las principales demandas y preocupaciones de los vecinos y vecinas en materia generalmente de gastos (actividades, inversiones públicas...) e incluirlos en el presupuesto anual de la ciudad, priorizando los más importantes y realizando un seguimiento de los compromisos alcanzados.

El principal aporte de los Presupuestos Participativos es el asentamiento de la idea de una ciudadanía activa, haciendo partícipe al vecino y vecina de la marcha de la ciudad. Entender, en definitiva, la gestión pública como algo que tiene que ver con nuestras vidas, y que podemos no solo participar, sino también decidir sobre estos asuntos públicos.

• Mayor transparencia y eficiencia en la gestión municipal, al compartir entre todos el debate acerca de en qué se van a gastar nuestros impuestos.

• Mejora de la comunicación entre administración y ciudadanía, generando espacios de interlocución entre políticos/as, vecinos/as, colectivos y personal técnico.

• Es un proceso abierto a todo el mundo, que posibilita la participación directa de todas las personas, superando así la lógica participación representativa, que se limita a la acción de votar cada cuatro años.

• Se trata de un proceso autorregulado, es decir, que son los propios participantes los que deciden cómo deben ser las «reglas del juego» que deben regir el proceso.

• Fomenta la reflexión activa y la solidaridad por cuanto todos los vecinos y vecinas tienen la oportunidad de conocer y dialogar sobre los problemas y demandas del resto.

El Presupuesto Participativo cumple lo siguiente:

• Transparencia y control ciudadano

• Modernización y democratización de la gestión pública

• Fortalecimiento de la gobernabilidad democrática del país

• Construcción de capital social

• Participación ciudadana en la planificación y gestión pública

Es importante mencionar, que no significa que el gobierno local debe realizar lo que el pueblo diga en todo momento sino lograr el mayor grado de concertación y priorizar de manera real las necesidades de una comunidad, logrando decisiones compartidas.

Cabe destacar que dicho presupuesto debe basarse en principios como la transparencia (información suficiente y oportuna), eficacia, eficiencia, tolerancia, igualdad, participación, concertación, respeto a los acuerdos (compromiso concertado de cumplimiento). Debe fomentar la igualdad de oportunidades, ser racional y coherente, es decir, se deben tener en cuenta los recursos disponibles para realizar los gastos (equilibrio entre los ingresos y gastos), tomar en cuenta que los problemas no siempre se solucionan a corto plazo, sino también a mediano y largo plazo.

A través de él Presupuesto Participativo los ciudadanos pueden, directa y concretamente, operar la lucha por sus derechos, combinando la decisión individual (querer participar) con la participación colectiva (que genera decisiones públicas). El objetivo es permitir que cada ciudadano pueda interferir en la creación de las políticas públicas y en las demás decisiones de gobierno, que tengan importancia para el futuro de la comunidad.

Para que el Presupuesto Participativo tenga el éxito deseado el gobierno local debe dirigir información a través de los medios de comunicación existentes en su comunidad para que los habitantes comienzan a tener conciencia de que vale la pena ir al Presupuesto y de que sus opiniones si van a ser tomadas en cuenta, que las influencias personales y partidistas quedan fuera de este contexto. Para ello es necesario convocar al Consejo Local de Planificación Pública, los consejos comunales, los comités de tierras, las misiones educativas, las asociaciones de vecinos, organizaciones no gubernamentales y comunidad en general.

CARACTERÍSTICAS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

a) Participativo, reconociendo la multiplicidad de actores y roles de la sociedad debidamente organizada, permite la participación, de quienes no ostentan el mandato popular, en un marco institucional con arreglo a Ley, en el proceso de toma de decisiones y en la ejecución conjunta de las acciones destinadas a alcanzar los objetivos considerados en el Presupuesto y en los Planes de Desarrollo Concertados.

b) Racional y coherente, los presupuestos están equilibrados entre ingresos y gastos; se enmarcan en las políticas sectoriales nacionales, y las acciones priorizadas que comprenden están relacionadas a la consecución de los objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Concertado y la efectiva disponibilidad de recursos en un marco que contribuye a la sostenibilidad de las finanzas públicas.

c) Flexible, el proceso y sus productos deben tener la capacidad de adaptarse a los cambios políticos, sociales y económicos que afecten a la Región o Municipio.

d) Multianual, las acciones priorizadas, pueden trascender el año fiscal, de manera consistente con los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.

e) Concertado, permite a través de la interacción de múltiples actores sociales con diversidad de enfoques, identificar los intereses, problemas, soluciones y potencialidades de desarrollo de un determinado territorio y/o grupo social; y en consecuencia determinar acuerdos y definir acciones destinadas a resolver los problemas y aprovechar las potencialidades.

f) Gradual e irreversible, el proceso participativo debe ir desarrollándose hasta alcanzar el 100% de sus presupuestos de inversiones y acciones de promoción y coordinación del desarrollo.

En conclusión, El “presupuesto participativo”, le permite a la población involucrarse en la definición de las prioridades de inversión pública local en la discusión y aprobación del presupuesto público del municipio y en el control de su ejecución.

ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS.

En los Municipios, el presupuesto público permite la satisfacción de las necesidades de las comunidades, así como los gastos de operatividad de la entidad. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha reconocido la participación ciudadana en la gestión pública, inclusive en la actividad presupuestaria, lo cual es un gran avance para la satisfacción de las necesidades de la población y la solución de problemas de interés público.

Presupuesto de ingreso

Es una estimación que hace el estado a través de sus ingresos ordinarios y extraordinarios como por ejemplo: impuestos y contribuciones obligatorias, contribuciones sociales, venta de bienes y servicios y derechos administrativos, transferencias, otros ingresos, venta de activos financieros y no financieros y a través del endeudamiento.

Los ingresos públicos de acuerdo a la ONAPRE: “son las diversas formas de agrupar, ordenar y presentar los recursos públicos, con la finalidad de realizar análisis y proyecciones de tipo económico y financiero que se requiere en un período determinado”, en vista de lo anterior, estas recaudaciones presentan tres clasificaciones:

De acuerdo a su periodicidad: Se encarga de agrupar los ingresos en función de la periodicidad en que los recibe el gobierno; los ingresos bajo por su frecuencia se clasifican en ordinarios y extraordinarios. En forma periódica se recaudan los ingresos ordinarios, de acuerdo a la ONAPRE: los ingresos ordinarios provienen de fuentes tradicionales, constituidas por los tributos, las tasas y otros medios periódicos de financiamiento del Estado” Los ingresos, extraordinarios son esporádicos, de acuerdo al artículo 14 de la Ley Orgánica de Régimen Presupuestario: “ Son extraordinarios los ingresos fiscales no recurrentes, tales como los provenientes de operaciones de crédito público, de Leyes que originen ingresos de carácter eventual o cuya vigencia no exceda de tres años y de la venta de activos propiedad del Estado

Por su carácter económico: los ingresos públicos vvvv se clasifican en corrientes, recursos de capital y fuentes financieras: Los ingresos corrientes: son los que se generan por concepto de ingresos tributarios y no tributarios, así como de transferencias recibidas para financiar gastos corrientes, generalmente, estos ingresos no producen el agotamiento de la fuente de donde proceden, dentro de ellos se tienen: el superávit de operación de PDVSA, superávit operación EPNF, impuestos y contribuciones SSO, utilidades del BCV, el neto de FOGADE.

Los recursos de capital: son los que se originan por la venta de bienes de uso, muebles e inmuebles, indemnización por pérdidas o daños a la propiedad, cobros de préstamos otorgados, disminución de existencias, privatizaciones, etc., son resultado de una fuente agotable y en consecuencia, producen una disminución de los activos del gobierno.

Las fuentes financieras: se generan por la disminución de activos financieros (uso de disponibilidades, venta de bonos y acciones, recuperación de préstamos, entre otros.) y el incremento de pasivos (obtención de préstamos, incremento de cuentas por pagar, entre otros).

Clasificación por su origen: Esta clasificación se fundamenta en uno de los aspectos que caracterizan la estructura económica de Venezuela, donde una elevada proporción de productos se realizan en actividades petroleras y de hierro, lo cual implica que la mayoría de los ingresos surgen de las operaciones ejecutadas en el exterior con origen tributario y no tributario.

Entendemos por presupuesto al conjunto de gastos y entradas que una persona, entidad o gobierno puede proveer para un período determinado en lo que respecta a sus finanzas. La idea de presupuesto siempre supone una previsión de las finanzas personales o estatales ya que para confeccionar un presupuesto se requiere cierta anticipación no sólo de los gastos que se deberán realizar en el tiempo determinado si no también de las ganancias o entradas de capital que pueda significar ese período.

ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS.

CUENTAS DE INGRESOS SALDOS

INGRESOS PETROLEROS 51.714.000

IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES OBLIGATORIAS

57.560.000

VENTA DE BIENES Y SERVICIOS Y DERECHOS ADMINISTRATIVOS

30.000.000

DIVIDENDOS 4.300.000

OTROS INGRESOS 2.000.000

VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 80.000

VENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS 40.000

ENDEUDAMIENTO 2.500.000

======================

TOTAL INGRESOS 148.194.000

CUENTAS DE EGRESOS SALDOS

RESERVA DE CONTINGENCIA 14.819.400

PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES 11.512.000

BIENES Y SERVICIOS 40.000.000

DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 15.000.000

OTROS GASTOS 3.000.000

ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 10.000.000

SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA 5.000.000

================

TOTAL EGRESOS 99.331.400

INGRESOS - EGRESOS 48.862.600

MANEJO DEL CLASIFICADOR DE LAS PARTIDAS DEL PRESUPUESTO

Son instrumentos normativos que permiten la agrupación o estructuración de los ingresos y gastos de acuerdo a ciertos criterios, que permite presentar todo los aspectos posibles de las transacciones gubernamentales, generando información que se ajusta a los requerimientos de los funcionarios de gobierno, análisis económico, organismos internacionales y público en general. La clasificación económica del presupuesto tiene por objetivo determinar el origen de los ingresos y los motivos del destino de éstos. La clasificación económica considera como ingresos presupuestarios toda transacción gubernamental que implica la utilización de un medio de financiamiento y como gastos presupuestarios toda transacción que implica una aplicación financiera o un uso de fondos.

La clasificación económica del presupuesto tiene por objetivo determinar el origen de los ingresos y los motivos del destino de éstos. La clasificación económica considera como ingresos presupuestarios toda transacción gubernamental que implica la utilización de un medio de financiamiento y como gastos presupuestarios toda transacción que implica una aplicación financiera o un uso de fondos.

Su estructura está constituida de la siguiente manera:

a) Existe un clasificador único para identificar las partidas del ingreso y los gastos, denominado Tipo de Transacción y que está dividido en: ingresos presupuestarios y gastos presupuestarios.

b) Cada Tipo de Transacción está dividido en tres Niveles: Genérica, Subgenérica y Específica.

c) La estructura está compuesto por 6 campos.

Clasificador de Fuentes de Financiamiento

Según el numeral 2 del artículo 11° de la Ley N° 28411, las fuentes de Financiamiento agrupan los fondos públicos de acuerdo al origen de los recursos que lo conforman. Las Fuentes de Financiamiento se establecen en la Ley de Equilibrio del Presupuesto del Sector Público

Clasificador Funcional Programático

La Séptima Disposición Transitoria de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo dispone que mediante Decreto Supremo se aprobará el Clasificador Funcional, la misma que se concretizó a través del Decreto Supremo N° 068-2008-EF, que tiene como propósito La homogenización y sistematización de la información con fines estadísticos, así como el estudio y análisis de la materia fiscal en el que se distingue el “Clasificador Funcional” y el “Clasificador Programático”. Según la Sexta Disposición Final de la Ley N° 29465, las modificaciones al Clasificador Funcional Programático se aprueban mediante Resolución Directoral por parte de la Dirección General del Presupuesto Público.

Categorías de Gasto

Gasto Corriente: Todos los gastos destinados al mantenimiento u operación de los Servicios que presta el Estado; estando comprendidas en dicho concepto las siguientes partidas: Personal y Obligaciones Sociales, Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, Bienes y Servicios, Donaciones y Transferencias Corrientes, Subsidios, Transferencias Corrientes a Instituciones sin Fines de Lucro, Subvenciones a Personas Naturales, Pago de Impuestos, Derechos Administrativos y Multas Gubernamentales y Pago de Sentencias Judiciales, Laudos Arbitrales y Similares”.

Gasto de Capital: Todos los gastos destinados al aumento de la producción o al incremento inmediato o futuro del patrimonio del Estado; estando comprendidas en dicho concepto las siguientes partidas: Donaciones y Transferencias de Capital, Transferencias de Capital a Instituciones sin Fines de Lucro, Adquisición de Activos no Financieros y Adquisición de Activos Financieros.

Servicio de la Deuda: Todos los gastos destinados al cumplimiento de las obligaciones originadas por la deuda pública, sea interna o externa; estando comprendidas en dicho concepto la partida “Servicio de la Deuda Pública”.

El Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos toma especial relevancia ya que de su contenido, de la forma como se organiza y del grado de universalidad que contiene, no sólo depende la calidad y utilidad de las salidas del sistema integrado, sino que condiciona la conectividad del sistema integrado con otros sistemas de información de la gestión pública venezolana. También constituye la estructura presupuestaria de los distintos conceptos de gastos, así como el ordenamiento de los datos estadísticos mediante los cuales se resumen, consolidan y organizan las estadísticas presupuestarias con el fin de generar elementos de juicio para la planificación de las políticas económicas y presupuestarias, facilitar el análisis de los efectos económicos y sociales de las actividades del sector público y su impacto en la economía o en sectores particulares de la misma, y hacer posible la formulación y ejecución financiera del presupuesto.

Dentro de sus principales objetivos se encuentran:

Identificar y registrar la totalidad de los flujos de origen y aplicación de los recursos financieros.

Interrelacionar y presentar la información presupuestaria sobre bases homogéneas y confiables, facilitando la integración de los sistemas de administración financiera del Estado.

Registrar por partida simple y por partida doble, toda transacción económica y financiera, haciendo posible la modernización y una mayor transparencia de la gestión pública.

Realizar el seguimiento periódico de la ejecución presupuestaria de pagos, de inversiones y de crédito público, así como el cierre legal del presupuesto entre otras.

Finalmente podemos deducir de todo lo anteriormente expuesto en el presente trabajo, que las sociedades actuales vienen buscando y planteando nuevas alternativas que les permita superar las enormes brechas sociales y económicas, por lo que vienen incorporando la participación ciudadana en la toma de decisiones sobre la gestión de los recursos públicos en función de prioridades locales cuya orientación está dirigida por un conjunto de políticas y planes previamente concertados y que se articulan con los presupuestos participativos en toda la república desde las instancias regionales, estadales, municipales y comunales, los mismos que se relacionan con el proceso de descentralización del país y el interés de mejora del gasto público.

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