Presentación Personal En El Curso Virtual
gloriaacevedo6615 de Junio de 2015
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• Que es una partida conciliatoria?
Yo lo que hago es recopilar los extractos bancarios y comprobar si el saldo coincide con el que arroja la contabilidad. En caso contrario me toca localizar desde cuando se produce el descuadre y puntear los movimientos del extracto con los de la cuenta hasta dar con el error.
1º)DETERMINAR LOS SALDOS: Se refiere al saldo que la contabilidad de la empresa expresa poseer en el banco y el que este comunica q la empresa tiene.
Estos saldos se obtienen del mayor de la cuenta "Banco" y el del banco se obtiene del "Estado de Cuenta Bancario"
2º)DETERMINAR PARTIDAS CONCILIATORIAS: Surge de la comparación entre los registros nombrados en el paso 1 Aca es donde debemos detectar los errores u omisiones en ambos.
3º)PRESENTAR POR ESCRITO LAS CONCILIACIONES: Consiste en anotar las partidas conciliatorias que expican las diferencias entre un saldo y otro.
Se anotan ambos saldos por separado llegándose a un saldo real igual para los dos luego de sumar y restar las partidas conciliatorias que faltan tomar en cuenta en cada uno.
4º)AJUSTES:
Cuando la empresa ha omitido alguna registración deberá efectuar el ajuste a efectos de que el saldo de la cuenta "banco" sea correcto.
5º)SEGUNDA CONCILIACIÓN: Luego de efectuada la conciliación se proceden a hacer los ajustes, entonces habrá que presentarla nuevamente con los saldos contables ajustados.
• Que es causación?
Continuando con nuestros conceptos básicos de contabilidad, en esta oportunidad expondremos el tema de la contabilidad por casuación.
La contabilidad de causación es aquella contabilidad en la que los hechos económicos se registran en el momento en que suceden, sin importar si hay una erogación o un ingreso inmediato como consecuencia de la realización del hecho económico.
La contabilidad por causación reconoce la realización de los hechos económicos en el momento mismo en que surgen los derechos o las obligaciones, sin llegar a esperar a que esos derechos y obligaciones se hagan efectivos.
Una cosa es adquirir una obligación y otra bien distinta es cumplirla, luego, la contabilidad de causación reconoce la existencia de esa obligación en el momento mismo en que nace, así no se haya cumplido con ella.
Por ejemplo, cuando un ente económico se obliga a pagar un determinado valor a un tercero en un futuro cercano. En el mimo momento en que el ente se obliga a pagar ese valor, la contabilidad lo reconoce no obstante el pago sólo se realice en un tiempo futuro.
La contabilidad de causación permite en todo momento mostrar un resultado cierto y objetivo, por cuanto registra y contiene todos los hechos que obligan o que benefician al ente económico, así su realización efectiva sea futura.
Esto es importante por cuanto todo compromiso a favor o en contra del ente, afecta tanto el presente como el futuro financiero del ente, y por consiguiente, es preciso conocerlo para poder tomar decisiones con la certeza de una determinada realidad presente y futura.
Las obligaciones, tarde o temprano hay que cumplirlas, así que desde su surgimiento deben ser reconocidas por la contabilidad. Igual sucede con los derechos a favor; tarde o temprano se harán efectivos y desde su nacimiento hay que conocerlos y trabajar con base a ellos, y esto es lo que permite la contabilidad de causación.
La contabilidad solo puede medir los hechos económicos que se hayan efectivamente causados o realizados. Las transacciones y operaciones económicas se consideran contablemente causadas o realizadas cuando se efectúan operaciones o eventos internos o externos, que impliquen la adquisición de obligaciones y derechos así no se haya perfeccionado formalmente el pago, y además, cuando ocurre o se realizan operaciones económicas a nivel interno o extenso que modifiquen o generen algún efecto en la estructura del ente contable como el cambio en sus recursos que puedan ser adecuadamente cuantificados.
Realización. Solo pueden reconocerse hechos económicos realizados. Se entiende que un hecho económico se ha realizado cuando quiera que pueda comprobarse que, como consecuencia de transacciones o eventos pasados, internos o externos, el ente económico tiene o tendrá un beneficio o un sacrificio económico, o ha experimentado un cambio en sus recursos, en uno y otro caso razonablemente cuantificables.
Para medir el ingreso y establecer el cambio en el patrimonio de los accionistas se debe tener en cuenta dos condiciones:
q Que se haya cumplido o que se esté virtualmente cumpliendo el ingreso.
q Que éste haya sido el producto de un intercambio económico.
• Cuando se saca retefuente?
Nota: Tenga en cuenta que los porcentajes o tarifas de retención en la fuente por compras han cambiado: 2.5% para sujetos pasivos declarantes de renta y 3.5% para sujetos pasivos para sujetos pasivos no declarantes, por lo que el ejemplo aquí expuesto debe ser ajustado a esas nuevas tarifas.
Entre las operaciones más comunes que deben conocer contadores, auxiliares contables y estudiantes de Contabilidad, se trata de la contabilización de las compras. De las compras, para algunos lo que presenta mas trabajo es la retención en la fuente. Seguramente para un contador o un auxiliar experimentado esto resulta muy sencillo, pero no así para quienes apenas se inician en el mundo de la contabilidad, tanto así, que la retención en la fuente por compras es de los temas mas consultados en Gerencie.com, y como respuesta a eso, trataremos de desarrollar el tema de una forma muy sencilla con la aplicación de algunos ejemplos.Procedimiento tributario 2015
Ya sabemos que la retención en la fuente no es un impuesto, sino una cobro anticipado de un impuesto, que puede ser el impuesto de renta (Retención por renta), Impuesto a las ventas (Reteiva o retención en la fuente por Iva) y el Impuesto de industria y comercio (Reteica).
La retención en la fuente la practica la persona que hace el pago, es decir, el comprador, quien es conocido como agente retenedor (Vea: Agentes de retención).
La retención en la fuente consiste en retener parte del valor de la venta, según la tarifa y el concepto sujeto a retención.
Ejemplo: La empresa A compra a la empresa B el valor de $100, luego la empresa A solo le paga a la empresa B $96.5, los restantes $3.5, los retiene por concepto de renta.
Contabilización de la retención en la fuente
Ejemplo de compra de mercancías en el que operan todas las retenciones:
Compra: 2.000.000
Iva: 320.000
Valor total: 2.320.000
Retención por renta: 50.000 (2.000.000 * 2.5%)
Retención por Iva: 48.000 (320.000 * 15%)
Retención por Ica: 2.000 (2.000.000 * 4X1.000)
Valor neto a pagar: 2.220.000
Cuenta Debito Crédito
143505 2.000.000
240805 320.000
236540 50.000
236701 48.000
236801 8.000
111005 2.220.000
• Explicación
La retención en la fuente por renta y por Iva se aplica cuando la compra antes de Iva sea igual o superior a 27 UVT. La tarifa para compras es del 2.5%. La tarifa de Reteiva es del 15% del valor del Iva.
La retención por Ica es diferente para cada municipio, puesto que el Impuesto de industria y comercio es un impuesto municipal y cada uno determina la base y la tarifa.
La retención se aplica antes del impuesto a las ventas. A manera de ejemplo si la compra es de 1.000 mas Iva de 160, la base sobre la que se debe calcular la retención es 1.000 y no 1.160.
Para el caso de determinar la tope para aplicar retención, igualmente se tiene en cuenta el valor antes de Iva. La retención por compras se aplica a partir de 725.000 (año 2013). Esos 725.000 son antes de Iva. Si por ejemplo, el valor de la compra es de 500.000 mas 80.000 de Iva, aunque la operación total suma 580.000, no se aplica retención puesto que el valor a tener en cuenta es el de la compra sin Iva que en este caso es de 500.000.
• Autoretención
Recordemos que cuando la compra se hace a una persona que pertenece al grupo de los Grandes contribuyentes no se le practica retención en la fuente, puesto que estos por regla general [no siempre] son autoretenedores y ellos mismos son quienes deben practicarse la respectiva retención.
En este caso, el comprador no practica retención alguna, lo hace el vendedor, quien hará el siguiente registro.
Supongamos:
Compra: 1.000.000
Iva: 160.000
Valor total: 1.160.000
Contabilización del vendedor
Cuenta Debito Crédito
111005 1.160.000
135515 25.000
4135 1.000.000
240805 160.000
236575 25.000
Explicación
El vendedor por ser gran contribuyente recibe todo el valor, puesto que el comprador no le retienen ni por renta ni por Iva y dependiendo del municipio muy seguramente tampoco le retiene por Ica.
La autoretención por renta se lleva tanto al pasivo como al activo, puesto que debe ser pagada en la respectiva declaración mensual de retención (pasivo), y luego puede descontarla de la declaración de renta en el respectivo periodo gravable (activo).
No existe la figura de autoretención por Iva, por lo que no habrá retención por parte del comprador ni habrá autoretención por parte del vendedor.
Para este caso, la contabilización por parte del comprador seria:
Cuenta Debito Crédito
143505 1.000.000
2408 160.000
111005 1.160.000
Nota: No se practica retención en la fuente por renta por
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