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REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO


Enviado por   •  2 de Octubre de 2012  •  1.922 Palabras (8 Páginas)  •  478 Visitas

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CONSULTA DE REGLAMENTO INTERNO DE UNA EMPRESA.

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

DE LA EMPRESA NACIONAL DE LA COCA SOCIEDAD ANONIMA

I. GENERALIDADES: El Reglamento Interno de Trabajo es el instrumento de carácter laboral que Tiene por finalidad establecer las condiciones, derechos y obligaciones laborales A las que deben sujetarse la Empresa Nacional de la Coca Sociedad Anónima y Sus trabajadores, en armonía con las disposiciones legales vigentes.

II. ALCANCE: Las disposiciones del presente Reglamento son de estricto y obligatorio Cumplimiento de los trabajadores de la Empresa Nacional de la Coca Sociedad Anónima.

CAPITULO I

DEL INGRESO DEL PERSONAL Y RÉGIMEN LABORAL

Artículo 1.- Al incorporarse al servicio de la Empresa el nuevo trabajador recibirá con documento sus funciones, el acta de entrega de cargo, la relación de bienes que se le entrega bajo su responsabilidad, así como otras instrucciones y consideraciones a criterio de su Jefe inmediato superior.

Artículo 2.- El personal seleccionado, previo a su ingreso debe llenar el formulario de Declaración Jurada que proporcionará la oficina de personal, el mismo que se incluirá en su file personal, conjuntamente que la documentación que solicite el área de personal.

Artículo 3.- El ingreso de nuevo personal a la Empresa Nacional de la Coca Sociedad Anónima, se realizará tomando como referencia el Clasificador de Cargos y observando las normas de gestión, austeridad y selección de personal que se encuentren vigentes. Los trabajadores, están sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

Artículo 4.- Todo trabajador recibirá el presente Reglamento Interno de Trabajo, el mismo que será proporcionado por la Gerencia Administrativa o quien haga sus veces con el fin de dar a conocer sus derechos y obligaciones, firmando constancia de haber recibido, comprometiéndose a cumplir todas las disposiciones del mismo.

CAPITULO II

JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO

Artículo 10.- La Jornada Ordinaria de trabajo es de ocho (08) horas diarias.

Artículo 11.- El horario de trabajo, es el siguiente: De Lunes a Viernes, de 08:00 a 16.15 hrs. Incluido 60 minutos de refrigerio. Los horarios de trabajo podrán ser fijados, variados y/o adecuados de acuerdo a las actividades principales de la Empresa y a las necesidades de cada sucursal en coordinación con la Gerencia Administrativa. Todo trabajador deberá iniciar sus labores puntualmente de acuerdo al horario que fije la Empresa con sujeción a la ley. Los trabajadores en la hora de ingreso tendrán una tolerancia diaria de quince (15) minutos y un máximo acumulable mensual de sesenta (60) minutos. Cualquier régimen especial será establecido por la Gerencia General.

Artículo 12.- Las tardanzas serán acumuladas y descontadas mensualmente, cuando estos superen la tolerancia establecida, deduciendo los primeros sesenta minutos de tolerancia, de acuerdo a la siguiente escala:

TARDANZA ACUMULADA DESCUENTO

a) De 61 a 120 minutos: Doble del valor minuto de la remuneración básica.

b) Más de 121 minutos: Triple del valor minuto de la remuneración básica.4

Artículo 13.- El trabajador que se hiciera presente después del tiempo señalado como tolerancia diaria, no podrá ingresar al Centro de Labores, quedando bajo responsabilidad de los Jefes inmediatos el cumplimiento de esta disposición, salvo razones justificadas, para cuyo efecto contará con autorización del Jefe inmediato.

Artículo 14.- El trabajador que supere la tolerancia mensual establecida, se hará acreedor a una amonestación por escrito. En una segunda oportunidad, se le suspenderá por dos (02) días sin goce de haber.

CAPITULO III

NORMAS DE CONTROL DE ASISTENCIA AL TRABAJO

Artículo 15.- El tiempo efectivo de trabajo se computará mediante registro personal e individual de la hora de ingreso y salida, con su respectivo fotocheck y en su ausencia en la "Tarjeta de Control de Asistencia". Dicha omisión dará lugar a ser considerado como falta.

Artículo 16.- Se encuentran prohibidas las conductas siguientes:

1. Marcar tarjetas y fotochecks ajenos.

2. Retirar las tarjetas de control de asistencia de su respectivo tarjetero para obstaculizar o impedir el marcado del ingreso o salida.

3. Alterar o modificar la hora señalada en los relojes de control, por cualquier trabajador que no cuente con la autorización respectiva.

4. Omitir firmar la tarjeta de control al momento del ingreso o salida. En caso de incumplimiento, la falta será sancionada de acuerdo a lo estipulado en la parte pertinente del presente Reglamento

Artículo 17.- En caso de no existir relojes marcadores de tiempo, la dependencia respectiva dispondrá el medio a través del cual se registre la asistencia y puntualidad.

Artículo 18.- El Especialista I en Personal o quien haga sus veces en las Sucursales, asegurará diariamente que las tarjetas de Control de Asistencia, sean retiradas de los tarjeteros, luego de cumplir los quince (15) minutos de tolerancia con relación a la hora de ingreso y colocadas quince (15) minutos antes de la hora de salida.

CAPITULO VI

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

ARTÍCULO 37.- Dentro de sus facultades legales la Empresa podrá:

A) Contratar y despedir al personal de acuerdo al presente Reglamento, y demás normas legales vigentes.

B) Determinar responsabilidades laborales dentro de los principios de transparencia, equidad y justicia.

C) Evaluar periódicamente en el puesto a sus trabajadores determinando la capacidad e idoneidad, a fin de contar con personal eficiente y eficaz.

D) Programar la jornada y horario de trabajo de acuerdo a las necesidades propias

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