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Se presenta Demanda.

Informe28 de Enero de 2013

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DEMANDA MERCANTIL

C. FRANCISCO ENRIQUE VALENZUELA

Juicio: Ejecutivo Mercantil.

Expediente Número: _______.

C. JOSE ALFREDO PARODI PANTOJA

Endosatario en Procuración de

FRANCISCO ENRIQUE VALENZUELA.

Vs.

Demandado: Gilberto Ocaña García.

Asunto: Se presenta Demanda.

C. Juez de Primera Instancia de lo Mercantil en Turno.

P R E S E N T E.-

C. FRANCISCO ENRIQUE VALENZUELA, por mi propio derecho, mexicano, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en la oficina del la fundación Enriqueta Montaña de Parodi A.C, ubicado en la Avenida No Reelección Numero 45 colonia Centro, en esta Ciudad, otorgando facultades mediante Mandato judicial como mi apoderado Legal al C. JOSE ALFREDO PARODI PANTOJA, quien tiene las facultades Generales y especiales para solicitar y recibir copias simples o certificadas, contratar abogados o acreditar a otros representantes para que actúen indistintamente, y autorizando para intervenir en el presente juicio, en los términos del artículo 1069 del Código de Comercio en vigor y 174 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora de aplicación supletoria a la materia mercantil, ante usted, con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito y en mí carácter de Endosatario en Procuración, de C. C. JOSE ALFREDO PARODI PANTOJA tal y como se acredita con el endoso que obra adherido a los Documento Base de la Acción, que se acompañan al presente ocurso, vengo ha demandar en la VÍA EJECUTIVA MERCANTIL, y en ejercicio de la ACCIÓN CAMBIARIA DIRECTA a GILBERTO OCAÑA GARCÍA, quien puede ser emplazado en el domicilio ubicado en Privada sección 54 numero 6 colonia magisterial, en la ciudad de Hermosillo, Sonora, México, por el pago de las siguientes:

P R E S T A C I O N E S.

A).- El pago de la cantidad de $ 200,000.00 (Son: doscientos mil Pesos 00/100 moneda nacional), por concepto de suerte principal pagare de fecha 14 de junio del 2009.

D).- El pago de los intereses moratorios causados en los Documentos Base de Acción y los demás que se sigan venciendo hasta la total solución del adeudo, por lo que reconvengo los intereses en esta demanda para todos los pagares al interés del 5% mensual, para todos los documentos.

F).- El pago de los gastos y costas, que con motivo de la tramitación del presente juicio, se originen.

Fundo la presente demanda en las siguientes consideraciones fácticas y de legales:

H E C H O S.

1.- En la ciudad de Hermosillo, Sonora, México, con fecha 06 de mayo de 1998, el C. GILBERTO OCAÑA GARCÍA, suscribió a la orden de mi endosante, un Título de Crédito de los denominados “PAGARE”, valioso por la cantidad de $ 200,000.00 (Son: Doscientos Mil Pesos 00/100 Moneda Nacional) , cuya fecha de vencimiento se pacto para el día 06 de junio de 1998. Pactándose en el propio documento y para el caso de mora, en el cumplimiento de la obligación, un interés moratorio a razón del 5% mensual.

2.- Vencido el plazo del pactado Documento Base la Acción, la parte hoy demandada, omitió realizar el pago oportunamente, constituyéndose en mora a partir de la fecha de vencimiento, en consecuencia haciéndose acreedor al pago de los intereses moratorios en el documento.

3.- En vista de lo anterior, y toda vez que los intentos por recuperar la cantidad que ampara el documento base de la acción, en forma extrajudicial, han resultado infructuosos; me fue Endosado en Procuración, el documento que se anexa, a fin de que a través de la vía judicial, se obtenga el pago del adeudo.

D E R E C H O S.

En cuanto al fondo del presente juicio, resultan aplicables los artículos 1°, 2°, 5°, 29, 35, 170, 174, 175, 176, 180, 181, 191, 193, 196 y los demás relativos y aplicables de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

En cuanto al procedimiento, este se encuentra normado por los artículos 1391, 1392, 1393 y los demás relativos y aplicables del Código de Comercio en vigor a partir del día 23 de Julio de 1996.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted C. Juez, atentamente pido:

PRIMERO.- Que en los términos del presente escrito y en mi carácter de Endosatario en Procuración, tal y como lo acredito con el endoso que obra adherido al Documento Base de la Acción, se me tenga por presente entablando formal demanda en la vía y forma propuestas, en contra de C. GILBERTO OCAÑA GARCÍA, hoy demandada, solicitando se le notifique en el domicilio precisado en el cuerpo del presente ocurso.

SEGUNDO.- Se dicte Auto con efecto de mandato en forma a fin de que el demandado sea requerido de pago en el acto de la diligencia y de no hacerlo así, se le embarguen bienes de su propiedad que basten para garantizar el monto de lo reclamado, y con el producto de su venta, se haga el pago de las prestaciones reclamadas.

TERCERO.- En su oportunidad, se dicte sentencia declarando procedentes las prestaciones reclamadas.

CUARTO.- Tener por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones él señalado, y por autorizados para intervenir en el presente asunto, en los términos propuestos, a los profesionistas señalados en el proemio del presente ocurso.

PROTESTO LO NECESARIO.

Hermosillo, Sonora, México, a la fecha de su presentación.

___________________________________

FRANCISCO ENRIQUE VALENZUELA

http://www.scjn.gob.mx/PLENO/LASTA_contradicciones_tesis_asuntosvarios/Paginas/23052012.aspx

DEMANDA DE QUERELLA

Expediente No.__________________

C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO

ESPECIALIZADO EN DELITOS DE QUERELLA

P r e s e n t e.-

C. FRANCISCO ENRIQUE VALENZUELA, por mi propio derecho, mexicano, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en la oficina del la fundación Enriqueta Montaña de Parodi A.C, ubicado en la Avenida No Reelección Numero 45 colonia Centro, en esta Ciudad, otorgando facultades mediante Mandato judicial como mi apoderado Legal y coadyuvante de esa H. Representación Social en términos del artículo 142 del Código de Procedimientos Penales al C. JOSE ALFREDO PARODI PANTOJA, quien tiene las facultades para acreditar a otros representantes para que actúen indistintamente, ante usted respetuosamente comparezco mediante el presente escrito para exponer:

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 311 del Código Penal para nuestro Estado y 318 y 319 fracciones X, XIV, XVII, XVIII y demás relativos y aplicables de la Ley Procesal Penal, me permito presentar formal querella en contra del señor C. GILBERTO OCAÑA GARCÍA Y GILBERTO OCAÑA AMPARANO como presunto responsable en la Comisión y Ejecución del delito de FRAUDE cometido en mi perjuicio conforme a los siguientes:

H E C H O S :

1.- Por motivos El día 03 de mayo del 2008, celebramos un contrato de prestación de servicios inmobiliarios que celebramos por una parte el suscrito y los Señores GILBERTO OCAÑA GARCÍA Y GILBERTO OCAÑA AMPARANO, exclusiva que se llevo a cabo para la venta de del terreno 66-00-00 HAS., ubicada en el camino del SERI, al Este de URBI VILLA DEL PRADO EN ESTA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA. Documento que exhibo en la presente.

2.- En la clausula PRIMERA en su punto uno (1) se acepta que el suscrito, promoviera la compra-venta del mismo de dicho terreno, mediante condiciones; en la condición número uno del contrato, se pacto la venta en un monto de $60.00 (sesenta pesos moneda nacional) por metro cuadrado, precio que fue aceptado por los hoy demandados, lo cual se pagaría al contado.

3.- En la clausula TERCERA se otorga al suscrito la facultad de exclusiva para la promoción de la venta de dicho inmueble, hasta que el cliente avise por escrito su decisión de darlo por terminado dicho contrato y se estipula que en consecuencia pagara el 100% de dicha comisión pactada en el punto cuarto (4) de esta clausula, además ambas partes estuvieron de acuerdo en que el vencimiento seria hasta que se vendiera dicho inmueble de forma exclusiva y de esa forma se pagarían los préstamos personales que el suscrito

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