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Como se da las Autoevaluaciones etica

Michel ProDocumentos de Investigación14 de Noviembre de 2017

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  1. Autoevaluaciones Teoría General del Proceso II

Unidad I

El juzgador como sujeto del proceso

1.- Mencione el concepto de juzgador.

Es el titular de un órgano jurisdiccional unipersonal, por regla general de primer grado o instancia._

Q

2.- Explique las garantías judiciales.

-1Los tribunales, juzgados y la corte, son órganos encargados de administrar e impartir justicia (ley), por medio de un método y técnica, tienen independencia, autoridad y responsabilidad. Son tribunales autónomos que dependen del Poder ejecutivo, encargados de proteger, defender y es un órgano impartidor de justicia.  

3.- Explique brevemente la integración del Poder Judicial Federal.

QArt. 94 de L.O.P.J.F. El Poder Judicial de la Federación se ejerce por:

  1. Suprema Corte de Justicia de la Nación;
  2. Tribunal electoral;
  3. Tribunales colegiados de circuito;
  4. Los tribunales unitarios de circuito;
  5. Los juzgados de distrito;
  6. Consejo de la Judicatura Federal;
  7. Jurado federal de ciudadanos; y
  8. aTribunales de los Estados y del Distrito Federal en los casos previstos por el artículo 107, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los demás en que, por disposición de la ley deban actuar en auxilio de la Justicia Federal.

4.- Explique brevemente la integración del Poder Judicial de los Estados.

El Poder Judicial del Estado de México se integra por:

  1. El Tribunal Superior de Justicia;
  2. El Consejo de la Judicatura;
  3. Los Juzgados de primera instancia;
  4. Los Juzgados de cuantía menor; y
  5. Los servidores públicos de la administración de justicia, en los términos que establecen esta ley, los códigos de procedimientos civiles y penales y demás disposiciones legales.

5.- Mencione las funciones de los tribunales del trabajo.

Se sustenta en los principios de legalidad, equidad y justicia social, para resolver los conflictos jurídicos laborales burocráticos Estatales y Municipales, haciendo de su actividad diaria la conciliación, como medio conveniente para la solución de los conflictos entre los servidores públicos y las instituciones.

6.- Mencione las funciones de los tribunales administrativos.

Dotado de facultades para conocer y resolver los conflictos y controversias que se susciten entre los particulares y el Estado, los Municipios, sus organismos descentralizados y empresas de participación estatal y municipal cuando estas últimas realicen funciones administrativas de autoridad; el procedimiento para su resolución y ejecución; los recursos que los particulares y las autoridades podrán interponer en contra de los fallos que pronuncie.

7.- Mencione las funciones de los tribunales militares.

Se atienen, en cuanto les compete, a los principios y objetivos que establece la ley para todos los tribunales del sistema del que forman parte y tienen, además, los objetivos específicos siguientes:

  1. Prevenir y reprimir a través de sus pronunciamientos en los actos de justicia, todo hecho delictivo que afecte o pueda afectar la seguridad del Estado, la capacidad y disposición combativa de las instituciones armadas, la disciplina militar o el orden reglamentario establecido para el cumplimiento del servicio militar, así como las demás infracciones de la ley penal;
  2. Cumplir y hacer cumplir la legalidad socialista y contribuir a la educación de los militares en la observancia estricta de las leyes, reglamentos, disposiciones y órdenes militares.

Unidad II

El Ministerio Público

1.- Defina al Ministerio Público.

El Ministerio Público es una institución de buena fe, única, indivisible y funcionalmente independiente.

En el ejercicio de sus atribuciones conferidas por las constituciones Federal y locales y demás ordenamientos que de ellas emanan, representa el interés social y le compete la investigación y persecución de los delitos del orden común ante los tribunales.

Es una magistratura instituida para pedir y auxiliar la pronta administración de justicia en nombre de la sociedad y para defender ante los tribunales los intereses de ésta en los casos y por los medios que señalen las leyes.

2.- Defina al Ministerio Público investigador.

Para que el Ministerio Público pueda ejercitar su función investigadora, requiere que se le formule denuncia o querella respectivamente, a partir de la cual tiene el deber de recabar todas las pruebas e indicios que permitan esclarecer que los hechos de denuncia o de querella son ciertos e integran el cuerpo del delito, determinar la o las personas que pudieran considerarse como probables responsables de los hechos.

3.- Defina al Ministerio Público adscrito.

Representante de la parte ofendida o de las víctimas del delito, tiene como funciones hacer llegar al órgano jurisdiccional los elementos de convicción que perfeccionen los realizados en la averiguación previa o aporte en ellos para determinar la responsabilidad penal de quienes son sujetos a proceso.

4.- Explique las funciones del Ministerio Público.

ARTÍCULO 6 LOPGJEM.

Unidad: El Ministerio Público constituye una unidad colectiva, por lo que sus agentes actúan representando en cada uno de sus actos el interés exclusivo y único de la Institución.

Individualidad: Como unidad colectiva, el Ministerio Público, no obstante la pluralidad de agentes que lo conforman, posee indivisibilidad de funciones.

Independencia: Los Agentes del Ministerio Público serán autónomos en su decisión sobre casos concretos, sin perjuicio de los mecanismos de revisión, supervisión, atracción y control jerárquico que establece esta Ley y su reglamento.

Jerarquía: El Ministerio Público constituye una estructura jerarquizada en la que cada superior controla el desempeño de quienes le asisten y es responsable por la gestión de los funcionarios a su cargo.

Buena fe: El Ministerio Público no persigue intereses propios o ajenos, sino que, como representante de la sociedad, realiza llanamente la voluntad de la ley.

Irrecusabilidad: El Ministerio Público tiene potestad para conocer de cualquier asunto de su competencia, independientemente de cualquier circunstancia subjetiva que le acompañe.

Gratuidad: Los servicios que proporcione el Ministerio Público y sus órganos auxiliares durante la investigación y persecución de los delitos de su competencia serán gratuitos.

Legalidad: El Ministerio Público realizará sus actos con estricta sujeción a la Ley.

Oportunidad: En función del principio de legalidad el Ministerio Público sólo podrá suspender la investigación del delito a desistirse total o parcialmente de su persecución ante los tribunales, en lo siguientes casos:

  1. Cuando se trate de un hecho que por insignificancia, por lo exiguo de la contribución del partícipe por su mínima culpabilidad, no afecte el interés público.
  2. Cuando el imputado haya realizado cuanto estaba a su alcance para impedir la ejecución del hecho o haya contribuido decisivamente el esclarecimiento de la participación de otros imputados en el mismo hecho o en otro más grave.
  3. Cuando el imputado haya sufrido, como consecuencia directa del hecho, un daño físico o psíquico, grave o irreparable que le incapacite para el ejercicio de sus ocupaciones ordinarias o cuando tratándose de un delito culposo haya sufrido un daño de carácter moral de difícil separación.
  4. Cuando la pena que corresponda por el delito de cuya persecución se prescinda, carezca de importancia en consideración a la pena ya impuesta, a la que corresponde por los restantes hechos o calificaciones o a la que se le impondría en un procedimiento tramitado en el extranjero.
  5. Cuando el inculpado sea entregado en extradición por la misma conducta o por diversa, en el caso de que la sanción impuesta por el requirente reste trascendencia a la que se le pudiese imponer.
  6. Cuando la realización del procedimiento implique riesgo o amenazas graves a la seguridad exterior del Estado.
  7. Cuando exista colaboración del inculpado para evitar la consumación de delitos graves o lograr la desarticulación de organizaciones criminales.
  8. Cuando el inculpado haya sufrido, por su conducta culposa, daño grave que haya desproporcionada o inhumana la aplicación de la sanción.
  9. Cuando el delito no siendo grave, afecte un bien jurídico individual y se haya reparado el daño causado, determinándose objetivamente la ausencia de interés público en la persecución.
  10. Cuando el reproche de culpabilidad hacia la conducta sea de tan secundaria consideración que haya a la sanción penal una respuesta desproporcionada.
  11. Cuando la persecución penal de un delito que comprende problemas sociales mas significativos, siempre y cuando exista y se produzca una solución alternativa, adecuada a los intereses de las víctimas y la sociedad.
  12. Cuando se emplee cualquier mecanismo alternativo para la solución del conflicto, previsto en el presente ordenamiento.
  13. Cuando el imputado se encuentre afectado por una enfermedad incurable, en estado Terminal, según dictamen pericial, o tenga mas de 70 años y no exista mayor daño al interés social.

5.- Defina al ejercicio de la acción penal.

Es la determinación que realiza el Ministerio Público investigador, a fin de decidir si pone en movimiento al órgano jurisdiccional penal al haber reunido los elementos del cuerpo del delito y la probable responsabilidad penal del activo del delito.

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