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DERECHO Y Administración


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2014  •  1.243 Palabras (5 Páginas)  •  143 Visitas

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INGENIERIA DE RECURSOS NATURALES Y DEL MEDIO AMBIENTE - “EIDENAR”

AREA DE GESTION AMABIENTAL – “AGA”

ACCIONES PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS

Docente: CARLOS ARTURO MUÑOZ

CONTENIDO

1. ACCION DE CUMPLIMIENTO:

1.1. Comentarios

1.2. Ley 393

1.2. Modelo de demanda

2.- ACCIONES POPULARES Y DE GRUPO

2.1. Comentarios

2.2. Ley 472

2.3. Modelos de demandas

1. ACCION DE CUMPLIMIENTO

FUENTE NORMATIVA: Artículo 87 de la Constitución Política y Ley 393 de 1997

FINALIDAD Y OBJETO DE LA ACCION: Garantizar la efectividad de los derechos, combatir la falta de actividad de la administración, otorgarle a toda persona natural o jurídica e incluso al servidor público, la posibilidad de acudir ante la autoridad judicial para exigir la realización o el cumplimiento del deber que surge de la ley o del acto administrativo y que es omitido por la autoridad o el del particular cuando asume este carácter. Busca la efectividad y vigencia material de las leyes y de los actos administrativos. Procede contra toda acción u omisión de la autoridad que incumplió o ejecuta actos o hechos que permitan deducir incumplimiento de normas con fuerza de ley o actos administrativos

TITULAR: toda persona, natural o jurídica, pública o privada, y el servidor público, de manera directa sin abogado.

COMPETENCIA ; la demanda se presenta ante el TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

CONTRA QUIEN SE PRESENTA: contra la autoridad o el particular que cumpla funciones públicas, que no cumpla con los deberes consagrados en la ley o acto administrativo de cualquier orden

FALLO: El Juez ordena a la autoridad que cumpla con la aley o el acto administrativo

PROCEDE: Contra cualquier autoridad pública, administrativa, judicial y legislativa

No podrá perseguir el cumplimiento de normas que establezcan gastos

CADUCIDAD : Se podrá ejercitar en cualquier tiempo

 

LEY 393 DE JULIO 29 DE 1997

 

por la cual se desarrolla el artículo 87 de la Constitución Política.

 

 

El Congreso de Colombia

 

DECRETA:

 

Artículo 1º. Objeto. Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial definida en esta Ley para hacer efectivo el cumplimiento de normas aplicables con fuerza material de Ley o Actos Administrativos.

 

Artículo 2º. Principios. Presentada la demanda, el trámite de la Acción de Cumplimiento se desarrollará en forma oficiosa y con arreglo a los principios de publicidad, prevalencia del derecho sustancial, economía, celeridad, eficacia y gratuidad.

En todo caso, la interpretación del no cumplimiento, por parte del Juez o Tribunal que conozca del asunto, será restrictiva y sólo procederá cuando el mismo sea evidente.

 

Artículo 3º. Competencia. De las acciones dirigidas al cumplimiento de normas con fuerza material de Ley o Acto Administrativo, conocerán en primera instancia los Jueces Administrativos con competencia en el domicilio del accionante. En segunda instancia será competente el Tribunal Contencioso Administrativo del Departamento al cual pertenezca el Juzgado Administrativo.

 

Parágrafo. Las Acciones de Cumplimiento de que conozca el Consejo de Estado, serán resueltas por la sección o subsección de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la cual haga parte el Consejero a quien corresponda en reparto. Su trámite se hará a través de la correspondiente Secretaría. El reparto se efectuará por el Presidente de la Corporación, entre todos los Magistrados que conforman la Sala de lo Contencioso Administrativo, en forma igualitaria.

 

Parágrafo transitorio. Mientras

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