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DIGNIDAD HUMANA EN KANT Y HABERMAS

solespinosag19Trabajo4 de Mayo de 2021

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  1. Fundamentos de la dignidad humana

Kant distingue claramente entre “valor” y “dignidad”, se refiere a la “dignidad” como un valor intrínseco de la persona moral, la cual no admite equivalente. La dignidad no debe ser confundida con ninguna cosa, con ninguna mercancía, dado que se trata de nada útil ni intercambiable o provechoso. Lo que puede ser reemplazado y sustituido no posee dignidad, sino precio.

“Persona es el sujeto cuyas acciones son imputables, una cosa es algo que no es susceptible de imputación”. Los seres moralmente imputables son fines en sí mismos, esto quiere decir que, son seres autónomos y merecen un respeto incondicionado. El valor de la persona no remite al mercado ni a apreciaciones meramente subjetivas, sino que proviene de la dignidad que le es inherente a los seres racionales libres y autónomos. Esta caracterización moral marca una diferencia entre los animales y los seres humanos, y, a la vez, deja abierto un espacio para el respeto a otros seres que pudieran ser moralmente imputables.

  1. Sujetos de la dignidad humana

La dignidad es una atribución propia de todo ser humano, no en tanto que individuo de la especie humana, sino en tanto que miembro de la comunidad de seres morales. En tal sentido, en la medida que niego o lesiono la dignidad del otro afecto también a la humanidad en mi persona, esto es mi propia dignidad moral como ser humano.

De ahí que la dignidad humana pertenece a todo hombre, por el solo hecho de pertenecer a la especial humana.

1.3 Consecuencias prácticas que se desprenden del concepto de dignidad humana

El reconocimiento de todo ser personal, y particularmente de todos los seres humanos como personas, tiene como consecuencia fundamental que cada uno debe ser tratado siempre al mismo tiempo como fin y nunca sólo como medio. Siempre que se objetiva al otro y se lo instrumenta, es decir, se lo utiliza solo y exclusivamente para los fines propios, se lesiona su dignidad como persona.

Desde la perspectiva Kantiana, las caracterizaciones contingentes de los individuos de la especie y de la comunidad humana no afectan, en tanto que tales, la pertenencia a la comunidad de seres morales. Desde una perspectiva kantiana, estas características no lesionan la dignidad moral de la persona humana y, por consiguiente, a quienes son afectados por dichas contingencias no se les puede, ni debe negar el estatus de seres dignos ni, menos aún, dejar de considerar su humanidad en tanto que seres morales.

Cuando se afirma que todos los miembros de la especia son seres que merecen dignidad, se está indicando asimismo que cualquier determinación externa con la que se pretenda excluir a determinadas personas de la comunidad moral, y, por ende, de la dignidad, debe ser considerada arbitraria, puesto que son criterios empíricos, no morales. El fundamento de la dignidad humana no remite a la constitución ontológica o a la especificidad genética, sino a la autonomía como capacidad moral y auto finalidad. En consecuencia, todos los miembros de la especie humana poseen, por principio, la misma dignidad.

2. Habermas y la dignidad humana

La cuestión de la dignidad humana no ha sido tratada de forma específica por los fundadores de la versión clásica de la ética del discurso, ni por Jürgen Habermas, ni por Karl – Otto Apel. No obstante, algunos de los textos en los que Habermas se refiere específicamente a la noción de dignidad humana están relacionados con la investigación bioética, especialmente con los problemas del inicio de la vida, con la manipulación de la vida y el trato que se debe dar a los embriones.

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