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Derecho Financiero


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2011  •  3.120 Palabras (13 Páginas)  •  831 Visitas

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III. Antecedentes del derecho económico.

1. Antecedentes del Derecho Económico en México desde 1810.

Es cierto que desde 1810 existen elementos regulatorios que se constituyen en antecedentes del derecho económico actual, sin embargo, para efectos de este estudio consideramos pertinente iniciar la revisión de precedentes desde 1917, cuando este derecho adquiere relevancia constitucional a partir de la fecha de la carta de Querétaro, que establece la propiedad como función social, pilar esencial del sistema de economía mixta mexicana.

Los antecedentes esenciales de nuestra disciplina pueden ser evaluados en el sentido de que lejos de postular un sistema de economía liberal, refuerza y legitima la presencia rectora del Estado, facultándolo para planificar en forma concertada e indicativa el desarrollo económico y social en México.

Hemos señalado que desde los textos originales de 1917 estaba ya implícito el principio de la rectoría económica del Estado. Los textos de los artículos 27, 28 y 123 así lo prueban. El artículo 131, sobre todo después de la reforma de 1951, es también un importante precepto que refleja este principio.

(Agregar artículos antes mencionados).

Las reformas constitucionales de 1983 en materia económica desplegaron, actualizaron y sistematizaron los principios existentes de 1917, que vinieron aclarando y desarrollando en la práctica constitucional desde entonces. Dichas reformas no implicaron un cambio filosófico sino una mayor elaboración y precisión de los textos.

Corolario y expresión de la tendencia opuesta, privatizadora y orientada a una economía de mercado, es la suscripción y ratificación por el Senado de la Republica, del Tratado de Libre Comercio de américa del Norte, cuyos objetivos y mandatos para la economía mexicana actual son:

a) Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de bienes y servicios entre territorios de las partes;

b) Promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio;

c) Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de las partes;

d) Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual en territorio de cada una de las partes;

e) Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias, y;

f) Establecer lineamientos para la ulterior cooperación trilateral, regional y multiregional encaminada a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado.

(Agregar el TLC)

2. Génesis del Derecho Económico en el siglo XX.

El siglo XX vio el desarrollo y el fracaso, de tres sistemas económicos importantes: los liberalismos, el socialismo y el estado de economía mixta.

El estado liberal burgués sólo desarrollaba funciones de observar bajo el principio “laissez faire, laissez pasar”, situación que produjo fuertes desigualdades sociales, sin embargo, la mayor preocupación era la desigualdad de oportunidad de competir.

A principios del siglo XX, surgen sistemas de economía centralmente planificada o estados socialistas, siendo su máximo exponente la Unión de Repúblicas Sociales Soviéticas (URSS). En estos el Estado detenta la propiedad de los medios de producción y es el único encargado de definir que, como, cuanto y para quien producir.

El derecho económico tiene su origen en Europa, y nace vinculado a la intervención del Estado como agente de desarrollo. Su cenit se presenta después de la Segunda Guerra Mundial. La planificación, se convierte en la principal manifestación del derecho económico, y se basa en la premisa de que “el desarrollo es una cuestión de Estado, de gobierno y de administración pública.

Hoy en día predomina un nuevo sistema: el neoliberalismo que no se opone “en principio” a la intervención del Estado en la economía, sino solo “en casos concretos y particulares”.

La planificación ya no es desarrollada por el Estado, sino que son los particulares quienes deciden que, como y para quien producir: “el poder decidir que cosa producir, cuanto producir, como, donde producir-en una palabra, el poder económico- tiene su fuente propia no en el derecho público sino en el derecho privado; no es un poder inherente a la soberanía, sino al derecho privado de propiedad.

3. Las Grandes Transformaciones Tecnológicas y Estructurales del Mundo Contemporáneo y su Impacto en el Derecho.

A partir de la década de los setenta, tanto en los países desarrollados como en proceso de desarrollo, se asiste a cambios en los sistemas económicos.

Se inicia la reestructuración industrial con miras a satisfacer las necesidades de bienestar en los pueblos y naciones. El desempleo y falta de crecimiento económico afecta por igual a países ricos y pobres.

El comercio internacional modifica también su organización con la articulación del GATT en 1948. Nuevas tecnologías bancario-financieras, el auge de las telecomunicaciones, la informática y e desarrollo de nuevos materiales (fibra óptica, sílice, etcétera), cambian los determinantes de las ventajas comparativas. Se incrementaría el comercio internacional intrafirma o comercio cautivo, se generalizan las fusiones y asociaciones entre empresas para avanzar en la conquista de mercados, desarrollar tecnologías de productos, procesos y servicios y conjuntar recursos financieros, las alianzas estratégicas entre empresas automotrices y de aviación son ejemplos de dicha tendencia.

En los años ochenta se hace evidente el fenómeno de la fábrica mundial y subcontratación de sus componentes, piezas y/o procesos a otras plantas y países. Por su parte, desde los ochenta México y América Latica han resentido el problema de la deuda externa, obligándolos a un doble proceso que subsiste hasta nuestros días: la industrialización recesiva y la exportación forzada.

Sin embargo, cuando se alude a la globalización no se alude a todos los países del orbe. Dicha mundialización se inscribe solo en los países de la OCDE y el sureste asiático que son “los que están circulando por la autopista del crecimiento económico.

La biotecnología, la microelectrónica e informática, los nuevos materiales, imponen cambios en la división internacional del trabajo. En efecto, estas nuevas ramas de actividad económica

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