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ETICA JURÍDICA


Enviado por   •  20 de Abril de 2014  •  6.183 Palabras (25 Páginas)  •  632 Visitas

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Ética Jurídica.

1.1 Definición de moral.

La moral es la suma total del conocimiento que se adquiere sobre lo más alto y noble, y que una persona respeta en su conducta.

1.1.1 El acto moral.

Es el proceso mediante el cual un sujeto moral realiza un comportamiento susceptible de ser valorado bajo un sentido moral (bueno o malo).

1.1.2 Normas morales.

Las normas morales son unilaterales e imperativas en la medida que, frente al sujeto a quien obligan no hay otro autorizado para exigirle el cumplimiento de sus deberes; se trata de un tipo de normas que imponen deberes, pero no conceden derechos.

Las normas morales son incoercibles porque su cumplimiento es espontaneo.

Las normas morales son autónomas por que tanto el obligado como el creador de dichas normas es la misma persona.

1.1.3 El deber la responsabilidad y la sanción moral.

La responsabilidad moral es la imputación o calificación que recibe una persona por sus acciones desde el punto de vista de una teoría ética o de valores morales particulares. Se trata entonces de la responsabilidad que se relaciona con las acciones y su valor moral.

Se denomina sanción a la consecuencia o de una conducta que constituye a la infracción de una norma jurídica. Dependiendo del tipo de norma en caso de que este incumplida o violada, sin autorización pueden haber sanciones penales o penas; sanciones civiles y sanciones administrativas.

1.2 Definición de ética

La ética es una rama de la filosofía que se ocupa del estudio racional de la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir.

La ética estudia qué es lo moral, cómo se justifica racionalmente un sistema moral, y cómo se ha de aplicar posteriormente a nivel individual y a nivel social. En la vida cotidiana constituye una reflexión sobre el hecho moral, busca las razones que justifican la utilización de un sistema moral u otro.

1.2.1 Ubicación dentro de la rama de la filosofía

La ética es una de las principales ramas de la filosofía, en tanto requiere de la reflexión y de la argumentación.

1.2.2 La ética como ciencia normativa

Se encarga de guiar el comportamiento del hombre y es un método de carácter científico para analizar tipos de normas, la ética normativa es la búsqueda de los fundamentos de las normas y valoraciones esta búsqueda va asociada a la crítica es decir al permanente cuestionamiento de cada fundamentación.

1.2.3 La conducta humana

El comportamiento humano es el conjunto de actos exhibidos por el ser humano y determinados por la cultura, las actitudes, las emociones, los valores de la persona, los valores culturales, la ética, el ejercicio de la autoridad, la relación, la hipnosis, la persuasión, la coerción y/o la genética.

1.2.4 La racionalidad de los actos humanos.

La racionalidad ayuda al hombre a ejecutar sus actos consiente y libremente.

Los actos humanos carecen de conciencia y libertad o ambas un ejemplo claro la digestión, la respiración.

1.2.5 La moralidad de los actos humanos.

La moralidad específica de las acciones humanas, consiste en su conformidad, o no conformidad, con la naturaleza humana según la finalidad intrínseca o dinamismo propio y específico de esta naturaleza considerada como naturaleza humana.

1.3 Características fundamentales de la ética

La ética es la teoría o ciencia del comportamiento moral de los hombres en sociedad, o sea, es ciencia de una forma específica de conducta humana.

Las principales características de la ética:

•Se define como una ciencia

•Es racional

•Práctica

•Normativa

•Se basa en la bondad y maldad de los actos humanos.

1.3.1 Deontología Jurídica.

Se define a la deontología como el estudio de los deberes, referidos principalmente a la actividad profesional.

1.3.2 Axiología

La axiología se encarga del estudio de los valores positivos y negativos, analizando sus principios ya que ellos permitirán determinar la valía o no de algo o alguien, para con ello recopilar los fundamentos del juicio en los casos negativos y positivos.

1.3.2.1 Corrientes axiológicas.

Monismo Axiológico.- Es una tradición apegada que viene desde la época medieval, ya que en la sociedad solo existe un código moral que se atiende a un solo valor, por el cual compartimos una misma visión.

Una sola idea sobre algún valor

Pluralismo Axiológico.- Acepta la existencia de códigos parecidos, lo cual hace que la sociedad permanezca unida.

Distintas ideas sobre algún valor.

1.3.2.2 Objetivismo Axiológico.

El objetivismo nos dice que los valores son absolutos, inmutables e incondicionados.

Los valores hallan una relación peculiar con las cosas reales valiosas que llamamos bienes. En los bienes se encarna determinado valor: En las cosas útiles – la utilidad; en las cosas bellas – la belleza y en los actos buenos de los hombres la bondad.

1.3.2.3 Subjetivismo Axiológico.

El subjetivismo considera que el valor debe su existencia a las relaciones psco-fisiológicas del sujeto. El hombre crea el valor con su agrado, deseo o interés.

El subjetivismo traslada el valor del objeto al sujeto, y lo hace depender del modo en cómo es afectado por la presencia del objeto.

1.4.1 Ética de Sócrates y Platón

Sócrates establece una nueva moral. Una moral independiente de la tradición y que ha de construirse en función de la solidaridad y, sobre todo, de la racionalidad. La inteligencia, el buen sentido y la armonía de los deseos son las bases de esa «sabiduría ética.

Platón: El objetivo de la vida del hombre no puede reducirse a la satisfacción de sus necesidades materiales; más allá de éstas, el hombre debe ser objeto de un desarrollo completo de su personalidad, de acuerdo con las partes más elevadas de su alma, la irascible y la racional, con el fin de alcanzar una felicidad identificada con la armonía de su vida.

1.4.2 Relativismo moral

El relativismo moral es la idea de que las opiniones morales o éticas, las cuales pueden variar de persona a persona, son igualmente válidas y ninguna opinión de "lo bueno y lo malo.

1.4.3 Ética Aristotélica

Aristóteles da una interpretación de la moral como un cierto orden natural donde todos los bienes están unificados bajo uno superior.

1.4.4 El cristianismo

El cristianismo es una religión basada en las enseñanzas y milagros de Jesús, el cual es el Cristo.

1.4.5 El Tomismo y la ética kantiana

Tomismo es la doctrina creada por Santo Tomas de Aquino Kant funda la moralidad en la mera universalidad de la ley y no desde el bien.

Ética kantiana:

La ética kantiana es una base muy importante de la ética actual. Su importancia recae en que la obligación moral que propone no deriva ni de Dios, ni de las autoridades y sociedades humanas, tampoco depende de los sentimientos, preferencias o deseos de los individuos, sino en la razón.

1.4.6 El existencialismo de Jean Paul Sartre

Según el, en el hombre la existencia precede a la esencia, lo cual equivale a decir que solo el hombre como libertad absoluta e ilimitada determina su esencia.

2.1 Definición de la ética personal y social.

2.2 La conciencia como principio de la moralidad.

La conciencia moral es la misma inteligencia que hace un juicio práctico sobre la bondad o maldad de un acto, por eso no es lícito actuar en contra de la propia conciencia, incluso aunque el juicio sea erróneo, siempre y cuando se trate de una ignorancia insuperable para él.

2.3 La importancia de la libertad en la toma de decisiones.

La decisión es tal vez el más humano de los actos es la combinación de los actos humanos es la combinación de las facultades analíticas de observación y conocimiento e intuición de los seres humanos.

2.4 Definición de Libertad

Palabra derivada del latín libertatem. El concepto designa la capacidad de autodeterminación, de voluntad, que permite a los seres humanos actuar como deseen; los hace libres pero también los hace responsables de sus actos. Es la capacidad de autodeterminación y responsabilidad por la conducta.

.5 El problema de la libertad para la ética.

2.5.1 Clases de libertad.

Libertad de Elección:

Nos referimos a la capacidad de elegir entre diferentes opciones sin estar obligados por ninguna fuerza.

Libertad de acción: Decidir lo que queremos sin la intervención de terceros.

Libertad de hecho: Es la libertad de hacerte responsable de lo que has elegido hacer ya que tú tomaste tus propias decisiones.

2.6 La familia como base del desarrollo ético.

La familia es la encargada de las primeras enseñanzas del individuo para con los demásy consigo mismo y de ahí nacen sus valores éticos.

2.7 EL GRUPO SOCIAL COMO FACTOR QUE AFECTA LA ÉTICA

El Grupo Social o Grupo Orgánico, es el conjunto de individuos que desenvuelven roles recíprocos dentro de una misma comunidad.

2.7.1 IDEOLOGIA

La ideología es el conjunto de ideas fundamentales que caracteriza el pensamiento de una persona, una colectividad o una época. También se trata de la doctrina filosófica centrada en el estudio del origen de las ideas.

2.7.2 TRADICIONES

La tradición, es algo que se hereda y que forma parte de la identidad. El arte característico de un grupo social, con su música, sus danzas y sus cuentos, forma parte de lo tradicional, al igual que la gastronomía y otras cuestiones.

2.7.3 COSTUMBRES

Una costumbre es un modo habitual de obrar que se establece por la repetición de los mismos actos o por tradición. Se trata, por lo tanto, de un hábito.

2.7.4 VALORES SOCIALES

Se denomina valores sociales al conjunto de pautas e información que sugiere una adecuada conducta para la oportuna y satisfactoria relación entre individuos.

2.8 Definición de valores.

Los valores son convicciones profundas de los seres humanos que determinan su manera de ser y orientan su conducta. La solidaridad frente a la indiferencia, la justicia frente al abuso, el amor frente al odio

2.9 Definición de las virtudes.

Una virtud es una cualidad que permite a quien la posee tomar y llevar a término las opiniones correctas en las situaciones más difíciles para cambiarlas a su favor, estas se oponen a los vicios.

2.10 Jerarquía de los Valores.

Los valores se pueden clasificar en:

1. Valore infrahumanos. Son aquellos que tienen en comùn todos los seres: la fuerza, la agilidad, la salud, la capacidad de esperimentar placer, etc. Todos estos pueden ser poseìdos por los mismos seres.

2. Valores humanos inframorales. Son todos los valores exclusivos del hombre o que perfeccionan como tal, èstos son:

a) Valores econòmicos: la riqueza, el èxito todo lo que expansione la propia personalidad (valores eudemònicos.

3. Valores morales:

Son todos aquellos que mas que estan intrinsecamente ligados con las virtudes, a diferencia de los inframorales los cuales se pueden categorizar como obligaciones ante la sociedad, estos son todos aquellos actos que se hacen poniendo de nuestra parte y disposición. ej: tolerancia, paciencia, prudencia.

4. Valores religiosos: Son todos aquellos valores los cuales concluyen la formación etica del ser humano, aquellos adquiridos mediante un grupo religioso. Ej: mansedumbre, benignidad, bondad misericordia.

- Santo-Profano

2.12 Tabla de valores.Tabla de valores según scheler

Primer termino

Valores sensibles:

 

Agradable-desagradable

 

Segundo termino

Valores vitales:

 

Noble-vulgar

 

Sano-insano

 

Juventud-vejez

 

Valentía-miedo

 

Generosidad

 

Honor

 

Tercer termino

valores estéticos:

 

Bello-feo

 

 

Valores jurídicos:

 

Justo injusto

 

Cuarto termino

Valores religiosos:

 

Divino y sagrado-profano

 

Culto y sacramento

 

Beatitud-desesperación

 

Fe-incredulidad

 

Piedad- impiedad

 

veneración

 

Adoración

Tabla de valores de Shalom M. Schwarts

Asociaciones postuladas de valores individuales, como tipos motivacionales.

Autodirección

Libertad

 

Creatividad

 

Independencia

 

Elegir las metas propias

 

Curiosidad

 

Autorrespeto

 

Estimulación

Una vida emocionante

 

Una vida variada

 

Riesgo

Hedonismo

Placer

 

 

Disfrutar la vida

Logro

Ambición

 

Influencia

 

Capacidad

 

éxito

 

Inteligencia

 

Autorrespeto

 

Conformidad

Obediencia

 

Autodiciplina

 

Buenos modales

 

Respetar a los padres y mayores

Pegado de <file:///C:\Users\Nattalia\Downloads\Parte%20de%20acordeon%20ETICA.docx>

Tabla de valores con los tipos de motivación

Tradición Respeto a la tradición

Devoción

Aceptar lo que la vida nos da

Humildad

Moderación

Espiritualidad Una vida espiritual

Sentido en la vida

Armonía interna

Desapego

Benevolencia Ayuda a otros

Responsabilidad

Perdón

Honestidad

Lealtad

Amor maduro

Amistad verdadera

Poder Poder social

Riqueza

Autoridad

Reservar la imagen publica

Reconocimiento social

Seguridad Seguridad nacional

Devolver favores

Seguridad familiar

Sentido de pertenencia

Orden social

Salud

universalidad Igualdad con la naturaleza

Sabiduría

Belleza

Justicia social

Paz mundial

Tabla de valores según Llopis

Valores materiales y de uso La riqueza

Respeto a las cosas

Rentabilidad; frente al consumo y al derroché

Valores biológicos La vida ecológica

El cuerpo y su desarrollo

Salud cuidado y prevención

Valores de personalización Identidad personal

El auto concepto positivo

La autonomía personal

Confianza en si mismo

La responsabilidad

La aceptación

La fortaleza

Valores de socialización La dignidad de la persona

El dialogo y la comunicación

La libertad de expresión

Colaboración y participación

La convivencia democrática

La tolerancia

La comprensión

Colaboración y participación

Amor y amistad

La servicialidad

2.13 Los valores en la familia y en el grupo social:

Los valores se adquieren a través de la práctica y del tiempo, normalmente se transmiten de padres a hijos por poner un ejemplo, y que estos dependen de la cultura existente en el entorno donde se desarrolla la familia, ya que es en esta donde se aprenden los primeros valores y formas de conducta, es aquí donde se inicia la vida social.

3.1 El ámbito administrativo:

El ámbito de lo administrativo está representado como el conjunto de órganos del estado, mediante estos se desarrolla un conjunto de actividades y tareas que conforman la función ejecutiva, una de las 3 funciones totales del estado en las que deriva el poder soberano.

Las otras dos funciones son la legislativa y la judicial.

3.1.1 Principios éticos.

En el ámbito administrativo, los principios éticos a defender son: legitimidad, legalidad y competencia.

-Legitimidad: Conformidad y adecuación a la ley, es una capacidad y derecho para ejercer una labor o una función y es una cualidad y característica de lo que es legítimo.

-Legalidad: La legalidad es, todo lo que se realice dentro del marco de la ley escrita y que tenga como consecuencia supuesta el respeto por las pautas de vida y coexistencia de una sociedad.

-Competencia: la competencia es la facultad que tiene el tribunal o juez para ejercer la jurisdicción en un asunto determinado

La competencia es la medida de la jurisdicción asignada a un órgano del Poder judicial, a efecto de la determinación genérica de los procesos en que es llamado a conocer por razón de materia, de cantidad y de lugar.

3.1.2 Fines éticos.

Los fines éticos en el ámbito administrativo son: bien común, justicia administrativa, orden público y paz social.

-Bien común: El bien común es el conjunto de condiciones sociales que permiten y favorecen en los seres humanos el desarrollo integral de todos y cada uno de los miembros de la comunidad.

-Justicia administrativa: Comprende el estudio de las garantías de la Administración para ser eficaz, justa y también las garantías que debe tener el administrado para asegurar la legalidad y moralidad administrativa y el respeto por sus derechos y sus intereses.

Orden público: El orden público es un concepto amplio que engloba las nociones de seguridad, orden en sentido estricto, tranquilidad y sanidad pública.

Paz social: La paz social es el bienestar de la sociedad por medio de estados organizados, desarrollando avances, objetivos y metas para la prosperidad de sus estados.

3.1.3 El código de ética de la administración pública federal

BIEN COMUNTodas las decisiones y acciones del servidor público deben estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad. El servidor público no debe permitir que influyan en sus juicios y conducta, intereses que puedan perjudicar o beneficiar a personas o grupos en detrimento del bienestar de la sociedad.

INTEGRIDADEl servidor público debe actuar con honestidad, atendiendo siempre a la verdad conduciéndose de esta manera, el servidor público fomentará la credibilidad de la sociedad en las instituciones públicas y contribuirá a generar una cultura de confianza y de apego a la verdad.

HONRADEZ El servidor público no deberá utilizar su cargo público para obtener algún provecho o ventaja personal o a favor de terceros. Tampoco deberá buscar o aceptar compensaciones o prestaciones de cualquier persona u organización que puedan comprometer su desempeño como servidor público.

IMPARCIALIDAD El servidor público actuará sin conceder preferencias o privilegios indebidos a organización o persona alguna.Su compromiso es tomar decisiones y ejercer sus funciones de manera objetiva, sin prejuiciones personales y sin permitir la influencia indebida de otras personas.

JUSTICIA El servidor público debe conducirse invariablemente con apego a las normas jurídicas inherentes a la función que desempeña. Respetar el Estado de Derecho es una responsabilidad que, más que nadie, debe asumir y cumplir el servidor público.

TRANSPARENCIA El servidor público debe permitir y garantizar el acceso a la información gubernamental, sin más límite que el que imponga el interés público y los derechos de privacidad de los particulares establecidos por la ley.

RENDICION DE CUENTAS Para el servidor público rendir cuentas significa asumir plenamente ante la sociedad, la responsabilidad de desempeñar sus funciones en forma adecuada y sujetarse a la evaluación de la propia sociedad. Ello lo obliga a realizar sus funciones con eficacia y calidad, así como a contar permanentemente con la disposición para desarrollar procesos de mejora continua, de modernización y de optimización de recursos públicos.

ENTORNO CULTURAL Y ECOLOGICO Al realizar sus actividades, el servidor público debe evitar la afectación de nuestro patrimonio cultural y del ecosistema donde vivimos, asumiendo una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente de nuestro país, que se refleje en sus decisiones y actos.

GENEROSIDAD El servidor público debe conducirse con una actitud sensible y solidaria, de respeto y apoyo hacia la sociedad y los servidores públicos con quienes interactúa. Esta conducta debe ofrecerse con especial atención hacia las personas o grupos sociales que carecen de los elementos suficientes para alcanzar su desarrollo integral, como los adultos en plenitud, los niños, las personas con capacidades especiales, etc.

IGUALDAD El servidor público debe prestar los servicios que se le han encomendado a todos los miembros de la sociedad que tengan derecho a recibirlos, sin importar su sexo, edad, raza, credo, religión o preferencia política.

RESPETO El servidor público debe dar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante, está obligado a reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana.

LIDERAZGO El liderazgo debe asumirlo dentro de la institución pública en que se desempeñe, fomentando aquellas conductas que promuevan una cultura ética y de calidad en el servicio público.

3.3 La ética en el ámbito judicial

Trata de los VALORES, LAS ACTITIDES Y LAS CONDUCTAS que se exigen a un magistrado en una época y lugar determinados.La Ética jurídica se encarga del estudio de los valores del ser humano, lo bueno y lo malo, de la moral y el Derecho, y se identifica dentro del ámbito jurídico, siendo una exigencia de los profesionales en emitir una opinión más, acerca de lo bueno o lo malo; donde se trata de emitir juicios sobre la maldad o bondad de algo, pero dando siempre la causa o razón de dicho juicio.

PRINCIPIOS ETICOS

APLICACIÓN DE LA ÉTICA JURÍDICA EN EL ÁMBITO JURISDICCIONAL

Los principios éticos a tener presentes son: autonomía, independencia, imparcialidad, prudencia, discreción, probidad, conocimiento pleno del caso, actuación expedita; para lograr los fines éticos de justicia, equidad y seguridad jurídica. CÓDIGO DE ÉTICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

• INDEPENDENCIA

• IMPARCIALIDAD

• OBJETIVIDAD

• PROFESIONALISMO

• EXCELENCIA

El juzgador se perfecciona cada día para desarrollar las siguientes virtudes

judiciales:

• Humanismo

• Justicia

• Prudencia

• Responsabilidad

• Fortaleza

• Patriotismo

• Compromiso social

• Lealtad

• Orden

• Respeto

• Decoro

• Laboriosidad

• Perseverancia

• Humildad

• Sencillez

• Sobriedad

• Honestidad

La profesión del abogado

4.1.- EL EJERCICO LIBRE DEL AL PROFESION.

Los profesionales del derecho en libre ejercicio, son aquellos que trabajan de manera independiente a una institución pública atendiendo todas las instancias, pueden convocar y examinar testigos, obligar a declarar a quienes tienen conocimiento de los hechos, exigir la realización de reuniones con las partes para discutir, proponer arreglos, entre otros ,buscar soluciones y puntualizar con estrictez la presencia de los contendientes.

4.1.1 Principios Eticos

Del abogado con la sociedad: compromiso social, lealtad al ejercicio ético profesional, honorabilidad y veracidad.

Del abogado con su gremio: colegiación, superación profesional, actualización y competencia leal.

Y del abogado con su patrocinado: secreto profesional, espíritu de servicio, honradez, información de la parte, lealtad a pactos, seguimiento del caso y cobro justo.

4.1.2 FINES ETICOS

El ser humano es en un ente direccional, proyectado, y por tanto, está abocado inexorablemente al sentido. La tendencia a una meta o fin no es algo único de la ética, sino de todo lo humano. Busca determinar "lo bueno", simplificando su tarea, el fin ético en la profesión de abogado es el bien común.

4.1.3 Responsabilidad ética.

El sentimiento de responsabilidad es un sentimiento personal y ético que compromete a cada persona y le hace comprender que no puede simplemente abandonarse a sus conveniencias individuales y que ejerce sobre la persona cuando esta obligada a responder de sus propios actos.

Todo individuo o persona lleva una responsabilidad sea personal o para otra, pero esta la lleva a cabo dependiendo de sus criterios.

4.1.4 el litigante

Un abogado litigante es aquella persona que ejerce profesionalmente la defensa jurídica de una de las partes en juicio, en proceso judiciales, administrativos y arbitrajes, debe estudiar el caso y recomendar a su cliente el mejor remedio jurídico, o bien defenderlo con la mejor estrategia en caso de que sea demandado.

4.1.5 EL ABOGADO ASCESOR

Asesor viene de asistir, por lo que no solo resuelven dudas o problemas con dictámenes sino que también resuelven los trámites.

4.2 DOCENTE

Un docente es aquel individuo que se dedica a enseñar o que realiza acciones referentes a la enseñanza.

El docente o profesor es la persona que imparte conocimientos enmarcados en una determinada ciencia o arte.

4.3 PRINCIPIOS ÉTICOS La vocación nos lleva a cumplir las metas propuestas en cualquier ámbito profesional, y de la vida misma, puesto que ella conlleva gusto, dedicación, placer y amor por lo que haces, por lo tanto, sin mirar a los lados, en muchos casos, un docente con vocación tiende a seguir fiel a sus principios, más alla de los obstáculos que se le puedan presentar.Preparación académica, la formación del docente en el área que se desenvuelva. La formación constante del docente representa la base fundamental de su desenvolvimiento como guía, como facilitador de aprendizajes significativos, que promuevan actitudes que favorezcan la investigación y el debate entre los educandos

4.4 FINES ÉTICOS

RESPONSABILIDAD ÉTICA El sujeto cuya profesión es la docencia, implementa entre sus prácticas cotidianas de vida aquellas que potencian las “específicamente” humanas. Esto implica reconocer que la educación está íntimamente ligada a las formas de relación que establecen las profesoras y los profesores consigo mismo y con los demás, de tal manera que la sociedad se convierte, entre otras cosas, en la manifestación histórica de las prácticas educativas; y a la vez, dichas prácticas educativas son equivalentes al compromiso ético que tiene con la humanidad el sistema educativo de un país.

4.3 El ministerio publico “El ministerio público es una institución dependiente, quien tiene a su cargo la persecución de todos los delitos del orden federal y hacer que los juicios se sigan con toda regularidad para que la administración de justicia sea pronta y expedita.La ética debe calificar conciencia, libertad, bien y valor.

Principio de legalidad - necesidad de perseguir todas y cada una de las conductas delictivas.

“el ministerio público tiene la obligación de seguir el proceso conforme a las leyes”

Principio de Oportunidad- modera el principio de legalidad, permitiéndole no iniciar una persecución penal o abandonar la ya iniciada

Principio de objetividad- consiste que, en el ejercicio de sus facultades debe adecuarse a un criterio objetivo, velando únicamente por la correcta aplicación del derecho. Se le impone así la obligación de investigar con igual celo no solo los antecedentes que permiten sustentar la persecución o acusación, sino también los antecedentes que permiten apoyar la defensa del imputado.

“el ministerio público debe seguir siempre el procedimiento que dicta la ley sin que interponga sus prejuicios”

Principio de responsabilidad- constituye el equilibrio necesario a las importantes competencias, atribuciones y facultades que ejerce.

“el ministerio público debe afrontar las consecuencias de cada acto”

Principio de desinterés- siempre deberá adoptar sus desiciones únicamente en aras del interés publico

“El ministerio publico nunca actuara a fin de obtener beneficios “

Deberes del ministerio público.

Tienen que tener principios de honestidad moral, intelectual y material en el ejercicio de la responsabilidad pública.

Lealtad- todos sus actos se guiaran e inspiraran por el amor a la patria, sus símbolos e instituciones, por el respeto a la constitución y a las leyes que de ella emanan; y por la mas firme creencia en la dignidad de la persona humana.

Vocación de servicio- trabajar para el Estado como un servidor público, que constituye al mismo tiempo el privilegio y el compromiso de servir a la sociedad.

Probidad- todos los recursos y fondos, documentos, bienes y cualquier otro material confiado al manejo del ministerio público se deberá tratar con absoluta discreción para seguir el beneficio colectivo.

Honradez- deben de actuar sin privilegiar ni discriminar a nadie a través de la dispensa de favores o servicios especiales en el desempeño del cargo, ni recibir beneficios ni remuneraciones adicionales a las que legalmente tenga.

Responsabilidad- deben de estar preparados para responder de todos los actos de manera que el público aumente la confianza en la capacidad de servirlo.

Competencia – tener y demostrar los conocimientos y aptitudes requeridos para el ejercicio eficiente de las funciones de desempeño y actualizarlos permanentemente para aplicarlos al máximo de su inteligencia y esfuerzo.

Efectividad y Eficacia – la aplicación de los conocimientos y experiencias de la mejor manera, para lograr los fines y propósitos del Estado.

Valor Civil – debe ser solidario con los compañeros y ciudadanos, pero de igual forma su deber de denunciar y no hacerse cómplice de todo aquel que contravenga a los principios éticos y morales.

Transparencia – demostrar la claridad sus acciones como servidor público que se realizan con estricto apego a las normas y principios jurídicos y sociales.

El Ministerio Publico está encargado de hacer cumplir la ley, estos están obligados a velar por el respeto permanente de los derechos Humanos, salvaguardar cada una de las pruebas y la asistencia a las víctimas del delito, aplicar estrictamente la ley sin ningún tipo de discriminación alguna y de dar trato cortes y digno al público.

4.4 LOS NOTARIOS

Notario es el profesional del Derecho investido de fe pública por el Estado, y que tiene a su cargo recibir, interpretar, redactar y dar forma legal a la voluntad de las personas que ante él acuden, así como conferir autenticidad y certeza jurídicas a los actos y hechos pasados ante su fe.

CÓDIGO DE ÉTICA

El notario, reviste de credibilidad, certeza y seguridad jurídica aquellos documentos en los que interviene, por lo que tiene la obligación de ser veraz, honesto, leal y diligente a su trabajo y en relación con la sociedad en que se desenvuelve, con las personas que requieren sus servicios y con sus compañeros de profesión.

I. Deberes del Notario hacia la sociedad.

Como depositario de la fe pública que le ha delegado el Estado, el notario deberá cumplir con su obligación de fidelidad y protección a los principios fundamentales que le caracterizan.

II. Deberes del notario hacia las personas que requieren sus servicios

Constituye un deber fundamental del la notario la estricta observancia de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes para ofrecer un servicio de calidad y eficiencia a todo aquél que le requiere su ministerio. Entre sus deberes primordiales esta el asesoramiento, consejo e información

III. Deberes del notario hacia sus compañeros y su profesión.

El notario debe respeto y consideración a sus compañeros notarios, por lo que deberá ejercer su función dentro de un marco de sana y leal competencia, preservando la imagen del notariado ante la comunidad, elevando el ánimo de compañerismo y solidaridad y cooperando con todo aquello que esté dirigido a enaltecer su profesión.

4.5 EL SECRETO PROFESIONAL EN EL ABOGADO

El Secreto Profesional surge como una consecuencia de la existencia de una relación profesional, siendo así un deber, un derecho y porque no decirlo también se trata de una obligación entre el abogado y su clientela.La obligación jurídica de guardar el Secreto profesional y el deber moral de no revelarlo, nacen de la dependencia profesional, que puede o no convertirse en contrato de Locación de Servicios a futuro.

4.6 EL SERVICIO PROFESIONAL O ACTUACIÓN “PRO BONO”

La hazaña Pro-bono

La abogacía pro bono de interés público, es el ejercicio de la profesión de abogado de manera gratuita en causas vinculadas con la defensa del interés público. La expresión latina Pro bono se refiere a acciones realizadas “por el bien público”.

5.1 COLEGIACION PROFESIONAL

Un colegio profesional o colegio oficial es una corporación de derecho público de carácter gremial integrada por quienes ejercen las llamadas profesiones liberales y que suelen estar amparados por el Estado.

5.1.2 REQUISITOS CONSTITUCIONALES PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESION

I.- Estar en pleno goce y ejercicio de los derechos civiles.

II.- Poseer título legalmente expedido y debidamente registrado, y

III.- Obtener de la Dirección General de Profesiones patente de ejercicio.

5.1.2 REQUISITOS, FINES Y OBJETIVOS PARA CONSTITUIR UN COLEGIO PROFESIONAL PREVISTOS EN LA LEY DE PROFESIONES DEL D.F,

Ajustarse a los términos de las demás disposiciones contenidas en el título decimoprimero del Código Civil en lo relativo a los Colegios; y para los efectos del registro del Colegio deberán exhibirse los siguientes documentos:

a).- Testimonio de la escritura pública de protocolización de acta constitutiva y de los estatutos que rijan, así como una copia simple de ambos documentos;

b).- Un directorio de sus miembros; y

c).- Nómina de socios que integran el Consejo Directivo.

-Fines:

Art. 48.- Estos colegios serán ajenos a toda actividad de carácter político o religioso, quedándoles prohibido tratar asuntos de tal naturaleza en sus asambleas.

Art. 49.- Cada Colegio se dará sus propios estatutos, sin contravenir las disposiciones de la presente Ley.

-Objetivos:

Art. 50.- Los Colegios de Profesionistas tendrán los siguientes propósitos:

a).- Vigilancia del ejercicio profesional con objeto de que éste se realice dentro del más alto plano legal y moral;

b).- Promover la expedición de leyes, reglamentos y sus reformas, relativos al ejercicio profesional;

c).- Auxiliar a la Administración Pública con capacidad para promover lo conducente a la moralización de la misma;

d).- Denunciar a la Secretaría de Educación Pública o a las autoridades penales las violaciones a la presente Ley;

e).- Proponer los aranceles profesionales;

5.1.3 REQUISITOS, FINES Y OBJETIVOS PARA CONSTITUIR UN COLEGIO PROFESIONAL PREVISTOS POR LA LEY DE PROFESIONES DEL ESTADO DE MEXICO

-Requisitos:

Art. 35.- Todos los profesionistas de una misma rama podrán constituir en el Estado, uno o varios Colegios, sin que excedan de dos por cada rama profesional, gobernados por un Consejo compuesto cuando menos por un Presidente, Vice-presidente, un Secretario y un Tesorero que durarán dos años en el ejercicio de su encargo.

Art. 36.- Para constituir y obtener el Registro del Colegio Profesional respectivo, deberán reunirse los siguientes requisitos:

I. Tener 10 socios como mínimo.

III. Ajustarse a los términos de las demás disposiciones contenidas en el Título Décimo primero de la Primera Parte del Libro Cuarto del Código Civil en lo relativo a las Asociaciones;

IV. Para los efectos del registro del Colegio deberán exhibirse los siguientes documentos:

a) Testimonio de la escritura pública del acta constitutiva y de los estatutos que rijan, así como una copia simple de ambos documentos;

b) Un directorio de sus miembros; y

c) Lista de socios que integran el Consejo Directivo.

-Fines:

Art. 39.- Estos Colegios serán ajenos a toda actividad de carácter político o religioso, quedándoseles prohibido tratar asuntos de tal naturaleza en sus asambleas.

Art. 40.- Cada Colegio formulará sus propios estatutos, sin contravenir las disposiciones de la presente Ley.

-Objetivos:

Art. 41.- Los Colegios de Profesionistas tendrán las siguientes atribuciones:

a) Vigilar el ejercicio profesional con objeto de que éste se realice dentro del más alto plano legal y moral;

b) Promover la expedición de leyes, reglamentos y sus reformas, relativos al ejercicio profesional;

c) Auxiliar a la Administración Pública, con capacidad para promover lo conducente a la moralización de la misma;

d) Proponer los aranceles profesionales;

e) Servir de árbitro en los conflictos entre profesionales o entre éstos y sus clientes, cuando acuerden someterse los mismos a dicho arbitraje;

5.2 Código De Ética Para el ejercicio de profesional de los abogados en México

Codigo De Etica de la barra mexicana colegio de abogados

Esencia del deber profesional

El abogado ha de tener presente que es un servidor del derecho; y que la esencia de su deber profesional es defender diligentemente y con estricto apego a las normas morales, los derechos de su cliente.

Defensa del honor profesional

El abogado debe mantener el honor y la dignidad profesionales; no solamente es un derecho, sino un deber, combatir por todos los medios lícitos la conducta reprochable de jueces, funcionarios públicos y compañeros de profesión.

Honradez

El abogado debe obrar con probidad y buena fe. No ha de aconsejar actos dolosos, afirmar o negar con falsedad, hacer citas inexactas, mutiladas o maliciosas, ni realizar acto alguno que estorbe la buena y expedita administración de justicia.

Abusos de procedimiento

El abogado debe abstenerse del empleo de formalidades y recursos innecesarios, de toda gestión puramente dilatoria que entorpezca injustamente el normal desarrollo del procedimiento y de causar perjuicios injustificados, aunque sea con pretexto de escrupulosa observancia de reglas legales.

Cohecho

Defensa de indigentes

La profesión de abogado impone defender gratuitamente a los indigentes, así cuando lo soliciten, como cuando recaiga nombramiento de oficio; el incumplimiento de este deber, si no median causas justificadas y suficientes de excusa, relacionadas con la actividad profesional que El abogado que en el ejercicio de su profesión coheche a un funcionario público o auxiliar de la administración de justicia, faltará gravemente al honor y a la ética profesionales

Aceptación y rechazamiento de asuntos

El abogado tiene libertad para aceptar o rechazar los asuntos en que se solicite su patrocinio, sin necesidad de expresar los motivos de su resolución, salvo el caso de nombramiento de oficio en que la declinación debe ser justificada.

se cultive, el lugar de prestación de los servicios u otras circunstancias semejantes, es falta grave que desvirtúa la esencia misma de la abogacía.

Defensa de acusados

El abogado tiene derecho de hacerse cargo de la defensa de un acusado, cualquiera que sea su opinión personal sobre la culpabilidad de éste; y, habiéndola aceptado, debe emplear en ella todos los medios lícitos para el mejor resultado de su gestión.

Acusaciones penales

El abogado que tenga a su cargo la acusación de un delincuente, ha de considerar que su deber primordial es conseguir que se haga justicia, y no obtener la condenación.

Secreto profesional

Guardar el secreto profesional constituye un deber y un derecho del abogado. Es hacia los clientes un deber que perdura en lo absoluto aún después de que les haya dejado de prestar sus servicios; y es un derecho ante los jueces y demás autoridades.

Alcance de la obligación de guardar el secreto

El abogado no debe intervenir sin consentimiento del cliente que le confió un secreto, en algún asunto con motivo del cual pudiera verse en el caso de revelar o de aprovechar tal secreto.

Extinción de la obligación de guardar el secreto

El abogado que sea objeto de un ataque grave e injustificado de su cliente, estará dispensado de la obligación de guardar el secreto profesional y podrá revelar lo indispensable para su defensa. Cuando un cliente comunicare a su abogado la intención de cometer un delito, tal confidencia no quedará amparada por el secreto profesional y el abogado deberá hacer las revelaciones necesarias para prevenir un acto delictuoso o proteger a personas en peligro.

5.3 Importancia de la colegiación profesional en México.

La prestación de servicios profesionales es un rubro muy importante para toda sociedad, por ello, el Estado debe encargarse de la vigilancia y control de ese sector, buscando que la colectividad se beneficie en la mayor medida posible de la preparación de quienes se dedican a alguna actividad profesional.

En el Distrito Federal existen 2 colegios: Ilustre y Nacional Colegio de Abogados, Colegio de Abogados de México.

En El Estado de México existen 30 colegios y barras destacando: La Barra de Abogados del Estado de México.

A nivel nacional destaca La Barra Mexicana Colegio de Abogados.

Requisitos para ser aspirante a barrista:

Llenar la solicitud correspondiente a aspirante a barrista.

Ser estudiante de los últimos semestres de la carrera de derecho y tener la constancia que lo acredite como tal.

Cubrir una cuota de inscripción y la cuota anual a un costo preferencial.

Requisitos para ser barrista:

Ser abogado titulado.

Llenar solicitud para barrista.

Presentar copias fotostáticas del titulo y la cedula profesional.

Presentar un documento curricular que incluya los siguientes apartados:

- Títulos, grados y diplomas de carácter profesional y académicos obtenidos a lo largo de su carrera.

- Listado de asociaciones, colegios, academias o agrupaciones profesionales, científicas o culturales a las que haya pertenecido, indicando las fechas de ingreso-egreso y los cargos desempeñados en ellas.

- Abogados y bufetes con los que haya colaborado profesionalmente.

- Obras jurídicas publicadas (sin concluir.).

- Información complementaria relacionada con su vida profesional que considere pertinente incluir.

Principios éticos que rigen en los colegios de Abogados.

*Honor y Honradez.

*Dignidad.

*Independencia.

*Confidencialidad.

*Aceptación o rechazo de asuntos.

Responsabilidad social.

El abogado debe tener clara conciencia de que el ejercicio de su profesión se le reserva en interés publico y mas que un privilegio es una función de profundo sentido social.

Códigos de ética.

Que la abogacía se ejerza en el interés superior del derecho y de la justicia.

Fomentar el ejercicio profesional del derecho dentro de normas éticas establecidas

Auxiliar a la administración de justicia, para que logre los fines de utilidad pública que tiene encomendados.

Estrechar las relaciones de los abogados entre si, defender los intereses colectivos del grupo y prestarse ayuda material o moral.

5.5 Certificación Profesional

5.5.1 Concepto

La certificación profesional representa un medio idóneo para demostrar a la sociedad quiénes son los profesionistas que han alcanzado la actualización de sus conocimientos y una mayor experiencia en el desempeño de su profesión o especialidad, con el propósito de mejorar su desarrollo profesional, obtener mayor competitividad y ofrecer servicios de alta profesionalización.

5.5.2 Importancia y Ventajas

• Garantiza a la sociedad servicios profesionales de calidad.

• Reconoce públicamente a los profesionistas que puedan ofrecer un servicio profesional de calidad.

• Procurara que los niveles de preparación de los profesionistas alcancen parámetros de calidad profesional con reconocimiento nacional e internacional.

• Fomenta que los profesionistas se mantengan actualizados en sus área

5.5.3 Requisitos y procedimientos de la certificación profesional

• En primera instancia se debe averiguar que colegio es el encargado de extender la certificación de la profesión que se quiera certifcar.

• Cada colegio establece diferentes requisitos para la certificación de alguna profesión, generalmete se establecen los siguientes requisitos:

a) Determinada cantidad de tiempo de haberse titulado.

b)Cumplir con los lineamientos del instrumento de evaluación.

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