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Etica profesional de un ingeniero


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2019  •  Apuntes  •  1.005 Palabras (5 Páginas)  •  193 Visitas

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Ética profesional de un ingeniero

La ingeniería como cualquier otra profesión dispone de un código de ética avalado por la ley por esta razón en este escrito se buscara dar a conocer un poco más acerca de las entidades que regulan las prácticas de ingeniería en Colombia, qué es el registro de profesionales de ingeniería y a las normas que los ingenieros deben seguir.

¿Para qué sirve el registro de profesionales de ingeniería?

Este registro está relacionado con la regulación y concesión de licencias profesionales es decir, un documento legítimo que acredite a una persona como ingeniero. Este tipo de documento está definido por distintas legislaciones a nivel mundial donde cada una establece distintos parámetros para la práctica de la ingeniería. En Colombia el ejercicio de la ingeniería está regulado por el COPNIA (Consejo Profesional Nacional de Ingeniería) entidad cuya función explicaremos más adelante. En conclusión este registro sirve para reconocer legalmente a quienes han se han graduado de programas de ingeniería para hacer de esta su profesión.

¿Cuál es el organismo público que controla y supervisa la práctica de la ingeniería en Colombia?

Como ya se mencionó anteriormente en Colombia la entidad pública dedicada al control y supervisión de las prácticas de ingeniería se llama COPNIA, esta entidad fue creada gracias a  la ley 94 de 1937 con la función de supervisar la práctica de la ingeniería y de sus ramas en territorio Colombiano.

Un ingeniero debe cumplir con un código ético establecido mediante la ley 842 de 2003 de la República de Colombia, citando esta ley podemos decir que algunos de las prohibiciones dadas para un ingeniero son:

  • Ejecutar actos de violencia, malos tratos, injurias o calumnias contra superiores, subalternos, compañeros de trabajo, socios, clientes o funcionarios del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería respectivo o alguno de sus Consejos Regionales o Seccionales.
  • Utilizar sin autorización de sus legítimos autores y para su aplicación en trabajos profesionales propios, los estudios, cálculos, planos, diseños y software y demás documentación perteneciente a aquellos, salvo que la tarea profesional lo requiera, caso en el cual se deberá dar aviso al autor de tal utilización.
  • Nombrar, elegir, dar posesión o tener a su servicio, para el desempeño de un cargo privado o público que requiera ser desempeñado por profesionales de la ingeniería o alguna de sus profesiones afines o auxiliares, en forma permanente o transitoria, a personas que ejerzan ilegalmente la profesión.
  • Solicitar o aceptar comisiones en dinero o en especie por concepto de adquisición de bienes y servicios para su cliente, sociedad, institución, etc., para el que preste sus servicios profesionales, salvo autorización legal o contractual.
  • El reiterado e injustificado incumplimiento de las obligaciones civiles, comerciales o laborales, que haya contraído con ocasión del ejercicio de su profesión o de actividades relacionadas con este.
  • Causar, intencional o culposamente, daño o pérdida de bienes, elementos, equipos, herramientas o documentos que hayan llegado a su poder por razón del ejercicio de su profesión.
  • Solicitar o recibir directamente o por interpuesta persona, gratificaciones, dádivas o recompensas en razón del ejercicio de su profesión, salvo autorización contractual o legal.
  • Participar en licitaciones, concursar o suscribir contratos estatales cuyo objeto esté relacionado con el ejercicio de la ingeniería, estando incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades que establece la Constitución y la ley.
  • Revisar trabajos de otro profesional sin conocimiento y aceptación previa del mismo, a menos que este se haya separado completamente de tal trabajo.
  • Las demás prohibiciones incluidas en la presente ley y normas que la complementen y reglamenten.

Asimismo un ingeniero tiene también obligaciones que cumplir que según la ley 842 de 2003 son:

  • Denunciar los delitos, contravenciones y faltas contra este Código de Ética, de que tuviere conocimiento con ocasión del ejercicio de su profesión, aportando toda la información y pruebas que tuviere en su poder.
  • Custodiar y cuidar los bienes, valores, documentación e información que por razón del ejercicio de su profesión, se le hayan encomendado o a los cuales tenga acceso; impidiendo o evitando su sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos, de conformidad con los fines a que hayan sido destinados.
  • Permitir el acceso inmediato a los representantes del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería respectivo y autoridades de policía, a los lugares donde deban adelantar sus investigaciones y el examen de los libros, documentos y diligencias correspondientes, así como prestarles la necesaria colaboración para el cumplido desempeño de sus funciones.
  • Cumplir con los requerimientos, citaciones y demás diligencias que formule u ordene el COPNIA o cualquiera de sus Consejos Seccionales o Regionales.
  • Registrar en el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería respectivo o en alguno de sus Consejos Seccionales o Regionales, su domicilio o dirección de la residencia y teléfono, dando aviso oportuno de cualquier cambio.
  • Los demás deberes incluidos en la presente ley y los indicados en todas las normas legales y técnicas relacionados con el ejercicio de su profesión.

Ahora tomaremos como ejemplo a una rama de la ingeniería la cual será la ingeniería eléctrica a cuyo profesional se los describe como ingeniero electricista y hablaremos de las responsabilidades que debe afrontar este profesional.  

Un ingeniero electricista es responsable de la coordinación de sistemas eléctricos de potencia en todas sus etapas, analiza el comportamiento de este, buscando siempre un óptimo rendimiento desde un punto de vista técnico, social y económico. Es responsable del correcto diseño de equipos eléctricos, instalaciones eléctricas en obras de construcción y redes de distribución.

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