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Facultad de ciencias económicas y empresariales Ética Profesional


Enviado por   •  6 de Marzo de 2017  •  Apuntes  •  1.175 Palabras (5 Páginas)  •  212 Visitas

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Universidad Rafael Landívar[pic 1]

Facultad de ciencias económicas y empresariales

Ética Profesional

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Colegiación Profesional

Luis Fernando Cabrera Díaz  1265911

Guatemala 24 de Enero de 2017

  1. ¿Qué es un colegio profesional?

Es una asociación de carácter profesional o gremial integrada por quienes ejercen una profesión liberal y que suelen estar amparados por el Estado (corporación de derecho público). Sus miembros asociados son conocidos como colegiados.

  1. ¿A qué se refiere el artículo no. 1 del Decreto No. 72-2001 del Congreso de la República de Guatemala?

LEY DE COLEGIACION PROFESIONAL OBLIGATORIA / Artículo 1: Se refiere a que la colegiación de los profesionales Universitarios es obligatoria. Se entiende por Colegiación a la asociación de graduados universitarios de profesiones afines, en entidades gremiales, de conformidad con las disposiciones de esta ley.  

Las universidades deberán, en los meses de enero y junio de cada ano, remitir obligatoriamente a cada colegio profesional la nómina de profesionales que se hayan graduado durante el periodo. Los títulos de las universidades del país habilitan académicamente para el ejercicio de una profesión, pero no lo faculta para el ejercicio legal de la misma, lo cual deberá ser autorizado por el Colegio Profesional correspondiente.

Deben Colegiarse:

  1. Los profesionales egresados de las distintas universidades debidamente autorizadas para funcionar en el país y que hubieren obtenido el título o títulos, por lo menos en el grado de licenciatura.
  2. Los profesionales incorporados a la USAC.
  3. Los profesionales graduados en las distintas universidades del extranjero, cuyos títulos sean reconocidos en Guatemala. (Previo a esto los profesionales deberán cumplir con el procedimiento de reconocimientos de títulos, establecido por la USAC).
  4. Los profesionales universitarios graduados en el extranjero que formen parte del programa de postgrados, entrenamiento u otras actividades organizadas para desarrollarse en el territorio.

 El incumplimiento en el requisito de colegiación antes del inicio de cualquier actividad que implique el ejercicio de su profesión, hará responsable penalmente al profesional, al ejercer una profesión sin estar legalmente autorizado.

  1. Menciona tres puntos que consideres de los más importantes del artículo no. 3 del Decreto No. 72-2001 del Congreso de la República de Guatemala.

  • Los Colegios profesionales son asociaciones gremiales no lucrativas. Con el fin de promover, vigilar y defender el ejercicio decoroso de las profesiones universitarias en todos los aspectos.
  • Promover el mejoramiento cultural y científico de los profesionales universitarios.
  • Participar en el estudio y solución de los problemas nacionales y propiciar el mejoramiento integral de los guatemaltecos.
  1. Tú carrera universitaria: ¿A qué Colegio Profesional pertenece?

Administración de Empresas

Colegio de Economistas, Contadores públicos y Auditores y Administradores de Empresas CCEE.

  1. ¿En dónde se encuentra tú Colegio Profesional? (dirección, teléfono, correo electrónico, red social).

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  1. ¿Qué derechos y obligaciones tienes como colegiado?

“Articulo 21. Derechos: Son derechos de los colegiados activos:

  1. Intervenir con voz y voto en las deliberaciones y decisiones de la Asamblea General;

  1. Elegir y ser electos para cualquier cargo de la Junta Directiva, del Tribunal de Honor, del Tribunal Electoral y de aquellos otros que corresponda, siempre que llenen los requisitos que para el efecto exige la ley;
  1. Apelar las resoluciones de la Asamblea General, de la Junta Directiva y del Tribunal Electoral, ante la Junta Directiva de cada colegio, para el solo efecto de calificación de admisibilidad en cuanto si la apelación esta presentada en el plazo correspondiente, debiendo previa notificación al o los impugnantes, notificárseles sobre la admisión o no admisión si fuese presentada fuera del plazo que la ley confiere, debiendo la junta directiva de inmediato y bajo responsabilidades penales y civiles que correspondieren, elevar dicha apelación o apelaciones al tribunal electoral o a la asamblea de presidentes de los colegios profesionales de Guatemala.
  1. Ser defendidos en el ejercicio de sus derechos profesionales y gremiales incluyendo el cobro de sus honorarios apoyados en sus justas demandas.
  1. Participar en los actos culturales, científicos, sociales y deportivos, asi como en las diferentes comisiones que sean creadas por la junta directiva.
  1. Hacer uso de su calidad de miembro del colegio, en su actividad profesional;
  1. Hacer uso de las instalaciones y servicios que establezca el colegio, de conformidad con el reglamento respectivo;
  1. Disfrutar de los auxilios y servicios de previsión social del colegio de conformidad con el reglamento respectivo; lo relacionado al derecho de prestaciones para aquellos profesionales centroamericanos y extranjeros contemplados en las literales b), c) y d) del artículo 1 de ésta ley, será regulado en los estatutos de cada colegio, y
  1. Los demás que se establezcan en los estatutos del colegio respectivo, siempre que no sean contrarios a lo establecido en esta Ley; “ (1) 

“Articulo 22. Obligaciones. Son obligaciones de los colegiados:

  1.     Velar por el cumplimento de la presente ley, así como de los estatutos y reglamentos del colegio       respectivo;

  1. Ajustar su conducta a las normas de la ética profesional, con-forme al código respectivo;

  1.    Cumplir con las disposiciones emanadas de la Asamblea General y de la Junta Directiva, siempre que éstas no contravengan lo dispuesto en la presente ley y leyes de la República y en los estatutos respectivos;
  1. Mantener el prestigio de la profesión;
  1.     Observar las leyes y exigir su cumplimiento, tanto en el ejercicio de la profesión, como en el desempeño de cargos o empleos públicos;
  1.     Procurar que las relaciones entre los colegiados se distingan por su lealtad y respeto;
  1. Asistir a las sesiones a las que fuere convocado y efectuar con puntualidad el pago de los impuestos, cuotas y contribuciones gremiales, que por ley le corresponden;
  1. Representar dignamente a su colegio en las actividades y comisiones que le sean asignadas;
  1.      Poner en conocimiento del colegio, por medio de su Junta Directiva, la falta de ética profesional de cualquiera de sus miembros;
  1.     Las demás que se establezcan en los estatutos del colegio.”
  1. ¿Cuáles son los requisitos para colegiarte? Haz un breve resumen.

Los requisitos necesarios para colegiarse es tener la calidad de colegiado activo. Para poder ejercer como persona individual o jurídica, pública o privada que requiera y contrate los servicios  de profesionales, en conforme a la ley, deben ser Colegiados activos.

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