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Interpretacion Juridica

anitaneyrat9 de Septiembre de 2012

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INTERPRETACIÓN JURÍDICA

I. CONCEPTOS:

Interpretación Jurídica es un acto básico que realizan todos los abogados para la comprensión de las normas y su utilización de manera eficaz y correcta, su objeto se centra en sí en las normas Jurídicas y otros estándares como los principios generales del derecho, es por este motivo que en el siguiente trabajo presentaré de manera detallada la definición e interpretación que distintos tratadistas nos dan a conocer para su mejor entendimiento y comprensión.

El filósofo Italiano Vittorio FROSINI, sostiene que “La Interpretación Jurídica puede tomar el Derecho considerado en su conjunto, ya que este hace las veces de metodología práctica de la vida social, para identificar por ella la estructura que le es característica”.

Esta breve cita nos deriva a entender que la Interpretación Jurídica, es un acto de doble salida, esto quiere decir que, se utiliza tanto para interpretar una norma jurídica ya establecida o como también para interpretar el acto que crea dicha norma, en todo caso podríamos decir que la función de la interpretación Jurídica es la de declarar el sentido de dichas normas de manera tal que las estructure para un sistema de mejor funcionamiento a nivel social.

Mientras que el abogado y jurista Peruano Víctor GARCÍA TOMA, asevera que la “Interpretación Jurídica hace referencia a una determinación orientada a establecer el sentido y alcance de los preceptos jurídicos, en relación con un suceso o conjunto de sucesos a los cuales podrán o deberán aplicarse”.

García Toma nos da un concepto básico de la Interpretación Jurídica como lo habíamos señalado antes, es decir, que ésta se relaciona con la postura que toma el legislador al momento de interpretar la norma en consecuente de un acto o suceso.

Abelardo TORRE, afirma que “interpretar una norma jurídica es regular la conducta por ella aludida, frente a una determinada realidad “

Entendemos que Abelardo Torre sostiene que la función principal de la interpretación de una norma deviene de un acto o suceso para el cual éstas son establecidas de manera tal que el ser humano se abstenga de violar las condiciones de convivencia y en especial de dañar, ciertos bienes jurídicos.

Para Luis PRIETO SANCHIS, “ La explicación del complejo proceso de comprensión de las normas y de adopción de las decisiones que definen la situación o los derechos de las personas se inscribe, en efecto, entre las tareas de una teoría del Derecho que hoy es consciente, casi sin excepción, de que los confines de lo Jurídico no se agotan en las prescripciones generales y abstractas o que directamente pretende dilucidar en el ámbito de la Interpretación el propio concepto de Derecho; pero así mismo, en la medida en que dicha interpretación , en especial la operativa o judicial, quiere presentarse según un modelo racional de hondo significado Político, resulta casi inevitable una aproximación crítica que muestre la distancia que separa lo que los juristas piensan que hacen de lo que efectivamente hacen”.

Desde mi perspectiva el jurista Prieto Sanchís nos trata de decir que los estudiosos del Derecho por lo general cuando tratan de llegar a la interpretación de una norma pueden caer en el problema de no llegar al completo entendimiento del alma o dirección de la norma, entonces es ahí cuando dicha norma “prescribe” y la teoría del derecho estudia este conflicto relacionado a la interpretación, pero pese a eso, los juristas encuentran una balanza que les permite actuar correctamente en el proceso de la resolución de un conflicto con una interpretación jurídica que se adecúe a los hechos.

II. INTERPRETACIÓN JURÍDICA ¿CIENCIA O ARTE?

Para Marcial, RUBIO CORREA.” La Interpretación no

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