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Interpretacion Juridica


Enviado por   •  22 de Mayo de 2013  •  5.581 Palabras (23 Páginas)  •  409 Visitas

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INTERPRETACIÓN JURÍDICA

INTRODUCCION

El presente informe tiene la intención de dar a conocer el sistema de interpretación del acto jurídico adoptado por nuestro sistema jurídico. En los sistemas jurídicos universales se reconocen dos grandes sistemas interpretativos de los actos jurídicos; el sistema subjetivo de interpretación, basado en la teoría de la voluntad, que considera que se debe indagar sobre la voluntad real del agente y no detenerse en la declaración, y el sistema objetivo de interpretación, fundado en la teoría de la declaración, para el cual lo que se interpreta es la declaración y no la voluntad interna del agente.

En nuestro ordenamiento legal, aparentemente estaría adoptando el sistema objetivo de interpretación al señalar en el artículo 168º del C.C. que al acto jurídico debe ser interpretado de acuerdo con lo que se haya expresado en él; sin embargo agrega que debe ser interpretado según el principio de la buena fe, con lo cual también estaría aproximándose al sistema subjetivo de interpretación, ya que se estaría buscando la voluntad real de los declarantes del acto jurídico. Asimismo el código civil 1984 en los dos artículos siguientes propone una interpretación sistemática y una interpretación finalista, basado en lo más adecuado a la naturaleza del acto.

Por lo tanto el presente estudio, se realiza bosquejando los conceptos de acto jurídico, interpretación del mismo y realizando un análisis de los sistemas objetivo y subjetivo de interpretación, el origen de los mismos y la aplicación que tienen en los diferentes ordenamientos legales, incidiendo el estudio en los ordenamientos jurídicos que dieron nacimientos a estos sistemas interpretativos.

I. CONCEPTOS:

Se le conoce como un instrumento que nos ayuda a establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de los demás conceptos que forman parte de un ordenamiento jurídico.

La interpretación jurídica es una actividad que consiste en establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de los demás estándares que es posible encontrar en todo ordenamiento jurídico y que no son normas.

De esta manera se le puede considerar a la interpretación jurídica como parte del derecho que está encargada de desentrañar el significado ultimo del contenido de las normas jurídicas cuando su sentido normativo no queda claro a partir del análisis lógico- jurídico interno de la norma.

Por interpretación jurídica o del derecho, debe entenderse aquella actividad dirigida a reconocer y a reconstruir el significado que se ha de atribuir en la órbita de un ordenamiento jurídico a formas representativas que son fuentes de valoraciones jurídicas o que constituyen el objeto de tales valoraciones. Estas "fuentes de valoraciones" son normas jurídicas o preceptos subordinados a las normas, puestos en vigor en virtud de una adecuada competencia normativa. El objeto de las valoraciones jurídicas son declaraciones o comportamientos que se desenvuelven en el campo social y que están sometidos al derecho en cuanto que posean relevancia jurídica, según las normas y los preceptos en vigor.

Según Wróblewski existen distintas decisiones a la hora de aplicar la interpretación jurídica:

 Decisión de validez: en el que se debe tener en cuenta la validez material de la norma cuando se aplica a los hechos.

 Decisión de atribución: consisten en establecer significados concretos a las normas para su posterior aplicación.

 Decisión de integración: consiste en la subsunción de los hechos en las normas.

 Decisión final: la interpretación final resulta de la consecuencia de la subsunción.

La interpretación jurídica la desempeñan principalmente las autoridades jurídicas, jueces y tribunales, estos son los órganos poseedores del poder de la aplicación y creación de las normas que han de regirse según los criterios de jerarquización de las normas (normas superiores y normas inferiores). También los ciudadanos y operadores jurídicos (abogados) tienen capacidad de realizar interpretaciones sujetas a justificaciones, pero estos no tienen poder de aplicación ni creación.

La interpretación jurídica se realiza dentro de un marco en el que se incluyen no solo las autoridades jurídicas sino también el resto de la sociedad. Aquí pues destaca la importancia del lenguaje jurídico, que a la hora de ser interpretada tiene una relación estrecha con el lenguaje natural, pues ha de ser entendible para todos. Así pues, han de diferenciarse vocablos técnicos, propios del lenguaje jurídico, y vocablos tecnificados, que aparecen tanto en el lenguaje natural como el lenguaje jurídico. Estas peculiaridades del lenguaje jurídico tienen como consecuencia la relatividad de la indeterminación o determinación de la interpretación, que la hacen difícil pero no imposible.

En el contexto interpretativo se ha de tener en cuenta la relevancia, que depende de la autoridad jurídica, del órgano interpretativo; la jerarquía, respeto a los criterios de jerarquía de las normas; y el seguimiento de ciertas pautas y procedimientos que llevan a la realización de la interpretación, en el que la argumentación y la aplicación juegan un papel importante.

1.1 TEORÍAS DE LA INTERPRETACIÓN JURÍDICA:

Teorías que defienden distintos puntos de vista a la hora de realizar una interpretación jurídica:

1.1.1 Teoría Cognoscitiva: defiende la razón como principal herramienta para realizar la interpretación. El Derecho es un sistema perfecto y perteneciente al mundo de la razón, en el que la determinación de la interpretación de las normas se realiza de forma absoluta, y de forma mecánica y deductiva.

1.1.2 Teoría Escéptica: duda de la razón y califica la interpretación como voluntaria. La interpretación se ha de realizar con una decisión posterior, es decir, por las autoridades que aplican las normas (por los jueces y tribunales) de forma ilimitada. Esta interpretación se ha de realizar de forma anti sistemática y libre.

1.1.3 Teoría Intermedia o Ecléctica: la interpretación ha de realizarse incluyendo la razón y la voluntad, esta teoría describe una combinación entre mundo volitivo y mundo de la razón. Defiende la relatividad de la determinación de una exacta interpretación cuya interpretación a la vez debe ser limitada. La elección de la correcta interpretación ha de realizarse mediante

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