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LENGUAJE JURÍDICO Y REALIDAD

andystraw24 de Enero de 2013

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LENGUAJE JURÍDICO Y REALIDAD

En nuestra vida cotidiana hacemos uso de lenguaje jurídico que nos hacer ir de un mundo que podemos percibir a otro donde los términos que empleamos resultan ser de imposible visualización gráfica. Para que se puedan suscitar efectos jurídicos, es necesario que los individuos lleven a cabo hechos operativos, generándose una relación de causa y efecto entre ambos términos.

De acuerdo con el aspecto metafísico, se considera que un derecho subjetivo tiene inmerso un poder espiritual, mismo que es inherente a la voluntad de quien lo posee. Esto significa, que al momento de generarse algún deber entre ciertos individuos, no únicamente se obliga la parte que se comprometió a realizar determinada acción a los efectos jurídicos que se pudieran acarrear al no cumplir con tal mandato, sino que en el interior de los sujetos se genera una cierta necesidad de cumplir con lo acordado, percibiéndose esto como un poder místico, que mueve a las personas desde su interior, dando la oportunidad de que el sujeto perjudicado al no efectuarse el acto, pueda hacer valer ese derecho místico de forma coactiva.

Por otro lado, tenemos la corriente de los que se encuentran en oposición con los metafísicos, estos son los naturalistas, que prácticamente se centran en el aspecto axiológico o en otras palabras del deber ser. Para ellos, al momento de colocarnos en la situación de estar bajo el mando de alguna o algunas personas, nos convertimos en acreedores de un deber. Ahora bien la expresión derecho subjetivo resulta ser una fórmula “hueca” ya que se tiene la idea del objeto de un determinado derecho, más no así del derecho como tal.

En el aspecto teleológico donde lo que se busca es conocer el fin de emplear un lenguaje jurídico, es importante saber que el propósito que se persigue es influir en la conducta de los hombres, con la finalidad de dirigirlos de cierta manera, considerándose éste como un medio para llegar a un fin, que garantiza a las personas, la realización de una serie de actos jurídicos eficaces.

En la actualidad, al momento de querer imponer las teorías que se presentaron anteriormente, se llega a un dilema, en el caso de aplicar las ideas de la metafísica, sería complicado hacer a que el individuo reconozca que está haciendo uso de ciertos poderes místicos y que de igual manera esta intercambiándolos al momento de realizar alguna transacción, contrato o acto que se pudiera considerar como jurídico.

El derecho no se puede concebir sin la aparición tanto de derechos subjetivos como de deberes, esto debido a que son los conceptos primordiales del lenguaje jurídico. Siendo de igual manera imposible analizar problemas jurídicos sin usar los términos ya mencionados.

En el ámbito del derecho, las expresiones realizativas nos llevan a la creación de derechos y deberes, cumpliendo una función obviamente creadora. Para que estas expresiones tengan la validez que requiere el acto para considerarse puro y sin vicio alguno, es necesario que sean pronunciadas en las circunstancias idóneas para que puedan causar los efectos que se pretenden alcanzar, siendo su sentido meramente mágico, ya que se crea una relación que como consecuencia genera efectos jurídicos, que los metafísicos consideran como actos de magia.

Por lo general el pronunciamiento de actos jurídicos, se dan con la finalidad de influir en la conducta de los hombres, tendientes a inclinarlas a efectuar ciertas conductas. Los actos jurídicos que realizamos tienen efectos inmediatos, que se visualizan en un aspecto psicológico, además de que por el simple hecho de comprometerse la voluntad de las personas que los efectúan se cubren ciertos requisitos del derecho, que traen consecuencias jurídicas en caso de no cumplir con lo acordado.

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