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LOGICA JURÍDICA ¿Cómo evitar situaciones antinómicas dentro del ordenamiento jurídico?


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2017  •  Apuntes  •  2.288 Palabras (10 Páginas)  •  241 Visitas

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TALLER

ANTINOMIAS

RAZONAMIENTO JURÍDICO

SILOGISMO JURÍDICO

LÓGICA JURÍDICA

DOCENTE

EDWIN ARANGO

JUAN CAMILO ANDRADE GUTIERREZ

COD. 20141126666

DERECHO DIURNO

UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA

NEIVA – HUILA

2017

LOGICA JURÍDICA

  1. ¿Cómo evitar situaciones antinómicas dentro del ordenamiento jurídico?

Norberto Bobbio e Iturralde afirman que las antinomias se producen entre dos normas de derecho si: 1. pertenecen al mismo ordenamiento jurídico; 2. tienen los mismos ámbitos de validez temporal, espacial, personal y material; y, 3. una norma tiene cualidad permisiva o positiva y la otra prohibitiva o negativa. Estando ya en éste punto de partida una posible solución para evitar las Antinomias dentro de nuestro ordenamiento está inicialmente en la especificación de los ámbitos de validez dentro de los cuales tendrá aplicación el precepto normativo, lo cual implica que a la hora de legislar se tenga más que de presente y claras las respuestas al qué quiero regular, a quiénes quiero regular, en dónde va aplicar lo que voy a regular y en qué período de tiempo se llevará a cabo su aplicación, lo que si bien resulta complejo a la hora de regular una conducta hará más fácil resolver problemas de contradicciones que se llegaren a presentar.

  1. ¿En qué consisten los criterios de validez para resolver antinomias jurídicas en la legislación nacional?

Para éste punto se traen a colación dos autores que han propuesto criterios de validez para resolver las Antinomias que se presenten, el primero de ellos es NORBERTO BOBBIO y sus criterios son los siguientes:

  • Cuando existen Antinomias entre normas de igual jerarquía aplicamos el principio “ lex posterior derogat prior” que corresponde al CRITERIO CRONOLÓGICO.
  • Cuando existen Antinomias entre normas de diferente jerarquía aplicamos el principio “lex superior derogat inferior” que corresponde al CRITERIO JERARQUICO.
  • Cuando existen Antinomias entre normas incompatibles, es decir, una general y otra especial aplicamos el principio “lex specialis derogat general” que corresponde al CRITERIO DE LA ESPECIALIDAD.

Por otro lado Eduardo García Maynez plantea los siguientes criterios:

  • Cuando existen Antinomias entre normas de igual jerarquía aplicamos el principio “ lex posterior derogat prior”  si las dos leyes contradictorias iniciaron su vigencia en momentos distintos, el órgano jurisdiccional declara la norma aplicable, si las leyes contradictorias son coetáneas y de igual rango jerárquico.
  • El principio “lex prior derogat posterior” se aplicará en el caso de que se llegue a presentar contradicción entre normas legales de diferente jerarquía.

  1. ¿En qué criterios se aplica la preferencia de la norma consuetudinaria sobre la ley? Elabore 5 ejemplos.

La Norma Consuetudinaria aplicará sobre la Ley siempre y cuando se presenten éstos dos casos.

  • En defecto de la ley aplicable
  • Por delegación de la ley

Se aplicarán siempre y cuando no sean contrarias a la moral, el orden público, y sujetándonos a la obligación de probarla.

EJEMPLOS:

  1. “Existe costumbre mercantil entre los hoteles de que la hora en que se realiza el corte del día o check out es las 3:00 p. m.”.
  2. “Es costumbre mercantil que las empresas de transporte público intermunicipal devuelvan el importe del pasaje cuando el pasajero desiste del transporte contratado, siempre que dicho desistimiento sea comunicado personalmente por el pasajero antes de la hora señalada para el viaje”.
  3. “Existe costumbre mercantil entre los arrendatarios de locales comerciales de pagar los cánones de arrendamiento por mensualidades anticipadas durante los cinco (5) primeros días comunes de cada mes”.
  4. “En los contratos de compraventa de inmuebles, es costumbre mercantil que el pago de los gastos notariales correspondientes a la escritura pública de compraventa se asuma por el comprador y vendedor por iguales partes”.
  5. “Es costumbre mercantil que en los contratos de compraventa de inmuebles, el pago del impuesto predial unificado causado en el año en que se realiza el contrato, se asuma proporcionalmente por el vendedor y el comprador”.

  1. ¿Cómo evitar antinomias jurisprudenciales en Colombia?

Según lo planteado por García Maynez sólo en 1 caso puede haber una antinomia y  será cuando la jurisprudencia se repute  como norma individualizada y sea contraria a la norma general en la que se funde, lo que exige al juzgador un alto nivel de argumentación y aún más, fortaleza y firmeza en los argumentos que va a tener como base para sustentar su decisión. Seguidamente, deberá el juzgador tener un amplio conocimiento del cómo se está fallando en el resto del país acerca del tema que le corresponda, pues es casi imposible que lo que sea jurisprudencialmente legal en Neiva, sea ilegal en La Guajira, y me refiero a “casi imposible” porque la posibilidad de cambiar el camino que lleva un tema en cuanto a decisiones jurisprudenciales implica que el juzgador tenga como lo dije al principio, unos argumentos además de válidos, firmes que justifiquen el cambio de sentido.

  1. ¿Qué es un choque de trenes?

La denominación “choque de trenes” hace alusión a sucesos jurídicos que acontecen a raíz de la toma de decisiones o determinaciones por una de las altas cortes o cualquier entidad pública representativa del Estado, es decir, hay un enfrentamiento entre las decisiones que toman bien sea las 3 Altas Cortes que tenemos en Colombia, o entre miembros de las ramas de Poder Público en las que se divide el Estado Colombiano.

  1. Explique los principales problemas que se presentan en la actividad jurisprudencial.
  • VIGENCIA Y APLICABILIDAD DE LAS NORMAS JURIDICAS.Hace referencia a que para llevar a cabo una correcta aplicación de los preceptos en los casos concretos, debe tenerse claro cuál es la vigencias de estos; además, que para  darle fuerza obligatoria a los mismos se deben cumplir con factores que hacen referencia al cómo llevar a cabo la creación jurídica, conocer desde cuándo, cuánto y hasta cuándo va a estar vigente el precepto; y el de las reglas que permiten establecer el tenor auténtico de ciertas disposiciones.
  • EL PROBLEMA HERMENEUTICO

En lo que se refiere a la hermenéutica, se debe decir que corresponde al problema de interpretación de los preceptos jurídicos que en el anterior punto ya son vigentes y acerca de qué método se debe utilizar para lograr una correcta interpretación de la norma. Por un lado el método subjetivista que busca el sentido de las normas teniendo en cuenta la voluntad o el querer del legislador; por otro lado está el método objetivista que se enfoca simplemente al sentido del texto sin indagar sobre otras esferas.

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