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Logica Juridica


Enviado por   •  6 de Agosto de 2013  •  9.902 Palabras (40 Páginas)  •  606 Visitas

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LÓGICA JURÍDICA

Definición

Cuando escuchamos la expresión de lógica jurídica, esta nos genera algunas impresiones. La primera de ellas es concebir a la lógica como una “ciencia auxiliar” del Derecho, una especie de “método de investigación” aplicable al Derecho, o bien, conceptualizamos esta lógica del Derecho, como una “área del conocimiento jurídico”.

La lógica jurídica es una lógica material, es decir, sus reglas principales se encuentran en la lógica formal, encaminadas a una disciplina como lo es en este caso al Derecho.

La lógica jurídica es una lógica material, es decir, sus reglas principales se encuentran en la lógica formal, encaminadas a una disciplina como lo es en este caso al Derecho.

La lógica jurídica es un método de investigación para entender al Derecho, obtiene su principal fuente del conocimiento en la razón y no de la experiencia; el empleo de un lenguaje simbólico del Derecho, permite también formar un paradigma en el conocimiento jurídico, que infiere en resultados perfectos, es decir, razonamientos tan exactos, como los que nos puede dar las matemáticas.

La lógica jurídica como tal no puede existir, toda vez que no es una especie del género lógica, sino lo que recibe ese nombre es solamente la aplicación de la lógica a la ciencia del derecho.

Es el Estudio sistemático de las estructuras de las normas, los conceptos y los raciocinios jurídicos. Sistematiza y determina la estructura de las normas.

Las posiciones sobre la lógica como ciencia jurídica se ha visto reflejada en los escritos de Bentham y en nuestro medio en gran media en la obra de García Maynes que afirma: “ Es importante percatarse que no se trata (hablando sobre la lógica jurídica) de una aplicación al campo del derecho, de las leyes supremas de la lógica pura. Mientras las últimas se refieren a juicios enunciativos y afirman o niegan algo de su verdad o falsedad, los otros principios aluden siempre a normas y afirman o niegan algo de su validez o invalidez. Aquellas pertenecen, por ende, a la lógica del ser, estos a la del deber jurídico.

Tiene como tratamiento cognoscitivo a las categorías del conocimiento lógico- jurídico que son fundamentalmente: La norma jurídica, el concepto jurídico, el juicio jurídico, la naturaleza coimplicante de la imputación jurídica, la inferencia jurídica, la argumentación jurídica.

La relación entre derecho y lógica ha divergido en la historia. Las diferentes tendencias filosóficas adoptadas por las Escuelas del Derecho, el progreso del la lógica y el ambiguo uso de este último término, al cual se le han asignado concepciones y contenidos múltiples, es el motivo por el cual la apreciación de su utilidad y aplicación al campo del derecho ha sido cambiante. Por esto, es prudente aclarar las tres concepciones principales sobre la relación entre derecho y lógica, a saber: la de los ius naturalistas modernos, la de la jurisprudencia de los conceptos y la del formalismo neo kantiano.

PRINCIPIOS LOGICOS

Los "principios lógicos" constituyen las verdades primeras, "evidentes" por sí mismas, a partir de las cuales se construye todo el edificio formal del pensamiento, según la Lógica tradicional.

Los principios lógicos-jurídicos son el fundamento conceptual del Derecho y brindaron sus bases para elaboración de la ciencia jurídica, lo cual comenzaron a construir los jurisconsultos romanos. Los principios supremos del pensamiento lo presenta la lógica desde el punto de vista meramente formal, es decir, a nivel de esquema; pero dichos principios por formar parte esencial de la estructura del pensamiento, están presentes en todas las ciencias de la naturaleza, de la sociedad y de la mente, con los contenidos propios de cada una de ellas. En algunos casos reciben nombres especiales en las respectivas ciencias, pero la función primordial que cumplen en su campo es la que de manera general les ha señalado la lógica

PRINCIPIOS ONTOLOGICOS:

a) Principio de Identidad: afirma que todo ente es idéntico a sí mismo, no igual, porque no es lo mismo identidad que igualdad. (2+2 es igual a 4 pero no idéntico a 4).

La diferencia admite a la igualdad. Si entre dos entes no se encuentra diferencia ninguna, no se tratará de dos entes, sino de uno sólo, principio de la identidad de los indiscernibles.

b) Principio de contradicción: sostiene que ningún ente puede ser al mismo tiempo "P y No-P"(ningún ente puede ser al mismo tiempo papel y no - papel).

c) Principio de tercero excluido: dice que todo ente tiene que ser necesariamente P ó No-P.

d) Principio de Razón suficiente: afirma que todo tiene su razón o fundamento, o que no hay nada porque sí, no sostiene que se conozca ése fundamento.

HISTORIA DE LA LOGICA

La historia de la lógica documenta el desarrollo de la lógica en varias culturas y tradiciones a lo largo de la historia. Y lógicamente el estudio lógico de la lógica es muy basto. Aunque muchas culturas han empleado intrincados sistemas de razonamiento, e, incluso, el pensamiento lógico estaba ya implícito en Babilonia en algún sentido, la lógica como análisis explícito de los métodos de razonamiento ha recibido un tratamiento sustancial solo originalmente en tres tradiciones: la Antigua China, la Antigua India y antigua. Es por eso que el licenciado Vidal en su clase les enseña ejemplos de lógica general, no de lógica jurídica a ustedes estudiantes de lógica jurídica.

Aunque las dataciones exactas son inciertas, particularmente en el caso de la India, es probable que la lógica emergiese en las tres sociedades hacia el siglo IV a. C. El tratamiento formalmente sofisticado de la lógica proviene de la tradición griega, especialmente del Organon aristotélico, cuyos logros serían desarrollados por los lógicos islámicos y, luego, por los lógicos de la Edad Media europea. El descubrimiento de la lógica india entre los especialistas británicos en el siglo XVIII influyó también en la lógica moderna

RELACIONES DE LA LOGICA CON OTRAS CIENCIAS

La lógica está relacionada con todas las ciencias, porque como dijo Cohen, es el aspecto formal de todo cuanto existe. En forma general diríamos:

Desde el punto de vista formal todas las ciencias están integradas por conceptos, juicios y razonamientos, los cuales

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