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Naturaleza Jurídica Del Derecho público,social Y Privado


Enviado por   •  21 de Mayo de 2012  •  1.472 Palabras (6 Páginas)  •  2.825 Visitas

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INDICE

Introducción………………………………………………………………………………………………3

1. Definición de Derecho público…………………………………………………………..4

1.1 Definición de Derecho privado…………………………………………………………..4

1.2 Definición de Derecho social…………………………………………………………….4

2. Distinción de Derecho público y privado……………………………………………..4

2.1 Teoría de Duguit…………………………………………………………………………….4

2.2 Teoría de Gurvith……………………………………………………………………………4

2.3 Teoría de Kelsen……………………………………………………………………………4

3. Teoría Romana………………………………………………………………………………5

3.1 Derecho público según la teoría romana…………………………………………….5

3.2 Derecho privado según la teoría romana…………………………………………….5

4. Teoría de la naturaleza de la relación ………………………………………………..6

4.1 Preceptos de subordinación…………………………………………………………….6

4.2 Preceptos de supraordinación…………………………………………………………7

5. Tesis de Roguin……………………………………………………………………………..7

6. Derecho social……………………………………………………………………………….7

6.1 Tipos de Derecho social…………………………………………………………………..7

Conclusión………………………………………………………………………………………………8

Bibliografía……………………………………………………………………………………………..8

Introducción

La naturaleza del derecho público y privado según la teoría clásica, nos refiere que su nacimiento se ubica en Roma, a partir del concepto de que las cosas que son del interés de la ciudad – Estado, entran en materia del Derecho público, y las cosas que interesan a particulares son del Derecho privado.

Esta teoría como muchas otras han causado mucha discrepancia, en lo que respecta al campo del interés del Derecho público y el del Derecho privado, ya que no se tiene una definición concreta de sus límites, es así como muchos autores manejan diferentes opiniones con este tema, por eso trataremos de mencionar algunas de las teorías mas conocidas de filósofos del Derecho.

Las definiciones las estaremos estudiando de acuerdo con las diferentes teorías, en un afán de poner las distintas opiniones a consideración del lector, para así formarnos nuestra propia opinión de las diferentes propuestas o teorías, según los autores mas reconocidos.

Trataremos de ver como funcionan y cómo es que se aplican en nuestra sociedad, todo esto basado en un aspecto meramente informativo sin afán de entrar en polémica, si no con el fin de que cada quién se forme la mejor idea del sentido que nos presentan las diversas opiniones de los estudiosos del tema.

Mencionaremos algunos autores de esta teoría de acuerdo a su punto de vista, trataremos de analizar y entender la posición que mantienen cada uno respecto al otro, esto nos pudiera servir para poder comprender como toman las diferentes tesis y las aplican tanto los particulares como el Estado, y a su vez cual es la definición que el propio Estado le da a este respecto.

1 Definición de Derecho público:

“Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre el Estado y los particulares.”

1.1 Definición de Derecho privado:

“Conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto regular las relaciones entre particulares exclusivamente.”

1.2 Definición de Derecho social:

“Conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto proteger a determinadas clases sociales económicamente débiles frente a otros que tienen todo.”

2. Distinción de Derecho público y privado.

La distinción del Derecho público con el Derecho privado es uno de los temas más discutidos por los juristas, ciertos autores como por ejemplo Radbruch, estiman que dichos conceptos son apriorísticas de la ciencia del Derecho, otros afirman que es una dicotomía de la política, y no pocos niegan enfáticamente la existencia de un criterio válido de la diferenciación.

2.1 Duguit, cree que posee únicamente interés práctico.

2.2 Gurvitch, niega la posibilidad de establecerlo de acuerdo con notas de naturaleza material. Puede verificarse por el hecho de que hay más de un centenar de definiciones diferentes de esas dos especies de derecho.

2.3 Kelsen, declara que todo derecho constituye una formulación de la voluntad del Estado y es, por ende, derecho público. No es posible hablar de normas exclusivamente destinadas al logro del interés individual, porque todo precepto tiene como meta la realización de intereses de ambos géneros.

3 Teoría Romana.

La teoría Romana se basa en la división de las normas jurídicas en dos ramas del derecho privado y derecho público,

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