Penología
JaMc198924 de Octubre de 2012
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LA PENOLOGÍA
Entendemos por penología, el estudio de la actividad jurisdiccional o administrativa, posterior a la imposición de una sanción por responsabilidad penal, en la comisión de un delito o contravención y las actitudes sociales vinculadas a dicha actividad, se ocupa del estudio de las penas, su objeto, sus características, su evolución histórica, y muy especialmente de sus consecuencias prácticas, como medidas de disuasivas del crimen.
La Penología estudia la forma en que el Estado o sociedad reacciona ante el delito, esta reacción puede ser institucional o no. Estatalmente aplicado por los tribunales penales.
Autonomía científica:
Nos dice que la penología no es una parte de criminología, si no una disciplina autónoma porque toma en cuenta los datos e informes que la ciencia criminológica le proporciona. La criminología dirige sus investigaciones hacia la etiología del delito y sus formas de aparición como fenómeno social y natural, mientras que la penología persigue el estudio de los diversos medios de represión y prevención directa del delito en sus métodos de aplicación y de la actuación post-penitenciaria.
El objeto de la penología:
El objeto de estudio de la penología lo constituyen las reacciones sociales que se generan ante conductas o sujetos que son percibidos por la colectividad como perjudiciales o peligrosos.
Estas reacciones son estudiadas como hechos facticos, como realidades sociológicas, psicológicas, biológicas que se presentan dentro de un contexto político y económico determinado y que puede explicarse dentro de un desarrollo histórico.
El método en la penología:
El método debe de ser el científico en general que va adaptando en lo particular de acuerdo a las modalidades de investigación.
El método es modo ge hacer con orden una cosa, el procedimiento que se sigue en las ciencias para conocer su objeto y enseñarlo.
Interdisciplinaria:
La penología es parte fundamental de una ciencia interdisciplinaria por excelencia que es la criminología. La penología interviene en forma excluyente en la gran síntesis criminológica.
Observación y experimentación:
La observación es la puesta en contacto de los órganos de los sentidos con el objeto estudiado, para ahí utilizar las más altas funciones psíquicas (las intelectuales), con el fin de entender y comprender. En nuestra ciencia, la observación es básica y es el punto de partida ya que tenemos serias limitaciones en lo referente a experimentación.
La experimentación es la causación de un fenómeno, es la modificación voluntaria de la naturaleza para producir cambios que podemos observar.
Es importante señalar lo anterior pues la experimentación penológica tiene fronteras que en ninguna forma se debe rebasar, y mucho menos es pretexto de hacer ciencia.
EL DERECHO PENITENCIARIO
El Derecho penitenciario es la rama del Derecho que se ocupa de la ejecución de las penas y medidas de seguridad privativas de libertad o de derechos. Surge como disciplina jurídica autónoma a principios del siglo XX.
A su vez, como ciencia penitenciaria se califica a la doctrina jurídica dedicada a los temas relativos a la ejecución de la pena privativa de libertad y de todas aquellas sanciones alternativas que las distintas legislaciones imponen como consecuencia jurídica-punitiva por la comisión de un hecho tipificado como delito o falta.
Antecedentes:
La privación de la libertad como pena por la comisión de un hecho típico, antijurídico, culpable y punible (delito) es una técnica penal relativamente reciente. Hasta siglos después
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