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El peligro de los principales y estratégicas de las fuerzas armadas nacionales


Enviado por   •  27 de Enero de 2014  •  Tutoriales  •  5.508 Palabras (23 Páginas)  •  245 Visitas

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ridad de instalaciones básicas y estratégicas

Fuerza armada nacional

Las Fuerzas Armadas Nacionales son una Institución profesional, impersonal y apolítica, al servicio exclusivo de la Nación. Las Fuerzas Armadas Nacionales tienen por objeto fundamental garantizar la defensa de la Nación, mantener la estabilidad interna y apoyar el cumplimiento de la Constitución y de las Leyes.

Artículo 329. El Ejército, la Armada y la Aviación tienen como responsabilidad esencial la planificación, ejecución y control de las operaciones militares requeridas para asegurar la defensa de la Nación. La Guardia Nacional cooperará en el desarrollo de dichas operaciones y tendrá como responsabilidad básica la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno del país. La Fuerza Armada Nacional podrá ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal que le atribuya la ley.

Campo de actuación de la fuerza armada:

Todo venezolano está en el deber de defender la Patria y de cooperar al sostenimiento de ella en su vida moral, económica y material en tiempos de paz, en prestar el servicio de las armas o someterse a la instrucción militar, conforme a las leyes especiales correspondientes; y, en tiempo de guerra, en alistarse bajo banderas hasta la edad legal y contribuir con su sangre y sus bienes a la defensa nacional en la forma que determinen las leyes

La Constitución les encomienda la defensa del país y establece su carácter esencial en la seguridad nacional.

Como cuerpos armados, son obedientes al poder civil y no deliberantes, además de ser profesionales, jerarquizadas y disciplinadas. La Armada de Venezuela es una de las organizaciones que conforman la Fuerzas Armadas Bolivarianas de Venezuela. Su misión principal es participar en la seguridad exterior y defensa militar del país, para lo cual efectúa acciones en tiempo de paz y en tiempo de guerra.

Los principales roles de las Fuerzas Armadas son la defensa de la soberanía del territorio nacional, espacio aéreo, insular. El combate al tráfico de drogas, búsqueda y rescate y protección civil en los casos de desastre. Todos los ciudadanos venezolanos varones tienen el deber legal de inscribirse en el registro militar 1al cumplir los 18 años de edad, que es la mayoría de edad en Venezuela, aunque la prestación del servicio actualmente es voluntario.

Es el principal órgano de consulta y asesoramiento del Presidente de la República, del Concejo de Defensa de la Nación y del Ministro de la Defensa, en materia de organización, funcionamiento, desarrollo y empleo de la FAN; tanto en tiempo de paz o en estados de excepción.

La seguridad de la nación está fundamentada en el desarrollo integral, y es la condición, estado o situación que garantiza el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar de los principios y valores constitucionales por la población, las instituciones y cada una de las personas que conforman el Estado y la sociedad, con proyección generacional, dentro de un sistema democrático, participativo y protagónico, libre de amenazas a su sobrevivencia, su soberanía y a la integridad de su territorio y demás espacios geográficos.

Estudio de la seguridad

En el Estudio de Seguridad se establecen los procedimientos generales relativos a determinar, todas las debilidades y fortaleza de la entidad y de las instalaciones que requieren medidas de seguridad.

Es una inspección formal y detallada de la instalación física y sus sistemas de seguridad; la seguridad de las operaciones y los puntos críticos; y el manejo seguro de la información, con el propósito de determinar los puntos y actividades críticas que deben protegerse y las debilidades que deben solucionarse para evitar que se conviertan en vulnerabilidades, o sea, exposiciones graves a pérdidas o daños de las personas y de la propiedad.

Los objetivos fundamentales de la protección física en las instalaciones son mantener un ambiente seguro para el personal que allí se desempeña; así como también proteger los activos, la continuidad operacional y la propiedad intelectual.

La primera fase decisiva en toda actividad de protección física es identificar los riesgos y las amenazas; entendiendo éstas como toda actividad que puede causar pérdidas o atentar contra los activos de la organización, sólo así es que podemos tener una apreciación sensata sobre las necesidades de protección física y cómo aplicar las medidas de protección necesarias.

Para tal objetivo, deberá tenerse presente las inspecciones periódicas de protección física de las instalaciones, las que nos ayudarán a evaluar los niveles de seguridad existentes. Estas medidas podrán variar de instalación en instalación, pero deberá existir un factor constante: las medidas de protección deberán estar orientadas a reforzar la imagen de la empresa y servir de elemento altamente persuasivo en relación con los riesgos y amenazas existentes, lo más aconsejable es una inspección externa, para no ser juez y parte.

Cabe resaltar, que la aplicación de medidas aisladas de seguridad y protección física, raramente funcionan por sí solas; sólo bajo la combinación de todas estas podemos profundizar y optimizar los niveles de protección.

Optar por la protección física no es una alternativa económica, pero es eficiente y rentable para garantizar la misma; en especial después de haber alcanzado el nivel apropiado, por lo cual será necesario profundizar en algunas premisas a cumplir:

1. Las medidas de protección deberán estar orientadas a prevenir los accesos no autorizados a las instalaciones. Deben disuadir cualquier intento de acceso no autorizado; también deberán detectar y retardar la presencia de personas planificando o llevando a cabo tales intentos, al mismo tiempo ofrecer un tiempo y capacidad de respuesta adecuado ante los mismos.

2. Será necesario evaluar la instalación tomando en cuenta:

3. - La importancia del entorno en el cual se encuentra ubicada la instalación,

- Los riesgos y amenazas locales o regionales de las instalaciones y la organización,

- El clima de seguridad nacional.

4. Las medidas de protección por si solas no proporcionarán la protección adecuada; ellas deben ser apoyadas por todo el personal que allí trabaja siendo conscientes y ejerciendo sus responsabilidades para con la seguridad.

5. Será necesario clasificar las áreas, materiales, equipos y recursos estableciéndose prioridades conforme aquellas que sean las más críticas y vulnerables.

6. Los medios de protección empleados no sólo deben ser eficaces, también deben parecerlo, esto persuadirá a los delincuentes; de lo contrario, pueden acarrear severos problemas comprometiendo la seguridad de la instalación.

7. El uso de medidas de protección imprevisibles son un poderoso disuasivo para los delincuentes.

8. Las medidas empleadas no sólo deben prever los escenarios actuales; también deben anticiparse a los escenarios potenciales; si una situación seria se genera en el futuro, será demasiado tarde y su implementación resultará más costosa.

9. Para optimizar los niveles de protección será necesario incorporar el uso de una serie de tecnologías, como los sistemas electrónicos de protección que permitan reducir los costos de la fuerza de guardia.

10. La tecnología no necesariamente ahorra fuerza de guardia, pero sí optimiza y potencia sus capacidades actuales, los sistemas de cámaras son un ejemplo.

11. Los materiales y la información crítica deben concentrarse en lo posible, en un solo lugar.

Aunque ninguna medida puede garantizar la protección total contra individuos decididos o grupos organizados que tienen el tiempo y la información necesaria, así como también la disposición a emprender una actividad delictiva contra cualquier organización o persona; la aplicación de estos principios sin duda ayudará a reducir las probabilidades de ocurrencia; y de suceder, minimizar su frecuencia, impacto y severidad.

Contramedidas: conjunto de acciones que se ponen en marcha en la ejecución de un plan de emergencia para conseguir la mitigación de las consecuencias del accidente.

Evaluación de riesgos

La evaluación de los riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.

Existen riesgos asociados con cualquier actividad, pero no se pueden evaluar hasta no haberlos identificado.

La identificación implica:

 Identificar consecuencias específicas indeseables

 Identificar las características de los materiales, sistemas, procesos, plantas que pudieran producir dichas consecuencias

Valoración del riesgo

Valoración del riesgo, con el valor del riesgo obtenido, y comparándolo con el valor del riesgo tolerable, se emite un juicio sobre la tolerabilidad del riesgo en cuestión.

• Si de la Evaluación del riesgo se deduce que el riesgo es no tolerable, hay que Controlar el riesgo.

• Al proceso conjunto de Evaluación del riesgo y Control del riesgo se le suele denominar Gestión del riesgo.

Estimación del riesgo

Para cada peligro detectado debe estimarse el riesgo, determinando la potencial severidad del daño (consecuencias) y la probabilidad de que ocurra el hecho.

La evaluación de riesgos no és un fin en sí misma. Es un medio para alcanzar un fin: controlar los riesgos para evitar daños a la salud derivados del trabajo (accidentes y enfermedades profesionales) ahorrando costos sociales y económicos al país y a su propia empresa.

Seguridad de instalaciones básicas y estratégicas

Fuerza armada nacional

Las Fuerzas Armadas Nacionales son una Institución profesional, impersonal y apolítica, al servicio exclusivo de la Nación. Las Fuerzas Armadas Nacionales tienen por objeto fundamental garantizar la defensa de la Nación, mantener la estabilidad interna y apoyar el cumplimiento de la Constitución y de las Leyes.

Artículo 329. El Ejército, la Armada y la Aviación tienen como responsabilidad esencial la planificación, ejecución y control de las operaciones militares requeridas para asegurar la defensa de la Nación. La Guardia Nacional cooperará en el desarrollo de dichas operaciones y tendrá como responsabilidad básica la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno del país. La Fuerza Armada Nacional podrá ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal que le atribuya la ley.

Campo de actuación de la fuerza armada:

Todo venezolano está en el deber de defender la Patria y de cooperar al sostenimiento de ella en su vida moral, económica y material en tiempos de paz, en prestar el servicio de las armas o someterse a la instrucción militar, conforme a las leyes especiales correspondientes; y, en tiempo de guerra, en alistarse bajo banderas hasta la edad legal y contribuir con su sangre y sus bienes a la defensa nacional en la forma que determinen las leyes

La Constitución les encomienda la defensa del país y establece su carácter esencial en la seguridad nacional.

Como cuerpos armados, son obedientes al poder civil y no deliberantes, además de ser profesionales, jerarquizadas y disciplinadas. La Armada de Venezuela es una de las organizaciones que conforman la Fuerzas Armadas Bolivarianas de Venezuela. Su misión principal es participar en la seguridad exterior y defensa militar del país, para lo cual efectúa acciones en tiempo de paz y en tiempo de guerra.

Los principales roles de las Fuerzas Armadas son la defensa de la soberanía del territorio nacional, espacio aéreo, insular. El combate al tráfico de drogas, búsqueda y rescate y protección civil en los casos de desastre. Todos los ciudadanos venezolanos varones tienen el deber legal de inscribirse en el registro militar 1al cumplir los 18 años de edad, que es la mayoría de edad en Venezuela, aunque la prestación del servicio actualmente es voluntario.

Es el principal órgano de consulta y asesoramiento del Presidente de la República, del Concejo de Defensa de la Nación y del Ministro de la Defensa, en materia de organización, funcionamiento, desarrollo y empleo de la FAN; tanto en tiempo de paz o en estados de excepción.

La seguridad de la nación está fundamentada en el desarrollo integral, y es la condición, estado o situación que garantiza el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar de los principios y valores constitucionales por la población, las instituciones y cada una de las personas que conforman el Estado y la sociedad, con proyección generacional, dentro de un sistema democrático, participativo y protagónico, libre de amenazas a su sobrevivencia, su soberanía y a la integridad de su territorio y demás espacios geográficos.

Funciones de la fuerza armada nacional

Artículo 22. (L.O.F.A.N.) A la Armada le corresponde la planificación, ejecución y control de las operaciones militares requeridas para la defensa naval en coordinación con los demás componentes militares, y tiene además de las funciones establecidas en la presente Ley, las siguientes:

-Contribuir en el análisis, formulación, estudio y difusión del pensamiento naval militar venezolano.

-Formular y desarrollar la doctrina para la planificación y conducción de las operaciones navales.

-Organizar, equipar, adiestrar y conducir las unidades para la planificación y ejecución de las operaciones militares navales en la acción específica, conjunta y combinada.

-Ejecutar actividades de empleo de los medios navales en tareas específicas rutinarias.

-Participar en la ejecución de los planes de empleo del ámbito militar.

-Participar en la integración del sistema de comando, control, comunicaciones, inteligencia, contrainteligencia y vigilancia de la Fuerza Armada Nacional.

-Prestar apoyo operacional y de transporte acuático a los demás componentes de la Fuerza Armada Nacional.

-Cooperar en el mantenimiento del orden interno.

-Participar activamente en el desarrollo nacional, ejecutando los planes específicos que le sean asignados.

-Participar en el desarrollo de centros de producción de bienes y servicios integrados de la Fuerza Armada Nacional.

-Vigilar, proteger y defender las comunicaciones, el transporte acuático, así como los canales estratégicos, litorales y riberas del país.

-Garantizar la segura navegación en los espacios acuáticos; coordinar, supervisar y ejecutar la instalación y el mantenimiento del Sistema Nacional de Señalización Marítima y otras ayudas a la navegación.

-Coordinar, autorizar, desarrollar, ejecutar y supervisar las actividades científicas e hidrográficas en los espacios acuáticos e insulares de la República.

-Participar en las actividades de investigación, desarrollo, ciencia y tecnología, dirigidas a coadyuvar la máxima libertad estratégica de la Fuerza Armada Nacional y de la defensa integral de la Nación.

-Prevenir e impedir la violación de las leyes nacionales e internacionales en los espacios acuáticos e insulares.

-Participar en las actividades del Servicio Nacional de Búsqueda y Salvamento, conforme a las normas nacionales e internacionales sobre la materia.

-Prestar apoyo de transporte aéreo a los demás componentes de la Fuerza Armada Nacional, a la Reserva Nacional y Guardia Territorial.

-Ejercer la autoridad marítima en los espacios acuáticos e insulares que le atribuyan las leyes.

-Prestar apoyo a las comunidades en casos de catástrofes, calamidades públicas y otros acontecimientos similares.

-Cooperar con los otros componentes de la Fuerza Armada Nacional en la protección del patrimonio nacional: ambiental, cultural, histórico, económico y geográfico.

-Ejercer las actividades de Policía Administrativa y de investigación penal que le atribuye la ley.

-Las demás que le señalen las leyes, reglamento orgánico y otros instrumentos del ordenamiento jurídico.

Factores y riesgos a considerar

Los que están asociados con amenazas externas a la Seguridad Nacional, siendo algunos de ellos los siguientes:

• El manejo de la negociación política en los conflictos internos.

• Debilidad en la lucha contra el crimen organizado transnacional;

• Concesiones estratégicas en la lucha contra el terrorismo periférico nacional;

• La intromisión de diferendos y conflictos que enfrenten fuerzas fundamentalistas e ideológicas;

• Parcialización política y abandono diplomático en conflictos de límites territoriales y de soberanía.

• Políticas aislantes en el contexto hemisférico y regional.

• Bajo nivel de tecnologías funcionales, para la prestación de los servicios entre Naciones.

Como se ha podido observar, esta serie de factores de riesgos estructurales y coyunturales, están implícitos pero altamente sistemáticos, respecto a la Seguridad Nacional del País y que en algunos casos guardan relación con las amenazas externas.

Tomando en consideración a estos factores de riesgos, que se han convertido en elementos vinculantes que representan graves amenazas externas, pero que afectan al Orden Interno de gran parte del globo terráqueo, voy a proceder a referirme, a aquellos riesgos emergentes (nuevas amenazas) que tradicionalmente se han situado en la esfera de la Seguridad Interior del país, pero que actualmente están cobrando una dimensión internacional cada vez mayor. A continuación se exponen cuales vienen a ser estas nuevas amenazas, determinadas entre otras por: narcotráfico.

Relaciones con otros organismos responsables de la seguridad

La Fuerza Armada Nacional Bolivariana se complementa con la Milicia Nacional, la cual es cuerpo especial organizado por el Estado Venezolano, integrado por la Reserva Militar y la Milicia Territorial destinada a complementar a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la Defensa Integral de la Nación y garantizar su independencia y soberanía.

Otros organismos para mantener y restablecer el orden público, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y derechos constitucionales, son:

-Un cuerpo uniformado de policía nacional.

-Un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas.

-Un cuerpo de bomberos y bomberas y administración de emergencias de carácter civil.

-Una organización de protección civil y administración de desastres.

Los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetarán la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna.

La función de los órganos de seguridad ciudadana constituye una competencia concurrente con los Estados y Municipios en los términos establecidos en esta Constitución y en la ley.

Seguridad de las instalaciones del estado

Dimensión de la defensa integral de la Nación

Artículo 15. La Defensa Integral de la Nación abarca el territorio y demás espacios geográficos de la República, así como los ciudadanos y ciudadanas y los extranjeros que se encuentren en él. Igualmente, contempla a los venezolanos y venezolanas, y bienes fuera del ámbito nacional, pertenecientes a la República.

Competencia de los poderes públicos

Artículo 16. En materia de seguridad, defensa y desarrollo, se considera fundamental garantizar la definición y administración de políticas integrales, mediante la actuación articulada de los Poderes Públicos nacional, estadal y municipal, cuyos principios rectores serán la integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad, a los fines de ejecutar dichas políticas en forma armónica en los distintos niveles e instancias del Poder Público.

Calidad de vida

Artículo 17. La calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas es objetivo fundamental para el Estado venezolano, el cual conjuntamente con la iniciativa privada fomentará a nivel nacional, estadal y municipal, el desarrollo integral, sustentable, productivo y sostenible, a fin de garantizar la participación de la sociedad y así otorgar el mayor bienestar a la población.

Orden interno

Artículo 18. El Estado garantiza la preservación del orden interno, entendido éste como el estado en el cual se administra justicia y se consolidan los valores y principios consagrados en la Constitución y las leyes, mediante las previsiones y acciones que aseguren el cumplimiento de los deberes y el disfrute de los derechos y garantías por parte de los ciudadanos y ciudadanas.

Política exterior

Artículo 19. La política exterior del Estado venezolano es un elemento esencial y concordante con los planes de la República, su proyección ante la comunidad internacional está basada fundamentalmente en la autodeterminación, la solidaridad y cooperación entre los pueblos, promocionando y favoreciendo la integración en sintonía con el desarrollo integral de la Nación.

Fuerza Armada Nacional

Artículo 20. La Fuerza Armada Nacional constituye uno de los elementos fundamentales para la defensa integral de la Nación, organizada por el Estado para conducir su defensa militar en corresponsabilidad con la sociedad. Sus componentes, en sus respectivos ámbitos de acción, tienen como responsabilidad la planificación, ejecución y control de las operaciones militares, a los efectos de garantizar la independencia y soberanía de la Nación, asegurar la integridad del territorio y demás espacios geográficos de la República, así como la cooperación en el mantenimiento del orden interno. Las leyes determinarán la participación de la Fuerza Armada Nacional en el desarrollo integral de la Nación.

Desarrollo de la tecnología e industria militar

Artículo 21. El Estado promueve la iniciativa pública y privada en el desarrollo de la tecnología e industria militar, sin más limitaciones que las previstas en la Constitución y las leyes, con el objeto de fortalecer el poder nacional; a tales efectos, podrá establecer alianzas estratégicas con otros Estados y con empresas nacionales e internacionales.

Material de guerra y otras armas

Artículo 22. El material de guerra y otras armas, municiones, explosivos y afines, serán reglamentados y controlados por el Ejecutivo Nacional a través de la Fuerza Armada Nacional, de acuerdo a la Ley respectiva y sus reglamentos.

Órganos de seguridad ciudadana

Artículo 23. De acuerdo con lo previsto en la Constitución y las leyes, el Ejecutivo Nacional organizará un cuerpo uniformado de policía nacional, un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas, un cuerpo de bomberos y una organización de protección civil que atenderá las emergencias y desastres, las cuales sin menoscabo de las funciones específicas que se les asignen deben trabajar coordinadamente a los fines de garantizar la preservación del orden interno.

Sistema de Protección Civil

Artículo 24. El Sistema de Protección Civil se entenderá como una gestión social de riesgo en la cual actúan los distintos órganos del Poder Público a nivel nacional, estadal y municipal, con la participación de la sociedad, y se extiende desde la planificación del Estado hasta procesos específicos, con miras a la reducción de la vulnerabilidad ante los eventos de orden natural, técnico y social.

Gestión social de riesgo

Artículo 25. La gestión social de riesgo comprende los objetivos, programas y acciones que dentro del proceso de planificación y desarrollo de la Nación, están orientadas a garantizar la calidad de vida de los ciudadanos y las ciudadanas, promoviendo el desenvolvimiento de los aspectos de prevención, preparación, mitigación, respuesta y recuperación ante eventos de orden natural, técnico y social que puedan afectar a la población, sus bienes y entorno, a nivel nacional, estadal y municipal.

Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia

Artículo 26. El Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, se entenderá como el procesamiento del conjunto de actividades, informaciones y documentos que se produzcan en los sectores públicos y privados, en los ámbitos nacional e internacional, los cuales por su carácter y repercusión, son de vital importancia a los fines de determinar las vulnerabilidades o fortalezas, tanto internas como externas que afecten la seguridad de la Nación. La ley respectiva regulará lo atinente a su organización y funcionamiento.

Clasificación de actividades, información y documentos

Artículo 27. Las actividades, informaciones y documentos derivados de la planificación y ejecución de actividades u operaciones concernientes a la seguridad y defensa de la Nación, obtenidas por el Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, serán agrupados, según la naturaleza de su contenido, en clasificados y no clasificados. Los clasificados se regirán por la ley respectiva, y los no clasificados serán de libre acceso.

http://www.buenastareas.com/ensayos/Seguridad-De-Las-Instalaciones-Basicas-y/2443328.html?_p=3#

Seguridad de Instalaciones Privadas

La seguridad privada: consiste en vigilar y proteger a las personas, al igual que sus bienes, dentro de un entorno definido, con la intención de evitar delitos e infracciones; asimismo, sirve para acompañar a las personas en defensa de su integridad física.

Si una empresa u organización desea contratar servicios de seguridad privada debe tomar en cuenta lo siguiente:

• Es necesario que todo el personal de Seguridad Privada cuente con una habilitación; es decir, haber presentado y aprobado un examen de conocimientos sobre la temática de sus labores, servicio, derechos y obligaciones. El aspirante debe contestar correctamente el 70% del examen, de lo contrario se calificará como “no apto”.

• Es obligatorio que la empresa de seguridad privada cuente con un permiso vigente por parte del Gobierno Federal, emitido por la Secretaría de Seguridad Pública.

• Es recomendable que la empresa de seguridad privada tenga el aval de un organismo regulador del servicio, por ejemplo del Consejo Nacional de Seguridad Privada A.C.

• Cualquier empresa que ofrezca soluciones de seguridad privada debe cumplir con estándares de calidad y capacitación estipulados por la Secretaría de Seguridad Pública.

DISTINTAS ORIENTACIONES DE LA DOCTRINA

En la doctrina podemos apreciar dos posiciones doctrinarias o dicho de otra forma dos teorías doctrinarias o dos orientaciones doctrinarias, las cuales se oponen una a la otra, en tal sentido las desarrollaremos a continuación, para poder conocer el presente tema, lo cual debe ser materia de estudio, para tener conocimientos mas completos sobre el tema materia de estudio.

Estas dos teorías deben ser materia de estudio en forma mas amplia a efecto de ser desarrolladas con lo cual se puede conocer mejor el derecho de los diferentes países y en este sentido podemos afirmar que no es un tema pacífico en la doctrina.

Si un abogado conoce estas dos corrientes resulta claro que podrá tener mayores conocimientos con los cuales pueda solucionar los problemas jurídicos que se le presenten y de esta manera puedan aspirar a ser mejores juristas, lo cual precisamos para dominar mas ampliamente estos importantes temas.

Hemos revisado diferentes libros y no se ha tomado en cuenta este importante tema jurídico, siendo los primeros no sólo nacionales sino también extranjeros, con lo cual queda demostrado que la doctrina demuestra que no resulta ser adecuada en este tema, por tanto, constituye un tema adecuado en el estudio del derecho comparado, el cual podría ser materia de investigación, con el título las fuentes del derecho en el derecho comparado, para lo cual podemos afirmar que se debe recurrir a libros de diferentes países, para que de esta forma se pueda conocer mejor este tipo de temas jurídicos.

Si un abogado no conoce estos temas es claro que no debe ser osado, y hacer afirmaciones, sino que debe recurrir a la doctrina, la cual se encuentra conformada por los comentarios de los juristas mas destacados en cada uno de los temas jurídicos, los cuales en algunos casos son disciplinas jurídicas y en otros supuestos estamos frente a otro tipo de temas.

PRIMERA ORIENTACION DOCTRINARIA

Ahora desarrollaremos la primera posición doctrinaria la cual es bastante frecuente en el estudio por parte de los diferentes autores, lo que debe ser materia de estudio en una forma bastante acuciosa y en este sentido es claro que si no la estudiamos dejaremos de lado parte importante del derecho, y si no se comparte la misma se debe estudiar las referidas al menos como antecedentes, los cuales no sólo pueden existir en la doctrina, sino en general en todas las fuentes del derecho, y en todo caso muchos autores ni siquiera saben cuales son las fuentes del derecho, las cuales son partes o elementos o componentes del derecho, y en este sentido es claro que todos debemos aspirar a conocer mejor estos temas, los cuales son muy importantes en el estudio del derecho.

La primera orientación doctrinaria consiste en que las fuentes del derecho son establecidas por las normas correspondientes, de tal forma que en algunos derechos varían en cada una de las ramas del derecho, por ejemplo varían del derecho tributario al derecho comercial o dicho con otras palabras al derecho mercantil.

Es decir, según esta teoría cada rama del derecho sigue un orden distinto en lo referido a fuentes del derecho o elementos del derecho, e incluso el código civil español de 1889, contiene en su título preliminar una relación de fuentes en forma expresa, la cual constituye una camisa de fuerza que pocos han advertido, y esto no ha atraído la atención de la doctrina española y extranjera.

En muchos países los distintos autores han escrito y publicado sobre este importante tema, de tal forma que ni siquiera lo consideran como posible debatir sobre este tema, y de esta forma se causa una serie de problemas a los distintos sistemas jurídicos. Incluso algunos libros desarrollan en su contenido en forma exclusiva este tema, sólo haciendo referencia a menos de diez fuentes del derecho, y al parecer se consideran como conocedores del derecho, y esto causa problemas a los comparatistas porque les informan en forma inadecuada sobre el derecho de diversos países.

Si un autor desea conocer a profundidad estos temas se puede empezar por revisar el código civil mencionado y el código de comercio peruano de 1902 y el código tributario peruano vigente, los cuales establecen ciertos parámetros a los investigadores, que no soportan ni resisten la mas mínima crítica ni análisis, lo que debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas. Ya que el derecho es uno sólo y las afirmaciones efectuadas deben ser materia de estudio en forma similar en las distintas fuentes del derecho.

Es decir, lo que es justo en una rama del derecho o disciplina jurídica no puede ser inválido en otra de las mencionadas, lo cual puede ser comprendido con un estudio bastante superficial, sin embargo, muchos autores no comparten dicha afirmación lo cual demuestra que rinden pleitesía al método dogmático, el cual constituye tan sólo un método de interpretación o investigación.

SEGUNDA ORIENTACION DOCTRINARIA

Ahora estudiaremos la segunda orientación doctrinaria, la cual se contrapone con la anterior, lo que debe ser materia de estudio por parte de los diferentes autores, ya que es bastante novedosa y merece atención a efecto de conocer los diferentes enfoques que deben ser tomados en cuenta por los distintos tratadistas.

Según esta orientación doctrinaria las fuentes del derecho son iguales en todas las ramas del derecho y en todas las disciplinas jurídicas, lo que debe ser materia de estudio por parte de los diferentes tratadistas.

Es decir, hasta cierto punto o límite constituye todo un atrevimiento en el estudio del derecho comparado, sin embargo, todo es debatible, lo que dejo constancia para conocer mas ampliamente estos importantes temas jurídicos y de esta forma podamos comprender mejor estos aspectos jurídicos, los cuales no sólo se limitan al estudio del derecho civil o derecho común sino a todas las disciplinas jurídicas, dentro de las cuales podemos citar el caso de las ramas del derecho.

El derecho cambia, el cual no sólo está conformado por normas legales o dispositivos legales, y debe ser materia de celosos estudios esta teoría con la cual podemos hacer una serie de estudios comparatistas y de esta forma podemos comprender mejor estos importantes temas jurídicos.

Esta teoría resulta ser novedosa en el derecho y tiene al menos hasta donde alcanza nuestras investigaciones un campo de aplicación bastante amplio de tal forma que si tomamos en cuenta la misma es claro que debe ser materia de estudio muchos importantes temas jurídicos, los cuales por supuesto rebasan el campo de estudio del derecho civil, y también por supuesto del derecho privado, dejando constancia que al primero de los mencionados se le conoce y denomina como derecho común dentro del segundo, es decir, el derecho civil es sólo una de las mas de treinta disciplinas jurídicas, que conforman al derecho, las cuales son algunas ramas del derecho y otras no lo son.

La doctrina se encuentra sujeta a varios cambios en el estudio del derecho de tal forma que lo que hace algunos años era verdad a todas luces es claro y evidente que ayer sea materia de debate y el día de hoy y después sea totalmente cuestionable, lo que debe ser materia de rigurosos estudios por parte de los distintos tratadistas.

Si un autor desea estar al día con las últimas novedades jurídicas debe empezar con estudiar este importante tema jurídico para conocer los avances doctrinarios, los cuales no son camisas de fuerza sino que constituyen aportes importantes en el estudio del derecho.

Si un autor no conoce esta teoría no se encuentra al día con las últimas novedades del derecho, lo que debe ser materia de estudio por parte de los diferentes autores. Los cuales no sólo son peruanos o españoles o estadounidenses, sino también pueden ser extranjeros, dentro de los cuales podemos citar el caso de los alemanes, franceses, italianos, belgas, holandeses, suizos, suecos, mexicanos, ingleses, chinos, japoneses, canadienses, costarricenses, brasileros, bolivianos, argentinos, ecuatorianos, venezolanos, paraguayos, uruguayos, chilenos, colombianos, entre otros tantos, lo que debe motivar estudios y publicaciones por parte de los diferentes autores.

TERCERA ORIENTACION DOCTRINARIA

Ahora estudiaremos la tercera teoría, la cual debe ser materia de estudio a efecto de poder dominar mas estos importantes temas jurídicas, lo que dejamos constancia para un conocimiento mas amplio en el estudio del derecho y en este sentido es claro que todas los temas son debatibles en el derecho.

Es decir, esta teoría resulta ser intermedia y no es tomada en cuenta por parte de los filósofos ni por parte de los ju filósofos, porque consideran que todo punto intermedio no es aristotélico, sino dicen ellos que demuestra inmadurez en el estudio del conocimiento humano, e incluso llegan a afirmar que las distintas o diferentes teorías sólo deben tomar en cuenta los extremos y no los puntos intermedios, lo cual deja de lado el punto medio aristotélico, al cual se ha recurrido en una serie de publicaciones por abundantes autores nacionales y extranjeros.

Según esta orientación doctrinaria el derecho tiene en sus distintas disciplinas jurídicas ciertas similitudes y ciertas diferentes en lo referido a fuentes del derecho, lo cual trae como consecuencia que se trate de una teoría ecléctica, la cual supera el capo de estudio comparatista para ubicarse en todas las disciplinas jurídicas, lo que debe ser materia de estudio por parte de los diferentes autores y en este sentido es claro que todos deben conocer y dominar el presente tema.

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